Tres magistrados del Constitucional denuncian que la prisión permanente es un retroceso legal centenario
La sentencia del Tribunal Constitucional que avala la prisión permanente revisable ha vuelto a dividir al pleno con siete magistrados a favor y tres en contra. La mayoría del pleno, según el documento conocido hoy, entiende que no es un tipo indeterminado de condena y que no anula la posibilidad de un preso de reinsertarse. Los tres magistrados discrepantes defienden en su voto particular que la medida supone una regresión centenaria en la política legal y punitiva en nuestro país.
El PSOE llevó ante el Constitucional la reforma del Código Penal de 2015 con la que el Gobierno de Mariano Rajoy introdujo la figura de la prisión permanente revisable. Un tipo de condena que abarca desde infanticidios hasta regicidios y genocidios y que retrasa la revisión de su cumplimiento hasta que el criminal lleve, como mínimo, un cuarto de siglo entre rejas. Los jueces también revisan la situación de estos condenados en base a sus antecedentes, el tipo de crimen que cometieron, sus circunstancias familiares y sociales y cómo se ha comportado mientras estaba en prisión, entre otros aspectos.
Por Alberto Pozas.