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Sobre este blog

La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, constituida en 1990, es una asociación de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuyo fundamento lo constituye la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la ONU en 1948. Aunque el ámbito de afiliación de la APDHA y su área directa de actuación sea el territorio andaluz, su actividad puede alcanzar ámbito universal porque los Derechos Humanos son patrimonio de toda la Humanidad.

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Los “tratos de favor” en prisión: dignidad para todas las personas

Pantoja felicita la Navidad desde la cárcel

José Castilla y Marian Pérez, área de Cárceles de APDHA

Las personas presas son uno de los sectores más olvidados de nuestra sociedad. Lo habitual es que importe bastante poco qué suceda de puertas hacia dentro de una prisión, y que la situación de estas personas en su día a día no preocupe a casi nadie. Con un lacónico “!algo habrán hecho!” basta para seguir mirando hacia otro lado que no sea esos incómodos y oscuros rincones de nuestro sistema social que son las cárceles.

Sin embargo, hay momentos como el presente en que algo cambia, y de repente las miradas se vuelven hacia esos rincones. Lamentablemente ese cambio no se debe a que la sociedad haya tenido una mayor conciencia de la importancia que tiene revisar el modo en que tenemos de gestionar que aquellos de nosotros que no han respetado las normas de convivencia que nos hemos dado aprendan a respetarlas, y se reinserten de la manera más rápida y positiva para todos. No nos engañemos, no ha sido eso. Ha sido la curiosidad malsana de ver cómo viven entre rejas aquéllos que aparecían hasta hace poco en los informativos como políticos destacados, o en las revistas de papel couché como artistas admiradas.

Desde entonces nos llegan multitud de noticias sobre las condiciones en que se ejecuta la pena privativa de libertad de personas como Jaime Matas o Isabel Pantoja y otras personas conocidas. Algunas de estas informaciones no pasan de satisfacer el morbo del ciudadano medio, mientras que otras vienen a denunciar posibles “tratos de favor” de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias a estos famosos, atrayendo de este modo la atención de aquellos lectores que inicialmente no encontraban fruición alguna en saber los detalles de las celdas donde los “dioses caídos” de nuestra sociedad ahora cumplen sus condenas.

Como consecuencia, cabe afirmar que muchas personas comienzan a enterarse de que esos lugares existen, y tienen interés en saber qué sucede allí, así como si efectivamente estas personas mediáticas están o no siendo beneficiadas de algún modo en el cumplimiento de su condena. En la APDHA trabajamos por la defensa de los derechos humanos en el mundo de las prisiones desde hace 25 años, y a través de este artículo queremos aportar algo de luz a dichas informaciones, refiriéndonos a las denuncias de trato privilegiado que han salido en prensa.

1.- Clasificación inicial en tercer grado a Jaime Matas

El exministro del PP ingresó en prisión el pasado 27 de julio. Cumple una condena firme de nueve meses por un delito de tráfico de influencias por los contratos ilegales a su redactor de discursos. Matas tiene otra pena por otro caso, una multa de 9.000 euros por un cohecho de 41.000 euros, que no es firme. El Gobierno le denegó el indulto. La sentencia corresponde a una de las más de 20 piezas del caso Palma Arena, sobre hechos relativos a su último mandato autonómico balear, entre 2003 y 2007. Está encausado en otros sumarios por los sobrecostes en las obras.

La concesión del tercer grado a Matas por parte de Instituciones Penitenciarias contradijo la opinión mayoritaria de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Segovia. El Ministerio del Interior explicó que el informe tenía fecha del 25 de septiembre y el Ministerio decidió un mes después. Interior tiene capacidad plena para decidir y asegura que se le concedió porque ha cumplido un tercio de la condena de nueve meses, tiene trabajo y se presentó voluntariamente. Matas salió de prisión el día 31 de octubre.

Estos argumentos que dio el Ministerio del Interior tienen sustento suficiente para acordar un tercer grado inicial cuando se ha cumplido 1/3 de una condena de 9 meses. Lo que ocurre es que constituye una regla habitual en estos procesos de clasificación penitenciaria que, cuando se tiene otras causas abiertas, nunca se otorga un tercer grado inicialmente.

Otra excepcionalidad de este caso es la ya habitual exigencia por la Institución Penitenciaria de la “asunción delictiva”. Dicha expresión significa que el penado debe haber aceptado la realidad de la comisión de su delito, sin negarlo ni justificarlo de modo alguno, y haber procedido en la medida de sus posibilidades a reparar sus efectos. El caso es que el penado Matas sigue reivindicando ante los medios de comunicación su inocencia, por lo que es evidente que no ha asumido su delito, motivo de sobra en la práctica habitual penitenciaria no solo para que no le den el tercer grado penitenciario a un interno, sino ni siquiera un permiso de salida.

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid corrigió la decisión de Prisiones y reprochó al Gobierno su decisión de conceder la semilibertad a Matas. Pero no nos iría mal si se dejaran de exigir requisitos no contemplados en la ley como la “asunción delictiva”, o la clasificación automática en segundo grado por tener causas penales abiertas.

2.- Clasificación inicial en tercer grado a Jose Luís Nuñez.

El expresidente del Fútbol Club Barcelona y su hijo ingresaron en prisión el pasado 16 de noviembre para cumplir una condena de dos años y dos meses de cárcel por el caso Hacienda impuesta por el Tribunal Supremo, con lo que han pasado 40 días en prisión.

El tercer grado penitenciario les ha sido concedido por el servicio de clasificación de la subdirección general del Departamento de Justicia de la Generalitat a propuesta de la Junta de Tratamiento de Quatre Camins.

Tras conocerse la noticia, la central Sindical Independiente de Funcionarios de Prisiones ha lamentado la facilidad con la que constructor y expresidente del FC Barcelona Josep Lluís Núñez Clemente y su hijo han conseguido el régimen de tercer grado para pasar las fiestas navideñas en su casa.

Sería deseable que esta celeridad para clasificar inicialmente a un penado se llevase a cabo siempre, mientras que lo normal es que se demore entre 3 y 4 meses.

3.- Supuestos tratos de favor a Isabel Pantoja.

La Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (Acaip) elevó a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias una “queja” contra la directora de la cárcel de Alcalá de Guadaira, por las “medidas especiales” que se han tomado por el ingreso de Isabel Pantoja y denuncia un posible “trato de favor” a esta reclusa. Según ACAIP la dirección ha dado órdenes de preparar una celda especial para la reclusa, pulir los azulejos, dotar con un colchón nuevo y limpieza extraordinaria“ y que han ”enseñado las dependencias a esta interna, como si de una visita organizada se tratase“.

Desde la APDHA no vamos a censurar las decisiones de la directora de la prisión de Alcalá de Guadaira. De hecho, nos parece una magnífica medida de higiene que cada vez que entre una persona presa en una celda esta sea limpiada a conciencia, sea pintada, o se le coloque un colchón nuevo. Por tanto, lo que reivindicamos desde estas líneas no es que a Isabel Pantoja se la trate peor que como lo viene haciendo la Institución Penitenciaria. Simplemente sostenemos que las demás personas presas deben ser tratadas de la misma manera, precisamente esos otros presos que nunca serán noticia y de los que nadie se preocupa por cómo es su vida entre rejas.

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