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Una empresa del caso ERE plantea la responsabilidad a título lucrativo de 6.000 prejubilados

La juez Mercedes Alaya

Javier Ramajo

Como Ana Mato, pero en el caso de los ERE. El planteamiento de resultar, supuestamente, beneficiario a título lucrativo, como la exministra imputada en la red Gürtel, lo sitúa encima de la mesa una empresa afectada en la causa que investiga a Alaya. Y lo pone en relación con los aproximadamente 6.000 prejubilados destinatarios de las ayudas sociolaborales que se vienen investigando. La propuesta va a más, ya que suplica a la propia jueza que pida a la Junta de Andalucía, a la Fiscalía Anticorrupción y al resto de acusaciones que se pronuncien acerca de si debe llamarse a los trabajadores prejubilados incluidos en los ERE como responsables civiles a título lucrativo por las cantidades percibidas.

La empresa, que representa a una imputada a la que se le impuso una fianza civil de 1,9 millones de euros y se le embargaron diversos bienes, considera que deben recalcularse las fianzas conforme a los pagos ya abonados a los prejubilados, tal y como ya han planteado otros imputados a la jueza, a quien acusan de una instrucción “viciada”. Por eso, en su recurso remitido recientemente a Alaya, instan a la jueza a que se requiera a la Administración andaluza que certifique las cantidades pendientes de abono a los trabajadores prejubilados y que informe de si se ha iniciado expediente administrativo de devolución de cantidades indebidamente abonadas.

Según explica la representación legal de la imputada y de la empresa, inmersa en un ERE en 2005, no se pretende interrumpir los pagos que todavía se estén realizando o la devolución de los ya efectuados, pero argumenta que la consecuencia de que tales pagos no se hayan interrumpido, ni se haya siquiera solicitado su devolución en el caso de los ya verificados, es que no se considera que tales pagos estén efectuados por ilegalidad alguna.

La empresa afectada recuerda que se le están reclamando (según la fianza impuesta) la totalidad de las cantidades recogidas en las pólizas aunque éstas todavía no hayan sido totalmente abonadas a los trabajadores. A su juicio, ninguna de las partes ni la propia jueza han interesado diligencia alguna para asegurar dichas cantidades. “Será porque entienden que no forman parte de la supuesta malversación, ya que no sería coherente que, tras cuatro años de instrucción, no se hayan perseguido los efectos económicos del delito”, argumenta el escrito enviado recientemente al juzgado, al que ha tenido acceso eldiario.es Andalucía.

El recurso insiste en que no es voluntad de la empresa ni de la imputada solicitar que se impute a los trabajadores prejubilados, del ERE del que formó parte, “y por extensión en cualquier otro”, ni que se les reclame la devolución de las cantidades abonadas, ni que se interrumpa el pago de las pendientes de abonar. Pero advierte de que “existe una contradicción” entre el afianzamiento de unas cantidades de las que la imputada no se ha beneficiado directamente “y no se requiera a aquellas personas que sí se han beneficiado directamente de ellas, ni siquiera como responsables civiles”.

“Legal para unos e ilegal para otros”

Y resume: “una misma cantidad no puede ser legal para unos e ilegal para otros si tales cantidades provienen de un mismo acto que se presume, sólo se presume, delictivo”. Argumenta el escrito que no se ha llamado al procedimiento a los trabajadores prejubilados como responsables civiles a título lucrativo, es decir, no como responsables criminales del ilícito penal investigado, sino en calidad de responsables civil directo por haber obtenido un beneficio o aprovechamiento ilícito derivado del comportamiento penalmente punible atribuido a un tercero.

“Es obvio que son los trabajadores beneficiados los que se han aprovechado del presunto delito, o al menos también ellos, en unas cuantías perfectamente tangibles y evaluables, y susceptibles de resarcimiento”, señala, insistiendo, “para evitar una mala interpretación”, en que tampoco pide que se llame a los prejubilados como responsables civiles a título lucrativo.

Pero advierte de que se trata de una “paradoja gravemente lesiva” para los intereses de la imputada “y por extensión” del resto de imputados, con millonarias fianzas impuestas por responsabilidad civil, que hace un año superaban ya los 2.200 millones de euros en una causa que ha sumado unos 120 imputados más desde entonces, llegando hasta los 263.

Si no se procede contra los prejubilados o a la Seguridad Social ni a las aseguradoras por vía civil ni penal, y la Junta sigue asumiendo el coste de las pólizas por entender que se han abonado a estos colectivos no deben ser reintegradas dentro de las cantidades supuestamente defraudadas, la tesis de esta parte afectada y la de otros imputados es que deberían reducirse las fianzas impuestas por dicha “contradicción”.

El recurso alude a otra cuestión que tiene que ver con una posible prescripción de los hechos. Recuerda que, según un reciente criterio del Ministerio Fiscal de fijar una cuantía de 450.000 euros para poder calificar la gravedad de la conducta en el caso de determinadas empresas y particulares en la 'rama de la Sierra Norte', la cuestión debe aclararse en un sentido u otro ya que podría darse “una cascada de peticiones de idéntico sentido o parecido tenor”, y verse afectados hasta 6.000 trabajadores beneficiados por las diferentes ayudas para prejubilaciones, y con resultado y reducción de las nuevas cuantías supuestamente defraudadas, aplicándose la prescripción a numerosos imputados.

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