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El TSJA condena al Ayuntamiento de Granada por tener demasiados cargos ‘a dedo’

El alcalde de Granada, José Torres Hurtado (PP) / Europa Press.

Miguel Gómez

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Ayuntamiento de Granada por tener demasiados altos cargos nombrados 'a dedo'. El Alto Tribunal andaluz dictó sentencia el pasado enero confirmando la condena de los tribunales de lo contencioso en primera instancia por considerar que el Consistorio granadino había “abusado” de la fórmula de la comisión de servicios para ocupar jefaturas de área y que había nombrado “demasiados” cargos de libre designación.

El sindicato CGT, que ha hecho pública la sentencia, recuerda que en el momento que se denunció el caso, cuya primera sentencia es de 2008, los cargos de libre designación en el Consistorio eran 105, pero la actualidad llegan hasta 137. Aunque aclaran que si se ha producido una reducción en las comisiones de servicios, que han pasado 165 a alrededor de 60, lo que deja los cargos 'a dedo' en algo menos de 200.

La comisión de servicios es una fórmula legal que permite que un funcionario con plaza en una administración pase a ocupar un puesto en otra diferente si esta última lo solicita específicamente. En el Ayuntamiento de Granada es especialmente polémica en tanto sindicatos como CGT o UGT lo han denunciado como un método del equipo de gobierno del PP para “enchufar a amigos, familiares y afiliados”.

Dos ejemplos cuyos nombramientos están pendientes de resolución judicial son el de Rebeca Gómez, dirigente del PP de Almería y ex diputada provincial y ex concejal de la capital almeriense, y el de M.C.M., esposa de José Manuel Aranda, presidente del PP de Atarfe, y funcionaria en el municipio de Maracena, donde gobierna el PSOE, pero que en 2010 fue reclamada en comisión de servicios por el Ayuntamiento de Granada, a pesar de haber suspendido una oposición en 2009 y de no conseguir la permuta de su plaza por las mismas fechas.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA recoge que el nombramiento “abusivo” de jefaturas de área a través de la fórmula de la comisión de servicios se estaría saltando los principios de mérito y capacidad, que, aclara, no deben regir sólo para el acceso a las plazas de funcionario, también para la promoción de los mismos dentro de las administraciones. La comisión de servicios debe servir como mecanismo “temporal”, y no para ocupar los puestos directivos de las diferentes áreas municipales de forma permanente.

En cuanto al otro punto polémico, los cargos de libre designación, que no tienen por qué ser funcionario, CGT censura que no sólo no se hayan reducido los 105 que había cuando se denunció –en 2005, ya con José Torres Hurtado como alcalde–, sino que ahora se han aumentado hasta 137 asesores o 'cargos de confianza'.

El sindicato exige al Ayuntamiento que ahora convoque oposiciones para proveer todas las plazas que quedarán libres una vez se aplique la sentencia, ya que el TSJA sólo obliga a que se reduzca el número de cargos 'a dedo', pero no indica que deban reponerse las plazas. De hecho, aunque en el caso de la libre designación si puede que conlleve una reducción, dado que las comisiones de servicio ya son alrededor de 100 menos que en el momento de la denuncia, la sentencia podría no tener consecuencias sobre ellas.

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