Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Santander celebra el primer juicio telemático de España “en confinamiento extremo y con todas las garantías”

Captura de pantalla de la sesión del primer juicio telemático de España.

Rubén Alonso

1

Santander ha sentado este lunes un precedente en lo que a celebración de juicios se refiere. Y es que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de la capital cántabra ha desarrollado el primer juicio de manera íntegramente telemática de España, llevándose a cabo “en confinamiento extremo y con todas las garantías”.

Así lo ha señalado el magistrado, Luis Acayro Sánchez, tras la finalización de la vista, que ha contado con 30 personas conectadas a la plataforma Skype empresarial entre las partes, público y medios de comunicación que han solicitado presenciarla.

Así pues, esto supone que a partir de ahora se podrán celebrar por este método juicios “de cuestiones estrictamente jurídicas, es decir, en los que solo hay que valorar el expediente administrativo”.

En este sentido, Acayro ha subrayado que estas características las reúnen “más de la mitad de los expedientes administrativos” de los que disponen, de forma que podrán resolverse “desde ya” de manera telemática aquellos relativos a cuestiones de “caducidad, cumplimiento de procedimiento o prescripción”.

En lo que a este juicio se refiere, se trataba de uno de “poca enjundia” entre el Ayuntamiento de Santander y un restaurante por una infracción urbanística, que estaba fijado para el 8 de mayo. El jueves pasado se celebró una prueba de aspectos técnicos en la que participaron las partes y los medios que solicitaron estar presentes, de manera que en la sesión de este lunes, salvo algún pequeño contratiempo inicial, se ha desarrollado con fluidez y normalidad.

Desde sus casas o despachos, los letrados han justificado el carácter de urgencia de la vista puesto que al tratarse de un negocio de hostelería, el resultado del juicio determinaría si el empresario abre su negocio o no, dadas las restricciones establecidas por el estado de alarma. “A la incertidumbre económica se suma el resultado de este juicio”, ha apuntado la letrada de la parte recurrente.

Asimismo, en esta sesión, que ha quedado vista para sentencia y que se ha llevado a cabo por un método que no supone coste económico para la administración, también se ha aportado una prueba documental por parte de uno de los letrados, que ha podido ser consultada tanto por le magistrado y la otra parte, como por todos los demás que han seguido el juicio.

Etiquetas
stats