Habrá transporte público a mitad de precio para titulares de garantías ciudadanas complementarias
- Así se ha incorporado en el proyecto de ley de renta garantizada ya aprobado por el Gobierno castellano-manchego y pendiente de tramitación parlamentaria
Varios borradores han sido necesarios para el actual proyecto de Ley de Garantías Ciudadanas y Garantía de Ingresos de Castilla-La Mancha, la normativa elaborada por Podemos en el Ejecutivo regional que ya ha recibido luz verde del Consejo de Gobierno. En el último texto, que es el que se ha remitido al Parlamento castellano-manchego para su tramitación, una de las novedades fundamentales es la inclusión de un nuevo bloque de medidas en el apartado referente a las garantías ciudadanas complementarias, es decir, aquellas destinadas a la ciudadanía que se encuentre en el segundo de los dos tramos de ingresos que regulariza la norma.
La regulación del derecho de garantías complementarias viene definida dentro del proyecto de ley en el denominado ‘Tramo II’: cuando la capacidad económica de quien lo solicita, y en su caso, de los demás integrantes de la unidad de convivencia (familia) de la que formen parte, sea igual o superior a 6.300 euros anuales, dividido en doce mensualidades, no superando los 13.000 euros anuales. Esta garantía aumenta en proporción a los miembros adicionales de la familia: en un 15% en el caso de un miembro adicional, y en un 10% para el resto de los miembros hasta un máximo de cinco.
La inclusión de las personas solicitantes en este tramo genera a favor de su titular y el resto de miembros el acceso a las prestaciones de garantías ciudadanas complementarias. En los borradores anteriores del proyecto ley, este bloque, al describir las prestaciones, se centraba principalmente en educación, vivienda e inclusión social. Precisamente, en el ámbito educativo ya implantaba, entre otras medidas, el transporte gratuito para el alumnado de enseñanzas obligatorias que no pueda cursar esos estudios en sus localidades de residencia.
Ahora, las medidas referidas al transporte se han ampliado. En su artículo 29, el proyecto de ley recuerda que el derecho a las garantías ciudadanas complementarias está constituido por las acciones de acceso priorizado a las prestaciones de educación, vivienda e inclusión social, añadiendo ahora también el transporte público ante situaciones de carencia o insuficiencia de recursos económicos.
¿Cómo se ha incorporado?
Se incorpora así, en el Capítulo III, la ‘Garantía a servicios públicos de transporte’. En el caso de la modalidad interurbana, estipula que las personas destinatarias del derecho de garantías ciudadanas complementarias tendrán reconocida una bonificación de hasta el 50% en los viajes de los servicios regulares de transporte por carretera, dentro del territorio de Castilla-La Mancha.
También se incluye la posibilidad de que la Administración regional pueda suscribir acuerdos con otras entidades prestadoras del servicio interurbano, dentro o fuera de la región, para establecer bonificaciones destinadas a las personas destinatarias del derecho. Y asimismo, en el marco de los programas de inclusión social, el Ejecutivo y las entidades locales de la comunidad autónoma podrán adoptar acuerdos en el caso del transporte urbano para los mismos destinatarios.
La titularidad del derecho de garantías ciudadanas complementarias ofrece también el acceso priorizado a otros servicios. En el ámbito educativo, comprende las enseñanzas de segundo ciclo de infantil, de primaria y secundaria, así como de bachillerato y formación profesional; junto con la escuela infantil de titularidad autonómica cuando concurran menores a cargo hasta tres años; y estancia completa en residencia escolar no universitaria cuando se trata de alumnado escolarizado en enseñanzas obligatorias. También se han incorporado los servicios de comedor escolar, el material curricular, el transporte antes mencionado, así como bonificaciones y exenciones en tasas y precios públicos.
En materia de vivienda, el proyecto de ley regula la denominada “garantía habitacional” como el acceso a las políticas públicas de vivienda, sobre todo en casos de dificultad social por carecer de la misma; el asesoramiento e intermediación en materia de desahucios, y prestaciones económicas de ayuda al alquiler, entre otras medidas.