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JUICIO POR LA TRAMA EÓLICA

El fiscal de la trama eólica de Castilla y León asegura que el principal acusado estuvo “delinquiendo todo el tiempo”

Juicio de la trama eólica en Castilla y León

Javier Ayuso Santamaría

Valladolid —
16 de septiembre de 2025 13:37 h

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Segundo día de juicio de la trama éolica, en esta jornada las acusaciones han replicado a las defensas sus peticiones para que el tribunal considere que los delitos han prescrito. Los abogados defensores apuntaron en la primera sesión que la querella del Ministerio Fiscal se presentó en 2017 y los expedientes administrativos del caso se tramitaron entre 2004 y 2007, además pidieron que se anule el informe de Hacienda de 2012 que inició todo el proceso porque consideran que tiene “irregularidades”.

El Fiscal Anticorrupción del caso ha rechazado la petición de las defensas y ha asegurado que el principal acusado, el exviceconsejero de Economía, Rafael Delgado, estuvo “de continuo delinquiendo todo el tiempo, desde el año 2004 hasta el último acto de blanqueo de capitales que se le imputa”. Asimismo, ha añadido que hubo un acuerdo para cometer cohecho con delitos “conexos” de manera “continuada y permanente” por lo que el cálculo debe efectuarse desde el día de la última infracción y desde que se eliminó la situación ilícita. Es por eso que ha apostillado que no han transcurrido los 15 años entre los hechos delictivos y las diligencias previas de incoación que fija la ley para considerar la prescripción.

El representante del Ministerio Público ha explicado, respecto a la petición de prescripción del delito de cohecho, que la trama eólica presenta “indicios de acuerdo entre Iberdrola y representantes de la Junta, y de ello se encargó el entonces viceconsejero de Economía siguiendo las indicaciones del entonces consejero del ramo, Tomás Villanueva, con participación del representante de la eléctrica, Ricardo Bravo. Hubo un plan conjunto, un acuerdo de cohecho”.

El abogado de Delgado reclamó en la primera sesión la prescripción de varios delitos y que se considere que el informe de la Agencia Tributaria sea anulado y que se tengan en cuenta las declaraciones en las comisiones de investigación de las Cortes de Castilla y León del exconsejero de Economía Tomás Villanueva —que murió súbitamente en 2017— y de la exviceconsejera de Economía Begoña Hernández —condenada por un delito continuado de prevaricación administrativa en Perla Negra—, y a su vez que se anule el auto de la Audiencia que denegó algunas pruebas y testimonios como los del expresidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera, la exconsejera de Hacienda y exdelegada regional de la Agencia Tributaria, Pilar del Olmo; el exasesor de la exviceconsejera de Economía o la exjefa del Gabinete de Tomás Villanueva, entre otros.

El letrado del principal acusado consideró que esta denegación de testificales es “arbitraria” y pide que se anule ese auto porque uno de los integrantes de la Sala en ese momento era César Gil, juez instructor de las diligencias previas en otros “hechos conexos y relacionados” como la adquisición de una vivienda de paseo Zorrillaenmarcada en el caso Perla Negra.

Las defensas centraron el primer día buena parte de sus argumentos en atacar el informe de Hacienda de 2012 que inició todo el proceso. Entre las supuestas “irregularidades” la ausencia de una fecha de inicio y cierre del expediente, haciendo que fuesen consideradas actuaciones “impropias” de un inspector que han hecho que los derechos de los investigados no hayan sido “garantizados”, por lo que se ha invocado la doctrina del fruto del árbol envenenado, esta doctrina establece que toda prueba obtenida de manera ilegal, así como cualquier evidencia derivada de esta prueba original debe ser excluida del proceso judicial y considerada nula para defender los derechos fundamentales de los acusados.

En respuesta a esto, el fiscal ha incidido en que las irregularidades que señalan las defensas solo afectaron al procedimiento administrativo, no al penal, y que por eso las actuaciones judiciales son válidas. El representante del ministerio público ha pedido “prudencia” al tribunal y que recoja la resolución de las cuestiones previas en la sentencia.

El fiscal ha defendido que ese informe fue elaborado “sin que el mismo suponga vulneración alguna de un derecho fundamental”. Asimismo, ha explicado que ha sido validado por los servicios jurídicos de la Agencia Estatal Tributaria al considerar que “el funcionario no se saltó la cadena, pero si hubiera presentado denuncia directamente, la misma tendría también plena validez”.

La abogada del Estado señala que el informe cuestionado deriva “de una obligación legal”

En representación de la Agencia Estatal Tributaria, la abogada del Estado, al igual que el resto de acusaciones particulares, ha sostenido que el informe del inspector de Hacienda deriva “de una obligación legal”. “No es un acto administrativo, es una denuncia que no presenta ese funcionario público, sino que presenta la propia Agencia Estatal Tributaria”, ha puntualizado.

Para la abogada del Estado, además, la inspección que se realizó, a pesar de esas anomalías, ha resultado “certera” al tener “un contenido mínimo para la persecución de delito” dando lugar a que “los hechos han sido acreditados en fase de instrucción” y ha augurado que “otro tanto ocurrirá en el presente juicio”.

A raíz de la inspección que derivó en la investigación de la trama eólica “se descubrieron unos hechos que llamaron la atención tanto por la corriente monetaria detectada como por lo poco lógico de las relaciones comerciales entre las partes”, ha reconocido la letrada.

Las acusaciones particulares, como es el caso de la empresa Enersol, han coincidido en señalar como el fiscal que existe “una trama” que ha operado con el mismo “patrón delictivo”. También el abogado de Ecologistas en Acción, como acusación popular, se ha sumado a la petición para que se rechace las pretensiones de la defensa para pedir anulación del juicio y prescripción de los delitos. El letrado ha apuntado que existía una “trama eólica” porque “se trataba de lograr una finalidad: que algunos se llevasen los parques y que otros, entre ellos Delgado, arrimaran a su bolsillo los dineros”.

“No estamos ante un juicio político, sino ante un juicio penal”

Tras escuchar los argumentos de ambas partes, los miembros del tribunal ha rechazado aceptar la doctrina esgrimida por las defensas del 'fruto del árbol envenenado' sobre el informe de la Agencia Tributaria dando razón a las acusaciones. Sobre las peticiones del abogado de Rafael Delgado para que se tomen en cuenta las declaraciones en las Cortes del consejero Villanueva y de la exviceconsejera de Economía en las Cortes del desarrollo de la energía eólica en Castilla y León. El magistrado ha aseverado que “no va a consentir” que sea un juicio político. “Lo digo desde aquí, no lo voy a consentir, no estamos ante un juicio político, sino ante un juicio penal contra personas a las que se imputan delitos concretos”, ha afirmado.

También ha agrupado en una sola defensa las ocho acusaciones particulares, ya que tal y como ha asegurado el presidente de la sala, habrían presentado el mismo escrito de acusación y no ha visto justificado que vayan por separado. Asimismo, ha dejado para más adelante, cuando se dicter setencia, el valorar la prescripción de delitos dada la “complejidad” de la causa. El motivo dado pasa porque “no se puede desconectar unos hechos de otros” además de que se habla de acusaciones de delitos continuados en algún caso y en otros de permanentes.

El conjunto de las penas de cárcel que solicita el Fiscal Anticorrupción para los trece encausados se eleva a 123,5 años de cárcel y 850 millones de euros de multas. La mayor de las penas, 42 años y multa de 239 millones de euros, es para Rafael Delgado, como presunto cabecilla de la trama al dictado de las indicaciones del entonces consejero del ramo ya fallecido, Tomás Villanueva. Le siguen los empresarios Alberto Esgueva y Germán José Martín Giraldo, ambos con 12 años y 68 y 14,5 millones de multa, respectivamente; el abogado y presunto testaferro de Delgado, Jesús Rodríguez Recio, con diez años y medio y más de 25 millones de multa; y César Hernández, con siete años y 1.888.000 euros. Se juzga la supuesta comisión de los delitos de prevaricación administrativa, cohecho, blanqueo de capitales, contra la hacienda pública, tráfico de influencias y extorsión.

En el primer día de juicio, Carlos Galdón, uno de los empresarios que estaba encausado en la trama eólica, del mayor caso de corrupción de Castilla y León, no irá finalmente al juicio oral después de que cinco de las acusaciones particulares retirasen sus reclamaciones. Carlos Galdón —que era el administrador único de Avanzalia System— tendrá que declarar en el juicio, eso sí, como testigo, según ha concedido el magistrado presidente de la Sala. Las acusaciones también pidieron que se tengan en cuenta las declaraciones de aquellas personas que han fallecido a lo largo del proceso judicial, iniciado en 2017. Tras la resolución de las cuestiones previas, el juicio se retomará el 6 de octubre cuando empezará la vista oral con las declaraciones de acusados, testigos y peritos.

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