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El TSJ de Castilla y León confirma los cuatro años de cárcel por el puñetazo mortal a Sergio Delgado y reprocha al juez su “falta de empatía”

El acusado por el homicidio del vallisoletano Sergio Delgado.

Javier Ayuso Santamaría

Valladolid —
9 de septiembre de 2026 13:48 h

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado este miércoles la condena a cuatro años de prisión por homicidio por imprudencia grave al joven que propinó el puñetazo que acabó con la vida del vallisoletano Sergio Delgado durante la madrugada del 24 de febrero de 2024 en Burgos. La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado los recursos presentados tanto por la Fiscalía como por la familia del fallecido, que reclamaban la nulidad del juicio y de la sentencia.

La resolución mantiene el fallo dictado por el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Burgos y considera que no existen motivos para repetir el procedimiento. La acusación particular, ejercida por los padres y la hermana de Sergio, defendía en su recurso que los hechos debían ser considerados un asesinato o, subsidiariamente, un homicidio doloso. La Fiscalía también había recurrido en busca de la nulidad del proceso.

La sentencia, contra la que todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, recoge un reproche al magistrado que presidió el Tribunal del Jurado. Después de visionar íntegramente las sesiones del juicio, el TSJCyL considera que el juez utilizó formas “duras en su forma de expresarse, incluso autoritarias” hacia las acusaciones.

La Sala ha criticado un momento ocurrido durante la vista, cuando el magistrado pidió a una familiar de Sergio que dejara de “lloriquear”. El Tribunal Superior ha considerado que aquella expresión mostró una “falta de empatía”, aunque ha recordado que el juez se disculpó posteriormente y ha tildado el momento de “desagradable e inapropiado”. También ha censurado en algunas de sus actuaciones una “falta de tacto o de acierto en las formas”.

Pese a estas críticas, los magistrados han sentenciado que la actuación del juez no demuestra una pérdida de imparcialidad ni provocó indefensión a las acusaciones. Según la resolución, las decisiones adoptadas durante el juicio respondían a su intención de evitar que el jurado se viera influido por cuestiones ajenas al objeto principal del proceso. Las expresiones consideradas incorrectas o inadecuadas, sostiene el TSJ, no tuvieron entidad suficiente para justificar la nulidad del procedimiento.

El TSJ considera el objeto del veredicto “manifiestamente mejorable”

El Tribunal Superior también ha rechazado los argumentos de la Fiscalía y de la familia sobre la forma en la que se planteó el objeto del veredicto que debía responder el jurado.

La Sala ha admitido que aquel documento era “manifiestamente mejorable” y ha precisado que existieron algunas omisiones, pero considera que ninguna de ellas causó una indefensión efectiva que hiciera necesario repetir el juicio ante un nuevo jurado.

Tampoco ha apreciado una falta de motivación suficiente en la decisión del jurado. Frente a las acusaciones de que el veredicto no explicaba adecuadamente sus conclusiones, el TSJ ha defendido que existió una “concisa aunque suficiente explicación de las razones para su adopción”. Según el TSJ, la sentencia de la Audiencia Provincial también explicó de manera adecuada los motivos que sustentaban la condena por homicidio imprudente.

En la sentencia se ha considerado relevante que el jurado descartara tanto la intención de matar como el dolo eventual. Por ello, ha matizado que no es posible modificar ahora la calificación jurídica de los hechos para convertirlos en un asesinato o en un homicidio doloso.

“Una vez descartados por el Jurado tanto la intención de matar como el dolo eventual”, ha explicado el tribunal, la única calificación compatible con los hechos declarados probados es la de homicidio por imprudencia grave.

Cuatro años de prisión y 150.000 euros de indemnizaciones

La Audiencia Provincial de Burgos condenó al acusado a cuatro años de prisión por homicidio por imprudencia grave. El fallo también estableció indemnizaciones de 100.000 euros para cada uno de los padres de Sergio y de 50.000 euros para su hermana, en concepto de daños morales derivados del fallecimiento.

El acusado llevaba en prisión provisional desde febrero de 2024 y quedó en libertad provisional después de que el jurado descartara el asesinato y el homicidio doloso, al considerar la Audiencia que la pena a la que se enfrentaba no podía superar los cuatro años.

La muerte de Sergio Delgado, de 32 años, provocó una fuerte reacción en Valladolid. Su familia convocó concentraciones para reclamar justicia y mantuvo su oposición a una condena por homicidio imprudente.

El motivo de la muerte: un puñetazo y una caída mortal

Sergio Delgado se encontraba en Burgos celebrando una despedida de soltero cuando, después de mantener una conversación con el acusado en una zona de ocio de la capital burgalesa, recibió un puñetazo en el rostro.

El golpe provocó que cayera al suelo y se golpeara en la región occipital de la cabeza. Pese a la asistencia de los servicios de emergencia, falleció como consecuencia de las lesiones sufridas.

El jurado consideró probado que el acusado fue quien propinó la agresión y que Sergio sufrió una fractura de los huesos propios de la nariz y un traumatismo craneoencefálico derivado de la caída. También dio por acreditado que presentaba una elevada tasa de alcohol y que esa intoxicación influyó en el fallecimiento.

Sin embargo, los miembros del jurado no consideraron probado que el acusado quisiera matar a Sergio ni que se hubiera representado como posible que su acción pudiera acabar provocando su muerte. Tampoco consideraron que sus conocimientos de artes marciales hubieran influido en la fuerza del golpe.

Un profesor de la UVa justificó la muerte de Sergio

El día siguiente a la muerte de Sergio, un profesor de la Universidad de Valladolid publicó un mensaje en el que aseguraba, por ser la víctima de Valladolid que “si ese fue el motivo, pues un asesinato muy merecido”. La publicación se realizó el 25 de febrero de 2024 bajo un nombre y una imagen genéricos y hacía referencia a la hipótesis de que la agresión hubiera estado relacionada con la procedencia vallisoletana de la víctima.

La Universidad de Valladolid acordó posteriormente la “extinción inmediata” de la relación contractual con el docente, Héctor Felipe Mateo, profesor de Ingeniería Informática. El rector, Antonio Largo Cabrerizo, informó además de que la institución había trasladado el contenido del mensaje a la Fiscalía para que determinara si podía existir un delito de odio.

La familia de Sergio reclamó medidas disciplinarias contra el profesor y anunciara que estudiaría posibles acciones legales. Los familiares consideraron que la publicación suponía un ataque a la memoria del joven y advirtieron de que la eliminación de los mensajes y las disculpas posteriores no borraban la posible responsabilidad derivada de lo publicado.

El docente pidió posteriormente disculpas y aseguró mostrar un “sincero arrepentimiento” por sus palabras. En su escrito sostuvo que no comparte actualmente los mensajes que publicó entonces. La familia, sin embargo, cuestionó que la retractación se produjera después de la repercusión alcanzada por el caso y sostuvo que unas disculpas no reparan por sí solas el daño causado.

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