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La jueza imputada alega que actuó bien al arrestar a un funcionario por no pagar una multa de 150 euros

Palacio de Justicia de Barcelona

Oriol Solé Altimira

14 de diciembre de 2022 12:15 h

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Ni un ápice de arrepentimiento en la jueza de Barcelona que ordenó detener a un Letrado de la Administración de Justicia (LAJ) por no pagar una multa de 150 euros. La togada ha explicado que la ley le permitía acordar ese arresto aunque se tratara de una cuantía fácilmente embargable, e incluso ha deslizado una crítica velada al funcionario al recordar que en el juicio tras el que fue condenado por un delito leve se comportó con “malas formas”.

Ante la magistrada de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) María Eugenia Alegret ha comparecido como investigada este miércoles María del Carmen Suárez Vázquez, titular del juzgado de instrucción 26 de Barcelona. La jueza Suárez está imputada por prevaricación tras la querella del letrado, al que representa el bufete Lealta Abogados.

Según fuentes jurídicas, la magistrada ha alegado en su declaración que el “error material” que cometió al declarar insolvente al letrado no implica que se equivocara al decidir el arresto del funcionario. Su actuación, a su juicio, está amparada por la ley.

La versión de la magistrada Suárez es que el Código Penal la obligaba únicamente a realizar personalmente la notificación personal al letrado del requerimiento para pagar su multa de 150 euros fruto de una condena por un delito leve de coacciones tras un conflicto vecinal. Y eso es lo que hizo, pero el envío de la notificación al domicilio personal del letrado falló por dos veces.

Como los intentos para requerir al letrado fueron infructuosos, la magistrada explica que procedió a declararlo insolvente y a ordenar su arresto, que se materializó el pasado mes de agosto mientras el funcionario estaba de vacaciones en Canarias. El letrado pagó la multa de 150 euros y quedó libre.

El funcionario ha alegado en cambio que la actuación de la magistrada fue desproporcionada. Primero lo declaró insolvente y luego en paradero desconocido pese a que este había facilitado dos correos electrónicos para que le enviaran las comunicaciones relacionadas con la multa impuesta y había entregado la dirección de su domicilio habitual.

Además para pedir personalmente que pagara tampoco había que caminar mucho: al contrario que otros condenados que resultan imposibles de localizar, el letrado trabaja en un juzgado de la Ciudad de la Justicia de Barcelona, apenas a 50 metros de la oficina de la magistrada Suárez.

Aunque ha desvinculado la orden de arresto del caso que juzgó, la jueza Suárez ha recordado, según fuentes jurídicas, que en la vista por el delito leve de coacciones el funcionario tuvo “malas formas”, ya que el sistema de videograbación falló y la letrada de su juzgado tuvo que tomar acta de la vista a máquina.

Precisamente este miércoles también ha declarado como testigo la letrada del juzgado de Suárez, quien ha defendido la labor de su magistrado y ha ayudado a su defensa. Según fuentes jurídicas, la letrada ha admitido que éste no es un caso “habitual” dada la baja cuantía de la multa, pero ha agregado que la magistrada averiguó de forma “suficiente” el domicilio del funcionario.

Del resultado del caso penal depende que la jueza Suárez pueda seguir en su puesto, ya que se expone a penas de inhabilitación si la causa llega a juicio. En cambio el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó archivar la queja del letrado al no apreciar la existencia de “responsabilidad disciplinaria” en la jueza, pese a que fue remitida desde la propia Sala de Gobierno del TSJC.

En el historial de Suárez figura una sanción de relevancia: en 2003 el CGPJ la suspendió de funciones por tres años por una falta muy grave de retraso injustificado en la tramitación de las causas.

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