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Un hospital privado de Benidorm, condenado a pagar 1,65 millones por una bebé que sufrió lesiones de por vida

Paritorio de un hospital.

Artur Balaguer

Dénia —
16 de febrero de 2024 18:34 h

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“Asfixia perinatal grave, encefalopatía hipóxico isquémica grave, distrés respiratorio NN (depresión respiratoria a asfixia perinatal), hiponatremia dilucional grave y epilepsia secundaria, sufriendo así graves lesiones en su sistema neurológico, motor, respiratorio y digestivo que provoca que necesite continua asistencia médica y tratamiento especializado”. Este fue el resultado en una bebé recién nacida de una imprudencia profesional “menos grave” de una ginecóloga y una matrona del hospital privado Imed Levante de Benidorm que ha llevado a un juzgado de Benidorm a imponer a la ginecóloga y la matrona que atendieron a la madre una indemnización de 1,65 millones de euros. 

Los hechos se remontan a principios de 2007, cuando D.L.T. se quedó embarazada e hizo uso de una póliza médica de Caser en el hospital Imed Levante de Benidorm. 

La embarazada tenía programado un parto con cesárea para el día 9 de enero, el día 7 -48 horas antes- D.L.T acudió a urgencias del hospital con fuertes dolores. Aunque ingresó en planta, no se le abrió en ningún momento el partograma, a pesar de que la ginecóloga que la atendió le dijo, según el relato de los hechos probados en la sentencia, que estaba teniendo contracciones y que se iba a quedar ingresada para practicarle una cesárea.

Sin embargo, una hora después de ser atendida por la ginecóloga la embarazada comenzó a sangrar y los dolores que sufría fueron a más. Tras ser visitada por la matrona, ésta “no sólo no puso en marcha los mecanismos y pruebas para el control del bienestar fetal, ni se procedió a la monitorización cardiotocográfico, sino que insistió a D.L.T en que estuviera tranquila diciéndole que no había ningún quirófano libre y que tenía que esperar”, confirma la sentencia.

El juez afirma que transcurridas más de siete horas del ingreso y sin que ninguna de las dos acusadas, ginecóloga y matrona, acordara practicar a la embarazada una monitorización cardiotocográfica ni control alguno de bienestar fetal desde su ingreso, se le practicó una cesárea, “momento en el que la ginecóloga advierte que ha existido un desprendimiento de placenta en un 80%, 90% con abundantes coágulos”.

Sin llanto, sin latido cardíaco ni actividad respiratoria, la bebé recién nacida tuvo que ser trasladada al hospital de Elx de la misma firma, ya que el de Benidorm no contaba con un servicio de urgencias para neonatos ni con la infraestructura para atender las necesidades médicas que precisaba la niña, que estuvo ingresada en el Hospital de Elche casi un mes. 

El resultado fue que “la asfixia perinatal que padece la menor, así como las graves secuelas físicas y mentales que padece la niña y que le condicionan una incapacidad total, traen causa del desprendimiento de placenta (DPPNI) que sufre la madre, de lo que se desprende presuntamente que existe una relación de causalidad entre la mala praxis de los profesionales que la atendieron a Deborah y el desprendimiento de placenta con las graves consecuencias que ello ha supuesto para la vida de la menor”.

En el momento de los hechos, el hospital tenía contratada una póliza de responsabilidad civil con Zurich, y las acusadas otra de responsabilidad civil con la mercantil Ama, de manera que el juez ha estimado que la primera deberá abonar a la madre de la niña 1,55 millones y Ama otros 100.000 hasta completar la totalidad del importe. 

Además, en tanto que se trata de un delito de lesiones por imprudencia menos grave penado en el artículo 152.2 del Código Penal, el juez también condena a la pena para cada una de las dos acusadas de tres meses de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros.

El abogado que representó a la madre de la niña, Jorge Martínez, ha confirmado que contra la sentencia ya no cabe recurso porque fue comunicada en la misma sala in voce y los condenados manifestaron su voluntad de no recurrirla.

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