Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Sobre este blog

Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

El Gobierno y el juez Llarena: la vulneración de la legalidad como práctica de Estado

Pablo Llarena, magistrado del Tribunal Supremo

Albert Noguera

El mismo día 11 de septiembre, mientras un millón (según la guardia urbana) de catalanas y catalanes se manifestaban en Barcelona en favor de la república, la ministra de Justicia, Dolores Delgado hacía en las Cortes una defensa sin fisuras del juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, afirmando que el Gobierno español iba a defenderlo ante Bélgica hasta donde hiciera falta.

Tal posición del Gobierno español implica una negación de su propio discurso. Éste pone como línea roja para el diálogo con el gobierno catalán el respeto al Estado de derecho y la legalidad, a la vez que cierra filas, de manera incondicional, al lado de un juez que los incumple abiertamente.

Esta afirmación exige justificar por qué afirmo que Llarena vulnera el Estado de derecho y la legalidad. Para ello es necesario responder la pregunta acerca de dónde está el límite que ubica la actuación de un juez fuera del Estado de Derecho y la legalidad.

Existen dos posicionamientos extremos acerca de la relación entre ordenamiento jurídico y juez:

En un extremo, los positivistas ortodoxos afirman que el ordenamiento jurídico conforma un entramado completo y semánticamente riguroso de normas de certeza que permite al juez tomar sus decisiones al margen de toda ideología, teniéndose que limitar a llevar a cabo, en condiciones de apolitización e imparcialidad, una aplicación mecánica y neutral de la norma al caso concreto.

En el otro extremo, determinados sectores del marxismo jurídico, agrupados alrededor de la llamada tesis de la indeterminación, afirman que el ordenamiento jurídico conforma un sistema totalmente indeterminado, lleno de vacíos, contradicciones y abierto a la posibilidad de que el juez lo interprete y moldee como le dé absolutamente la gana para justificar cualquier decisión, que siempre será de carácter ideológico.  

Ninguna de estas dos posiciones extremas resulta aceptable para explicar la relación entre ordenamiento jurídico y juez. Por un lado, en contra del positivismo ortodoxo, debemos aceptar que el ordenamiento jurídico no puede aplicarse sin una tarea interpretativa que necesariamente es ideológica. A la vez, en contra de lo que cierto marxismo jurídico dice, tampoco siempre es posible lograr que las normas jurídicas se adecuen sin límite a cualquier tipo de estrategia ideológica que se desee. Existen determinadas restricciones institucionales (la cultura jurídica, la jurisprudencia, la coherencia con los ideales y principios políticos del sistema jurídico tomado como un todo, etc.) que actúan como contrapesos que dificultan que el juez pueda imponer la decisión ideológica que quiera.

Seguramente hay que adoptar una posición mixta. Toda norma jurídica tiene un núcleo de certeza determinado y no disponible, y un área de ambigüedad, no determinada, abierta a la interpretación. Esta segunda área es inevitable en todas las normas. Ello permite que, dentro de unos límites, a la hora de resolver un caso concreto, el juez tenga cierto margen para llevar a cabo mediante técnicas judiciales convencionales, un trabajo ideológico estratégico que le permitan inclinar o acercar la resolución del caso a su preferencia ideológica y que ello sea legítimo. Así se explica que, ante casos iguales, las sentencias no sean siempre iguales.

Pero, si bien podemos aceptar que la existencia de un área de ambigüedad en toda norma permite al juez desplegar sus recursos para moldear la resolución a favor de sus inclinaciones ideológicas y que ello es legítimo, ¿Dónde está el límite? ¿En qué momento el trabajo ideológico estratégico del juez deja de ser legítimo para pasar a suponer una vulneración del Estado de derecho y la legalidad? A mi entender, esta vulneración se da cuando tal trabajo ideológico estratégico del juez:

  1. Hace caso omiso del núcleo de certeza no disponible de la norma;
  2. Cuando no se construye mediante técnicas judiciales convencionales sino a través de una manipulación de las mismas con burdos argumentos injustificables y falsos; y,
  3. Cuando plantea una amenaza a los valores liberales de dignidad más básicos.

El trabajo estratégico ideológico que el juez Llarena despliega en el auto de procesamiento por rebelión a los dirigentes del procés encaja en los tres requisitos de vulneración del Estado de derecho y la legalidad citados: en primer lugar, el auto dispone arbitrariamente del núcleo de certeza no disponible de la norma que regula el delito de rebelión, que es la necesidad de existencia de “alzamiento violento”. El juez acusa a los investigados de rebelión sin que se haya producido nunca tal alzamiento.

En segundo lugar, la argumentación que el juez desarrolla para justificar la acusación no se construye mediante técnicas judiciales convencionales sino mediante una manipulación de la técnica interpretativa con burdos argumentos que falsean absolutamente la realidad. En las páginas 47 a 52 del auto, el juez argumenta que el 1-O los ciudadanos catalanes, movilizados por los investigados mediante mensajes publicados en Twitter, salieron a ejercer violencia indiscriminada contra los agentes de los cuerpos de seguridad del Estado. Sólo basta ver las numerosas imágenes que han dado la vuelta al mundo para ver quien ejerció violencia contra quien. Y, en tercer lugar, de lo anterior deriva no ya una amenaza sino una clara vulneración de derechos liberales de dignidad básicos de cualquier persona tales como la tutela judicial efectiva, a un proceso con todas las garantías, a la defensa y al juez imparcial.

Es en este sentido que podemos afirmar que la actuación de Pablo Llarena supera cualquier límite de interpretación lícito y vulnera abiertamente el Estado de derecho y la legalidad.

Y a la vez, podemos afirmar también que cuando el Gobierno español no opta por mantenerse al margen del proceso contra Llarena ante la justicia belga sino por dar un paso al frente y defenderlo, está convirtiendo la vulneración del Estado de Derecho y la legalidad de una práctica “personal” a una práctica de Estado. Poco equilibrado y justo puede ser un proceso de diálogo donde la parte que dispone de la fuerza bruta al detentar el monopolio del uso legítimo de la violencia obliga a la otra parte a cumplir un Estado de derecho y una legalidad que ella no cumple.

Sobre este blog

Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

Etiquetas
stats