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Naciones Unidas reprende a España por vulnerar el derecho a la vivienda de una familia que ocupó una casa

Varias personas en bicicleta bajo el lema: `Ningún desahucio sin alternativa adecuada´ durante la manifestación por el derecho a la Vivienda, en el Paseo de la Castellana de Madrid (España).

Cristina G. Bolinches

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El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas reprende a España por vulnerar el derecho a la vivienda de una familia que ocupó un inmueble propiedad de BBVA. “El Estado parte tiene la obligación de proporcionar a los autores y sus hijos una reparación efectiva”, constata el dictamen.

El caso analizado por el Comité de la ONU afecta a Josefa y a Ricardo que acudieron al organismo internacional al entender que las diferentes órdenes de desalojo sobre ellos y sus dos hijas -aunque este no se materializó- habían constituido una violación de sus derechos, en virtud del artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Pidesc). 

Ambos explican que, desde 2008 y en varias ocasiones, solicitaron sin éxito al Instituto de la Vivienda de Madrid una inmueble social. “Entre 2010 y 2014, los autores pudieron alquilar un apartamento en el mercado privado, sin embargo, perdieron su empleo y no pudieron hacer frente al pago de la renta a partir de 2014”, recoge el dictamen. “No les quedó otra opción que mudarse a un apartamento propiedad de una entidad bancaria al no tener una vivienda alternativa y al no tener éxito sus solicitudes de vivienda social. Afirman que el apartamento en cuestión estaba inhabitado”.

Josefa “alegó que empezó a ocupar el apartamento porque estaba vacío y era la única opción para proporcionar a sus hijas una vivienda ya que no podía pagar un alquiler”. Además, se puso en contacto con la entidad bancaria y le pidió que les permitiera vivir en el apartamento y pagar un alquiler social, que había solicitado una vivienda social; y que una de sus hijas tenía “problemas” que requerían una asistencia especial“. 

Desde 2015 se iniciaron los procesos judiciales y varias órdenes de desalojo, que fueron suspendidas en varias ocasiones, la última de ellas por la prórroga de las medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica como consecuencia de la pandemia. 

“Hasta 2008 nos íbamos apañando, con contratos. Richard era mediador cultural, yo era dependienta. Acudimos a las ayudas del Inem e íbamos pagando, pero nos quedamos con una ayuda de 420 euros y nos vimos entre la espada y la pared. Yo pensé como madre, la necesidad era dar de comer a mis hijas. Tampoco queríamos causar deuda a nuestro casero. No pedimos vivienda de emergencia porque el Ivima necesita ver una orden de desahucio y eso son dos años. En Villaverde había pisos de entidades bancarias cerradas y a la que fuimos llevaba cuatro años vacía. No miramos si era delito. Solo el hecho de que tus hijas se vean en la calle, no miras otra cosa. Lo hicimos por necesidad”, explica Josefa durante la presentación de los detalles del dictamen.

Aunque en este caso el desalojo no se haya hecho efectivo, el Comité de la ONU concluye que el Estado español “tiene la obligación de proporcionar a los autores y sus hijos una reparación efectiva”, de forma que se vuelva a evaluar su estado de necesidad y su prioridad en la lista de espera considerando la antigüedad de su solicitud de vivienda a la Comunidad Autónoma de Madrid.

También que se otorgue a esta familia “una compensación económica por las violaciones sufridas” y se les reembolsen “los costes legales en que razonablemente hubieran incurrido en la tramitación de esta comunicación, tanto a nivel interno, como a nivel internacional”. En este procedimiento Josefa y Ricardo han estado representados por los abogados Javier Rubio Gil y en la primera etapa por Alejandra Jacinto, diputada y portavoz de Unidas Podemos en la Comunidad de Madrid.

Octavo dictamen del Comité de la ONU y los ocho, en Madrid

“En un caso representativo. Llevaban años pidiendo una vivienda pública. La entidad BBVA planteó un delito de usurpación. Los autores fueron absueltos porque les reconoció encontrarse en estado de necesidad, porque se optó por un mal menor para evitar un mal mayor. Es un caso paradigmático del problema de la ocupación”, explica el abogado Javier Rubio.

Rubio explica que “España a través de la Abogacía del Estado ha presentado alegaciones, pero el Comité les ha dado la razón a Josefa y Ricardo porque no se ha dado la opción de tener acceso a una vivienda social. Y reitera la necesidad de dar garantías de acceso a una vivienda pública. Es el octavo dictamen condenatorio, los ocho en la comunidad de Madrid”.

El Comité también recomienda a España que adopte “las medidas necesarias para eliminar la práctica de excluir de manera automática de las listas de solicitantes de vivienda de todas aquellas personas que se encuentren ocupando una vivienda por estado de necesidad”. De esa forma “todas las personas” podrían “acceder, en igualdad de condiciones, al parque de vivienda social, removiendo cualquier condición irrazonable que excluya a cualquier persona en riesgo de indigencia”.

“Josefina y Richard merecen una casa. Llevan tiempo haciendo las cosas bien, quieren poder reengancharse socialmente y las instituciones impiden que tengan una segunda oportunidad”, recalca Juan Diego Botto, director de la película 'En los márgenes', que narra el drama de los desahucios. “Es un caso de fracaso, pero no de ellos. Es un fracaso de las instituciones y de la sociedad en su conjunto”.

Por su parte, Laura Barrio, portavoz de la coordinadora de vivienda Madrid/PAH, indica que este caso pone de manifiesto que “hay una falta de conocimiento del problema real de la vivienda en nuestro país. Es un diagnóstico pendiente, que no han realizado ni unos partidos ni otros”.

Mientras, Jenifer Rebollo, de Amnistía Internacional ha puesto de manifiesto tres carencias del proyecto de Ley de Vivienda que se está tramitando en el Congreso de los Diputados y cuya aprobación se ha pospuesto, previsiblemente, hasta el primer trimestre de 2023. “No hay garantías para evitar los desahucios cuando no hay alternativa habitacional”. También, que “el control de precios solo es para nuevos contratos de grandes tenedores y debería ser a todos los nuevos contratos que se hagan”. “Lo tercero es dar mayor dotación al parque público, que es el 1,6% del total. Habría que llegar a un 15%”, ha enumerado. En otros países europeos, como Holanda, el porcentaje de vivienda social alcanza el 30% del total.

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