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OCU lanza una campaña para exigir a los bancos que apliquen los intereses negativos de las hipotecas

Logo de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU)

AFDC/ACT

MADRID —

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El Banco de España remite el asunto a la interpretación judicial

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha lanzado una campaña para reclamar a las entidades bancarias que apliquen en los contratos hipotecarios el interés que resulte de la suma del índice más el diferencial aplicable, aunque el resultado sea negativo.

En un comunicado, OCU ha exigido a las entidades que “asuman las obligaciones aceptadas en los contratos de préstamo hipotecario, en concreto, las que resultan de la cláusula que regula el tipo de interés aplicable”.

La asociación ha recordado que, en muchas de las hipotecas firmadas entre 2006 y 2010, el diferencial aplicable es inferior a 0,5%, de manera que, en un escenario en el que el Euríbor se encuentra en niveles cercanos a -0,5%, a muchas de estas hipotecas les corresponderá un tipo de interés negativo cuando llegue el momento de la revisión.

Algunos bancos ya han mostrado su rechazo a aplicar tipos de interés negativos por los préstamos, pero OCU sostiene que “los contratos están para cumplirse” y que en todos estos casos “las entidades deberán aplicar el interés que corresponda tras la revisión, aunque el mismo resulte negativo”. “El cumplimiento del contrato no puede quedar al arbitrio de una de las partes sólo porque el resultado les sea desfavorable”, denuncia la organización.

LA RESPUESTA DEL BANCO DE ESPAÑA

En respuesta a una consulta realizada por OCU al Banco de España, el organismo supervisor ha confirmado que, con anterioridad a la entrada en vigor de la ley 5/2019, no existe en el ordenamiento jurídico español ninguna previsión normativa que regule la posible aplicación de tipos de interés negativos en las operaciones hipotecarias con consumidores.

Según OCU, el Banco de España remite a la interpretación judicial el cumplimiento del contrato de préstamo por ser de carácter privado.

OCU considera que la aplicación de un tipo de interés negativo no altera la naturaleza del contrato de préstamo y que, por tanto, es de obligado cumplimiento para la entidad bancaria que así lo haya pactado.

Por ello, la organización de consumidores se ha dirigido a las principales entidades bancarias de España para que informen si están aplicando los intereses negativos cuando proceda.

“OCU llama a la sensatez de las entidades bancarias y a su buena fe para que cumplan lo que han pactado y no avoquen nuevamente a miles de usuarios a un procedimiento judicial eterno, con el mayor gasto económico que conlleva para todos los operadores del mercado”, ha instado.

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