Una cacereña sufre acoso sexual telefónico dos años, pero el autor queda absuelto
Durante dos años Nuria G., de Cáceres, soportó llamadas a cualquier hora de un hombre que al otro lado del móvil parecía que jadeaba masturbándose; hubo una época en que no la llamaba, pero al volverlo a hacer después de mucho tiempo se atrevió a denunciar. Ahora se encuentra con que la Justicia le da una respuesta que es “una tomadura de pelo”.
El titular del juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Cáceres ha absuelto al autor de las llamadas, Blas M., por un doble motivo, porque los hechos que antes suponían legalmente una falta de vejaciones injustas han desaparecido del Código Penal, y porque la responsabilidad habría prescrito ya que según la sentencia pasaron más de seis meses entre la última llamada y el descubrimiento de la identidad del autor.
Nuria está indignada, como otras personas que han conocido la sentencia. “Parece que en la última reforma legal lo único que importa es que no saques fotos de la Policía”. Tan sorprendida y frustrada que no sabe si merece la pena recurrir.
Las llamadas fueron más continuas entre septiembre de 2012 y el mismo mes de 2013. Eran de un hombre desconocido para ella –“yo creo que marcaba números al azar, y no creo por eso que haya sido la única”-, que llamaba con número oculto y desde la línea a nombre de un familiar como han puesto al descubierto las comprobaciones policiales y judiciales ante la compañía telefónica.
Se lo pasaba a sus amigas
La sentencia, de fecha 13 de octubre pasado, describe cómo a horas “intempestivas” Nuria recibía esas llamadas y al otro lado el hombre reproducía unos sonidos como si estuviera masturbándose. Tan repetidas que a veces se las pasaba a sus amigas para que lo escucharan.
En una ocasión ella le pidió que no le llamara más. “Cuando te enfadas me pones mucho”, se escuchó desde el otro lado.
El juez considera los hechos probados, y que constituirían una falta de vejaciones injustas de carácter leve, si no fuera porque la misma ha desaparecido del Código Penal en la reforma del pasado 1 de julio; solo se mantiene en el caso de que la víctima sea cónyuge, pareja de hecho, descendiente, ascendiente o hermanos. “Es decir, cualquiera te puede poner verde por la calle y no pasa nada”, concluye la mujer cacereña acosada.
Pero además el magistrado apunta que aunque no se hubiera reformado el Código, la falta habría prescrito ya que pasaron más de seis meses entre la última llamada y la identificación del autor, que vive en una comunidad del norte de España.
Él ni siquiera se presentó al juicio, y ha quedado absuelto.