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El Constitucional rechaza la recusación de dos ayuntamientos contra un magistrado en el caso del resort de Valdecañas

Vista aérea del complejo urbanístico de lujo 'Isla de Valdecañas', en Extremadura

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El pleno del Tribunal Constitucional ha acordado no admitir a trámite la recusación presentada por los ayuntamientos cacereños de El Gordo y Berrocalejo contra el magistrado Ricardo Enríquez Sancho en el recurso de amparo interpuesto en relación con el complejo 'Isla de Valdecañas'.

Los consistorios ponían en duda la imparcialidad del magistrado, ya que, votó en contra de que el Tribunal Constitucional admitiera el recurso contra la sentencia del Tribunal Supremo que obliga a demoler la totalidad del complejo turístico de lujo 'Marina Isla de Valdecañas'.

El TC, en un auto, argumenta que las razones expresadas por el magistrado en su voto particular contra la admisión a trámite del recurso (auto de 16 de noviembre de 2022) responden “a una obligación en el ejercicio de la función de nuestra jurisdicción de amparo”.

Por lo tanto, añade el TC “no constituyen sino la manifestación de su particular criterio en orden a la apariencia inicial o verosimilitud de la infracción del derecho denunciado en la queja constitucional formulada en la demanda, criterio con idéntico fundamento, aunque de signo contrario, al expresado por los magistrados que decidieron la admisión a trámite y que como es de todo punto obvio, no podrían ser, a su vez, recusados por esa apreciación preliminar”.

El Constitucional aceptó el pasado noviembre estudiar los recursos contra la demolición del complejo urbanístico de Valdecañas con los votos en contra de casi la mitad del pleno. En concreto, admitió a trámite los recursos de la Junta de Extremadura, los propietarios de los chalés del resort y los consistorios de El Gordo y Berrocalejo contra los autos del Tribunal Supremo que establecieron la obligación de demoler el complejo.

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