Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Puigdemont estira la cuerda pero no rompe con Sánchez
El impacto del cambio de régimen en Siria respaldado por EEUU, Israel y Turquía
OPINIÓN | 'Pesimismo y capitalismo', por Enric González

Asociaciones vecinales de Centro y la FRAVM consideran la decisión del Supremo un contundente varapalo a los hosteleros

Somos Chueca

0

La Coordinadora de Asociaciones de Vecinos Madrid Centro y la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM) se muestran muy sorprendidos con la interpretación que La Viña ha realizado del reciente fallo del Tribunal Supremo (TS) sobre la Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) del Distrito Centro.

Desde la asociación hostelera consideran que la sentencia 1035/2017 de la Sala de lo Contencioso del TS del 13 de junio de 2017 permite la apertura de nuevos negocios de hostelería en la ZPAE de Centro, al declarar nulos algunos de los artículos de la normativa.

No opinan lo mismo las asociaciones vecinales, que consideran que los hosteleros están faltando deliberadamente a la verdad, pues la citada sentencia resuelve sendos recursos interpuestos por entidades de hosteleros y por el Ayuntamiento de Madrid contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sobre las medidas de la ZPAE y, según la Coordinadora de Asociaciones de Vecinos de Madrid Centro y la FRAVM, no deja lugar a dudas.

«El recurso de casación de los empresarios es rechazado en su totalidad y, precisamente por ese motivo, son condenados a abonar las costas del proceso judicial», explican en un comunicado en el que también precisan que el Supremo «rechaza todos y cada uno de los argumentos maliciosos de estos empresarios, entre cuyas pretensiones se hallaba, por ejemplo, que el tribunal ‘declarase’ como terciarios los barrios residenciales del distrito centro, anulando de esta manera el derecho de sus residentes a contar con una protección ambiental consecuente».

Para las asociaciones vecinales lo más relevante es que el TS solo admite una de las impugnaciones de los hosteleros, la relativa a la obligatoriedad de ofrecer plazas de aparcamiento para, al menos, el 10% de su aforo en un radio de 200 metros del negocio de hostelería.

Ante la nueva sentencia del Supremo, que ratifica la del TSJM relativa al art. 8.1, «sólo anulan el régimen diferenciador, es decir, mantienen la limitación de apertura de nuevas actividades que incluye la norma de la ZPAE», alegan las asociaciones vecinales, que insisten en que «es falsa y falaz la afirmación de la Asociación de Empresarios La Viña relativa a la nulidad de la prohibición de implantar nuevos locales», noticia de la que se hizo eco Somos Chueca.

Desde la Coordinadora de Asociaciones de Vecinos Madrid Centro y la FRAVM acusan a La Viña de realizar «un irresponsable llamamiento a la insumisión administrativa con el fin de obtener licencias de actividad ilegales» y advierten a los hosteleros que estos actos pueden llegar a tener «responsabilidades y consecuencias penales».

Más información:

Comunicado | ZPAE de Centro: contundente varapalo del Supremo a las asociaciones de hosteleros

Comunicado | ZPAE de Centro: contundente varapalo del Supremo a las asociaciones de hosteleros

Sentencia 1035/2017 de la Sala de lo Contencioso del TS [PDF]

Sentencia 1035/2017 de la Sala de lo Contencioso del TS [PDF]

Etiquetas
stats