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Absuelta de delito de odio la líder del grupo neonazi Hogar Social acusada de lanzar bengalas contra una mezquita

La líder del colectivo ultra Hogar Social Madrid, Melisa Domínguez, en una imagen de archivo

Laura Galaup / Alberto Pozas

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La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido absolver a la líder del grupo neonazi Hogar Social Madrid, Melisa Domínguez, de un delito de odio del que estaba acusada por participar en una protesta islamófoba frente a la mezquita de la M-30 de la capital en 2016. Los jueces, según ha sabido elDiario.es, consideran inocente a la dirigente ultraderechista y también al resto de acusados.

En el juicio, la Fiscalía hizo definitiva su petición de tres años de cárcel para la líder del grupo ultra Hogar Social Madrid por desplegar una pancarta islamófoba frente a la mezquita de la M-30 de Madrid poco después de los atentados yihadistas de Bruselas donde murieron 32 personas. La pancarta tenía el mensaje “Hoy Bruselas, ¿mañana Madrid?” con una mezquita tachada en un símbolo rojo, algo que acompañaron con el lanzamiento de bengalas de humo e insultos a los musulmanes que se encontraban en el centro islámico.

Según sentencia la Audiencia de Madrid, los ultras acudieron allí “con la única intención de protestar contra el islamismo radical por los referidos atentados”. No hay pruebas, dice la Justicia, de que la intención de este colectivo ultraderechista fuera “provocar algunos de los comentarios publicados en las redes sociales de carácter islamófobo, hispanófobo, antifascistas, anticomunistas, anticatólicos, y antiamericanos”.

La protesta, siguen los jueces, estaba dirigida a protestar contra los atentados de Bruselas “con motivo de las informaciones sobre la posible financiación de elementos yihadista en la misma”, refiriéndose a la mezquita de Madrid. “De ninguna manera para provocar, directa o indirectamente, sentimientos de odio, violencia, o de discriminación contras los musulmanes”, añade.

En cuanto a los comentarios que en internet, a raíz de la difusión de la protesta, en los que se basaba la acusación por incitación al odio, explica la sentencia que “se trata de un cúmulo de conversaciones acaloradas y descontroladas entre personas que se llegan a insultar entre sí con ofensas tanto al Islam como al Catolicismo pero también en contra del comunismo y del fascismo”, ajenos a la protesta.

Tampoco hubo un delito de desórdenes públicos. “La colocación de la pancarta no supuso ni cortes en la pasarela peatonal ni en la circulación de vehículos por la calle M-30”, dicen los jueces. Valoran también que el vigilante de la mezquita testificó y explicó que nadie zarandeó la verja de acceso “ni oyó amenazas ni vio armas ni tuvo miedo por él mismo sino por el conflicto”.

La líder ultraderechista ya fue absuelta de pagar una multa de 630 euros inicialmente impuesta por un delito de desobediencia. En ese caso Domínguez y otros dos absueltos fueron juzgados por, supuestamente, negarse a identificarse cuando la Policía acudió al edificio de la calle Joaquín Costa que el grupo neonazi había ocupado de manera irregular, un inmueble propiedad de Radio Televisión Española. La Audiencia de Madrid dictó su exoneración. Fue igualmente detenida en 2020 durante una protesta contra el Gobierno en la calle Ferraz, frente a la sede central del PSOE, nuevamente por negarse a ser identificada por los agentes.

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