Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El concejal y la funcionaria de Chamberí que negaron licencia de obras a la pareja de Ayuso acabaron fuera de sus puestos
El PP de Feijóo cierra filas con Isabel Díaz Ayuso
OPINIÓN | '¡No disparen al periodista!', por Raquel Ejerique

La Justicia confirma la absolución de Cifuentes en el caso Máster y rebaja la condena a su asesora y a una profesora

La expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes.

Elena Herrera

103

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la absolución de Cristina Cifuentes por el caso Máster. La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado el recurso presentado por la Fiscalía, que alegó que la sentencia de la Audiencia de Madrid —que consideró que la expresidenta madrileña no jugó ningún papel en la elaboración del acta falsa sobre su trabajo de fin de máster con la que trató de justificar que sí había realizado ese posgrado tras la exclusiva de elDiario.es— omitía de manera “irracional” e “incongruente” los “múltiples indicios” que afloraron contra ella en la vista oral y pidió la repetición del juicio. Por otro lado, el TSJM ha rebajado las condenas a una profesora del máster y a la asesora del Gobierno regional que presionó para conseguir una coartada que librase a Cifuentes del escándalo.

A diferencia de la Fiscalía, que solicitó tres años y tres meses de cárcel para la expresidenta de la Comunidad de Madrid, la Sala entiende que el tribunal sentenciador “no incurrió en un déficit de motivación ni su discurso es irracional ni omite razonamiento sobre alguna prueba relevante” y sostiene que la sentencia en la que rechazó condenarla explica “sucintamente” las razones de su absolución.

Según la resolución de la Audiencia Provincial de Madrid —ahora ratificada en lo que respecta a Cifuentes— la expresidenta madrileña no tuvo ningún protagonismo en la elaboración del acta de defensa del Trabajo de Fin de Máster (TFM). “Nada se ha probado sobre que impulsara, sugiriera o presionara para la falsificación del documento”, decía esa sentencia, que añadía que las “sospechas legítimas” que pudieran existir sobre la actuación de Cifuentes no se habían convertido en “prueba suficiente” para justificar su responsabilidad. Este caso acabó con la carrera política de la entonces presidenta, que se vio forzada a dimitir.

La sentencia hecha pública este lunes, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo y de la que ha sido ponente la magistrada María José Rodríguez Duplá, mantiene que aunque la resolución de la Audiencia de Madrid “orilló algunos pormenores y su discurso absolutorio no comprende ni excluye la construcción propuesta por el Ministerio Fiscal”, no por ello “incumple el deber de motivación ni lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva” invocado por la Fiscalía.

En su recurso, la fiscal Pilar Santos Echevarría reconocía la “ausencia de prueba directa” sobre la culpabilidad de Cifuentes, pero insistía en que, ante esa laguna, la Audiencia de Madrid debería haber analizado “de manera exhaustiva” el material indiciario de cargo para descartar su participación en los hechos, máxime cuando la propia sentencia reconocía la existencia de las citadas “sospechas”. A su juicio, los indicios a valorar en este caso no eran “evidentes, ni burdos, sino velados y encubiertos” porque Cifuentes ocupaba un puesto de gran importancia, y, por lo tanto, su forma de proceder debía ser correcta de cara a los medios y a la ciudadanía.

El TSJM, sin embargo, cree que la Fiscalía asienta su recurso sobre “meras hipótesis”, que son “insuficientes” para determinar la “certeza” que requiere una sentencia condenatoria. Así, el tribunal afirma que la Audiencia Provincial basó su fallo no sólo en prueba documental, sino también en la declaración de las acusadas y en el testimonio de numerosas personas —entre las que destaca al rector, Javier Ramos; o al entonces consejero de Educación Rafael Van Grieken— y que “ante la duda, siendo sostenible y verosímil la tesis de la Defensa, opta por la absolución” en el caso de Cifuentes.  

Así, el TSJM recuerda que  ninguna de las otras dos condenadas —la profesora y la asesora— señalaron haber tenido contacto con Cifuentes o con personas de su oficina y gabinete el día que estalló el escándalo y que tampoco la señaló ninguno de los intervinientes en la reunión de parte de la cúpula de la URJC que tuvo lugar esa jornada en el Rectorado.

El tribunal se muestra por momentos contundente con el escrito de la Fiscalía y dice que su recurso incluye una “suma de conjeturas o suposiciones” sobre la culpabilidad de Cifuentes que no son convincentes y critica que alegue como indicios hechos que “no están plenamente acreditados, o son meras elucubraciones (...), o no conducen de forma natural y directa a la pretendida conclusión inculpatoria”.

Rebaja condenas

Por otro lado, el TSJM ha estimado parcialmente los recursos presentados por Cecilia Rosado, la profesora que falsificó las firmas del acta de la expresidenta; y por María Teresa Feito, la asesora del Gobierno regional que presionó para conseguir una coartada para Cifuentes. A la primera de ellas, le ha rebajado la condena como autora de un delito de falsedad en documento oficial, a la pena de un año de prisión, frente al año y seis meses de cárcel al que le condenó la Audiencia Provincial de Madrid. Por su parte, María Teresa Feito ve rebajada su condena de los tres años de prisión iniciales a los dos años de prisión como inductora de un delito de falsedad documental.

Etiquetas
stats