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La jueza Lamela concluye la investigación contra Trapero y la cúpula de los Mossos

Josep Lluís Trapero tras una de sus declaraciones en la Audiencia Nacional.

Marcos Pinheiro

La jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha dictado este miércoles auto de conclusión del sumario contra el exmajor de los Mossos Josep Lluis Trapero y  la antigua cúpula de la la policía autonómica. Envía ahora el caso a la Sección Primera de la Sala de lo Penal para su enjuiciamiento.

En ese auto, la titular del Juzgado Central de Instrucción 3 recuerda que se encuentran pendientes de resolución en la Sección Segunda de la Sala de lo Penal los recursos presentados por Trapero, Laplana, Soler y Puig contra el auto de procesamiento.

Lamela procesó el pasado cinco de abril a Trapero por dos delitos sedición y uno de organización criminal por los hechos del pasado 20 y 21 de septiembre en la Consellería de Economía. La jueza también procesó a la intendente Teresa Laplana, el exdirector de los Mossos Pere Soler y el exsecretario general de Interior de la Generalitat César Puig.

En su auto de procesamiento, la magistrada recopila los indicios obtenidos durante la instrucción y concluye que los procesados conformaron una organización destinada a conseguir la independencia de Catalunya y la proclamación de una república, al margen de las vías legales “alterando de esta forma la organización política del Estado y con ello la forma de Gobierno, con clara contravención del orden constitucional y estatutario”.

Los Mossos, según Lamela, se mantuvieron al margen de cualquier actuación desarrollada por la Policía y la Guardia Civil, con una conducta dirigida “a obstruir cualquier actuación que bloquease el plan estratégico hacia la independencia”, siguiendo una pauta anunciada previa y públicamente, dice la jueza, por los responsables políticos Joaquín Forn, Pere Soler y César Puig.

Respecto a la jornada del 1 de octubre la juez argumenta y detalla el plan premeditado por la cúpula policial de los Mossos, comandada por Josep Lluis Trapero para evitar actuar y “enmascarada bajo los principios de actuación policial de proporcionalidad, congruencia y oportunidad, fue de total inactividad”.

Después de analizar las conductas investigadas la juez concluye que Trapero, Soler y Puig formaban parte de una organización criminal donde los procesados obedecen a pautas de subordinación y trabajo en grupo bien definidas.  La juez recuerda los requisitos que exige este  tipo penal  y que son el de jerarquía, permanencia en el tiempo, coordinación y cooperación, reparto de tareas  y planificación para concluir que los tres procesados integraban una organización jerarquizada “bajo una dirección común en cuya cúspide se encontraba el President de la Generalitat de Cataluña”.

Esa organización, añade, tenía un “carácter estable desde hace ya más de dos años, con asignación de tareas y con una confluencia estratégica  perfectamente sincronizada de acuerdo con el plan de la organización criminal, que fue lo que en suma permitió la celebración del referéndum ilegal el día 1 de octubre y la ulterior declaración de independencia aprobada por el Parlament de Catalunya el pasado 27 de octubre”.

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