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Los suplicatorios de los parlamentarios: un procedimiento a puerta cerrada y voto secreto

El diputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez, la semana pasada en el Congreso. EFE/ Mariscal/Archivo

Carmen Moraga

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Este jueves el Pleno del Congreso ha llevado como primer punto en su orden del día si se concedía o no el suplicatorio del diputado y secretario de Organización de Podemos, Alberto Rodríguez, para que pueda ser investigado por los presuntos delitos de atentado contra agentes de la autoridad y lesiones cometidos en 2014 en La Laguna (Tenerife), que finalmente ha sido aprobado sin ningún voto en contra. Y como ha ocurrido con todos los anteriores suplicatorios solicitados por el Tribunal Supremo a las dos Cámaras desde el inicio de la democracia, el dictamen se ha discutido a puerta cerrada y su votación ha sido secreta. Ningún grupo parlamentario ha planteado hasta la fecha que estos procedimientos gocen de transparencia.

La petición de suplicatorio de Rodríguez inició su andadura el pasado 30 de noviembre en la Mesa del Congreso, que la calificó a favor. Tres días después llegó a la Comisión del Estatuto del Diputado, que emitió un informe también favorable con el apoyo de todos los partidos presentes en la reunión tras un debate que se llevó a cabo a puerta cerrada, como estipula el reglamento del Congreso. Rodríguez podía haber presentado alegaciones, pero renunció a hacerlo. El portavoz parlamentario de Unidas Podemos, Pablo Echenique, ya había anunciado que su formación no iba a poner objeciones al suplicatorio “para que Alberto pueda acudir a defenderse” ante Tribunal Supremo.

El último paso para que así sea era que los grupos dieran el visto bueno al suplicatorio en el Pleno. Pero la opacidad que rodea a todos estos procesos es tal que incluso en el orden del día de este jueves ni siquiera figuraba el nombre del diputado en cuestión. La Cámara Baja se limita a informar de que a las nueve de la mañana se iba a debatir el “Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados acerca del suplicatorio formulado en relación con un Sr. Diputado”. Antes de comenzar, la presidencia de la Cámara ordena el cierre de puertas y los ujieres se encargan de que los periodistas y fotógrafos no puedan tener acceso al Hemiciclo. Al finalizar, no se informa oficialmente de lo que ha ocurrido dentro, aunque los propios diputados suelen desvelar después a la prensa lo que han votado, un proceso que se realiza en urna y también tiene carácter secreto, por lo que cada diputado tiene manos libres para pronunciarse como mejor le parezca.

Dos suplicatorios en lo que va de legislatura

Pero el de Alberto Rodríguez no ha sido el primer suplicatorio que ha solicitado el Supremo en este año de legislatura. El pasado el 25 de junio el Pleno del Congreso autorizó el de la portavoz de Junts per Catalunya, Laura Borràs, para que pudiera ser investigada por presuntos delitos de prevaricación, fraude a la Administración, malversación de caudales públicos y falsedad documental cuando era directora de la Institució de les Lletres Catalanes. Aunque por lo general los suplicatorios son votados a favor por la mayoría de los grupos parlamentarios para que el afectado o afectada pueda defenderse de sus acusaciones, en esta ocasión tanto Junts –el grupo de Laura Borrás–, como el PNV votaron en contra mientras ERC, Bildu y CUP decidieron no participar en la votación. No obstante, el suplicatorio fue aprobado con los 293 votos a favor de PSOE, Unidas Podemos, PP, Ciudadanos y Vox; 14 en contra y 5 abstenciones, según trascendió luego.

El antecedente más cercano a este suplicatorio es el concedido el 22 de noviembre de 2016 al exportavoz de la antigua Convergència i Unió (CiU), Francesc Homs, por la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014 en Catalunya cuando era conseller de Presidencia. El debate se saldó con el voto a favor del PP, PSOE y Ciudadanos y el rechazo de Unidas Podemos y los nacionalistas.

El Congreso y el Senado han tramitado cerca de un centenar de suplicatorios

Desde 1979, el Congreso y el Senado han tramitado más de un centenar de suplicatorios aunque no todo ellos han sido aprobados. El primer suplicatorio presentado en el Senado fue tramitado en 1978 contra el senador Fernando Chueca Goitia, que fue denegado. En el Congreso tuvo lugar en 1979 y fue el de Telesforo Monzón, parlamentario de Herri Batasuna, por apología del terrorismo. Monzón falleció en 1981 sin llegar a ser juzgado. Ese mismo año se tramitó por el mismo motivo el de su compañero Francisco Letamendía, que tuvo que enfrentarse poco después a un segundo suplicatorio –en 1981– junto con Antxón Ibarguren, acusados ambos de injurias a la Corona por los incidentes producidos ese año en la Casa de Juntas de Gernika, donde varios miembros de esa coalición protagonizaron protestas en un acto que presidían los reyes.

Años más tarde, en 1990 y 1992, otro de los principales dirigentes de la formación abertzale, Jon Idigoras, se enfrentó a sendos suplicatorios: el primero también por injurias a la Corona y el segundo por injurias contra el entonces presidente del Gobierno, Felipe González, una causa que finalmente fue sobreseída.

En 1980 se debatió el suplicatorio pedido en el Congreso sobre el abogado y diputado de Euskadiko Ezkerra, Juan María Bandrés, por supuesta apología del terrorismo, pero fue rechazado. Y en 1981 la misma suerte corrió el que se tramitó contra Fernando Sagaseta, portavoz de Unión del Pueblo Canario, acusado de un presunto delito de desacato a un tribunal de justicia.

Del suplicatorio del exministro Barrionuevo y al caso de los ERE

Uno de los suplicatorios más sonados fue el del exministro del PSOE José Barrionuevo, concedido en 1995 por el Congreso para que fuera juzgado por el Caso GAL, un proceso que terminó con una condena a 13 años de prisión para el exministro por detenciones ilegales y malversación de caudales públicos.

Varios años después, en 2013, la Cámara Baja tramitó el suplicatorio del exministro del PSOE José Blanco por el caso Campeón, que fue finalmente archivado.

En 2015, el suplicatorio del exconsejero socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Viera, investigado por los ERE, no llegó a completar su tramitación por la dimisión del afectado. También abandonaron antes sus escaños del Congreso el expresidente de Andalucía, Manuel Chaves, y el exconsejero de la Presidencia, Gaspar Zarrías. Igual ocurrió con el otro expresidente de la Junta, José Antonio Griñán, que dejó el Senado tras ser imputado por el mismo caso de los ERE.

En años precedentes fueron autorizados por el Congreso los suplicatorios de varios diputados del PP. En 1990, el del extesorero del partido, Ángel Sanchís, para poder ser juzgado por tres delitos de cohecho dentro del llamado caso Naseiro sobre la financiación ilegal del PP, juicio que al final fue anulado al no aceptarse como pruebas las comprometedoras grabaciones que se presentaron.

En 2009 otros compañeros de ese grupo también se sometieron al trámite al verse inmersos en el llamado caso Gürtel, como Jesús Merino, en el Congreso, y el extesorero del PP, Luis Bárcenas, en el Senado. Merino fue acusado de cohecho y fraude fiscal pero dimitió un año después por lo que su causa pasó al Tribunal Superior de Justicia, que la archivó. Bárcenas también renunció a su escaño pero terminó en la cárcel, en la que sigue. Otro 'ilustre' senador, también del PP, Francisco Granados, dimitió en 2014 tras descubrirse que tenía una cuenta en Suiza de más de un millón de euros por lo que la Cámara Alta no llegó a tramitar su suplicatorio. El exdirigente del PP madrileño sin embargo terminó en prisión por el caso Púnica.

En 2010 la Cámara Baja concedió también el suplicatorio de Nacho Uriarte al dar positivo en una prueba de alcoholemia tras chocar el coche que conducía con otro vehículo. El asunto le llevó a renunciar a su cargo de presidente de la Comisión de Seguridad Vial del Congreso. Por casos similares fueron tramitados los suplicatorios de los también diputados del PP Vicente Ferrer y el murciano Arsenio Pacheco.

¿Qué es un suplicatorio y quién lo solicita y concede?

Todos los diputados y senadores son aforados, lo que significa que solo tienen que rendir cuentas ante el Tribunal Supremo y no pueden ser juzgados por un tribunal ordinario como cualquier otro ciudadano de a pie, salvo que renuncien a su escaño.

En el caso de que alguno de ellos se vea inmerso en una causa judicial, es el Alto Tribunal el que solicita al Congreso o al Senado el suplicatorio para poder investigarle. Así lo establece el artículo 71 de la Constitución que en sus puntos 2 y 3 señala que los diputados y senadores “gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones”. “Durante el periodo de su mandato gozarán asimismo de inmunidad y solo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito”. Tampoco podrán ser “ni inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva”. Finalmente, la Carta Magna establece que “en las causas contra diputados y senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo”.

Tanto el PSOE como el PP incluyeron en los pactos de investidura que cerraron con Ciudadanos el compromiso de acabar con lo que muchos consideran “un privilegio”. El debate sigue pendiente sin que los grupos parlamentarios hayan logrado culminar alguno de los numerosos intentos que han iniciado para llevar a cabo esa reforma constitucional.

Los dos último intentos de eliminar los aforamientos

En enero de 2019 el Consejo de Ministros remitió a las Cortes Generales para su tramitación un proyecto de reforma de los artículos 71.3, y 102. 1 de la Constitución relativos a los aforamientos de los diputados, senadores y miembros del Gobierno, con el fin de que se añadiera a ambos artículos la frase “en el ejercicio de las funciones propias de su cargo” para “limitar funcionalmente el alcance de estos”. El texto del anteproyecto fue informado favorablemente y por unanimidad por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Pero de ahí no pasó.

El pasado 21 de octubre, hace tan solo dos meses, el Pleno del Senado debatió una moción de Ciudadanos en la que se pedía al Gobierno que impulsara esa reforma constitucional para eliminar el aforamiento, al menos para el presidente y los miembros del Ejecutivo y los diputados y senadores. También se instaba a las asambleas legislativas de las comunidades autónomas a modificar sus respectivos estatutos para acabar igualmente con el aforamiento de sus diputados y de los integrantes de los gobiernos regionales.

La moción salió adelante con los únicos votos a favor del propio grupo de Arrimadas, Teruel Existe, PAR, PRC y UPN y ninguno en contra, pero contó con la abstención masiva de los demás partidos, abanderados por el PSOE y PP. Los socialistas aseguraron que siguen estando a favor de eliminar ciertos aforamientos pero, tal y como planteaban en la enmienda que presentaron, solo para los delitos cometidos fuera del ejercicio del cargo, como dictaminó el Consejo de Estado. Los de Casado se ampararon en que no es el momento de reformar la Constitución, sino de “ponerla en valor y defenderla”, añadiendo que “lo prioritario ahora es combatir la crisis y seguir luchando contra la pandemia”.

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