Incapacidad permanente y jubilación, ¿Son pensiones compatibles?

Incapacidad permanente y pensión por jubilación

Javier Garrido

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La jubilación y la incapacidad permanente no se podrán cobrar a la misma vez. Según la normativa, se ha de optar por una de estas pensiones cuando llegue el momento ya que no se pueden percibir de forma simultánea. Eso sí, esta ley se aplica cuando provienen del mismo régimen de la Seguridad Social.

¿Qué ocurre si las pensiones pertenecen a diferentes regímenes de la Seguridad Social? En este caso, sí que podría recibir las dos mensualidades sin ningún tipo de inconveniente, tanto la pensión por incapacidad permanente como la jubilación.

¿Cuándo son compatibles la incapacidad permanente y la jubilación?

Como hemos explicado, según la normativa, en caso de ser del mismo régimen, la incapacidad permanente y la jubilación no se podrán percibir a la misma vez. En estos casos, se aconseja escoger la pensión que más le favorezca, o bien la incapacidad permanente o la jubilación.

Pero existen casos en los que sí que son compatibles la invalidez y la jubilación. Un ejemplo sería una persona con incapacidad permanente que se la concedieron siendo autónomo y que luego ha trabajado en una empresa durante muchos años. En este caso, al pertenecer a regímenes diferentes, sí que sería compatible.

El trabajador podría disfrutar de su pensión de jubilación llegada la edad máxima de jubilación por haber cotizado en el Régimen General y también podría seguir recibiendo su prestación por incapacidad permanente.

La jubilación según el grado de incapacidad

A pesar de que se puede percibir ambas pensiones si se trata de regímenes diferentes, lo más habitual es que a un pensionista que cobra una pensión por incapacidad le corresponda una jubilación por el mismo régimen.

En estos casos se deberá escoger una de las dos pensiones. Ahora bien, ¿Cuál sería la más indicada? Vamos a conocer algunos supuestos.

De incapacidad total a jubilación

Las personas mayores de 55 años cobrarán el 75% de su base reguladora en caso de incapacidad total. Esto quiere decir que si al llegar a los 65 años no se ha ejercido ninguna actividad laboral en los últimos 10 años, lo aconsejable sería no solicitar la jubilación ya que la cuantía sería menor.

Pero si se ha estado trabajando en una ocupación compatible con la incapacidad total en los últimos 10 años, sí que se podría pedir la jubilación ya que, probablemente, saldría más rentable.

Incapacidad absoluta o jubilación, ¿Cuál es mejor opción?

Con la incapacidad absoluta se percibe el 100% de la base reguladora, incluso en la edad de jubilación. Es por eso por lo que, en este caso, será mejor seguir con la pensión por incapacidad absoluta que pedir la jubilación.

Esto es especialmente recomendable si no se ha trabajado en los últimos 10 años ya que la cuantía será, probablemente, menor.

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