¿Puedo solicitar una incapacidad permanente a raíz de una negligencia médica?
Cuando se producen secuelas a causa de una negligencia médica, este puede ser un motivo para el reconocimiento de una incapacidad permanente. Una negligencia médica se produce cuando se causa un daño por una mala praxis médica que produce limitaciones a la hora de trabajar. Esta actuación médica originar una incapacidad permanente y, por tanto, se podría realizar todo el proceso para obtener la pensión por incapacidad permanente.
Pero no solo eso, una mala actuación por parte del sanitario hacia el paciente puede conllevar una indemnización, ya sea por una mala aplicación del protocolo médico o por un uso incorrecto. Para poder obtener una indemnización no es necesario tener aprobada una incapacidad permanente. Cualquier tipo de negligencia médica puede ser indeminzada.
La mala praxis puede surgir a raíz de un tratamiento equivocado o de una operación quirúrgica, que son los casos más comunes. No obstante, también es posible recibir una mala aplicación del protocolo por retrasar unas pruebas o realizar una mala gestión y atención al paciente, según indican desde 'Campmanyabogados'.
Situaciones en las que puede surgir una incapacidad permanente por negligencia médica
En el caso de que una negligencia provoque secuelas invalidantes, se puede solicitar una incapacidad permanente. Esta incapacidad puede concederse por el agravamiento de la enfermedad que ya se tenía antes de la mala praxis, o bien por nuevas lesiones que surgen a raíz del tratamiento médico o de la operación quirúrgica que ha realizado el sanitario.
En algunos casos incluso es posible obtener la incapacidad permanente debido a secuelas secundarias que se han derivado de una nueva dolencia a raíz del proceso médico al que se ha sometido el paciente.
¿Es posible que el motivo de la incapacidad permanente sea la negligencia médica?
A pesar de que la incapacidad permanente puede surgir a raíz del tratamiento médico, la contingencia de la que deriva la incapacidad nunca será la propia negligencia. Siempre será la que ocasionó la baja médica, es decir, la incapacidad temporal. Hay que tener en cuenta que la Seguridad Social no contempla la negligencia médica como una contingencia, por lo que siempre será el motivo de la baja laboral.
Aún así, cada caso se estudia de forma aislada para dar con la contingencia adecuada para la incapacidad permanente. Cada caso es diferente, por lo que los motivos no se pueden catalogar de la misma forma. Eso sí, solo se aprobará la incapacidad permanente si las secuelas evidentes impiden desarrollar la actividad laboral.
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