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Las promesas incumplidas en los juzgados de violencia sobre la mujer en su décimo aniversario

Laura denunció a su pareja el mismo año que se abrieron los juzgados especializados. / Foto cedida.

Sofía Pérez Mendoza

Laura (nombre ficticio) denunció a su agresor solo dos meses después de ponerse en marcha los juzgados especializados de violencia sobre la mujer. Hace ahora diez años de un episodio que para ella no terminó como había imaginado cuando por fin se atrevió a denunciar, después de que su pareja le provocara lesiones en una pierna que le impidieron caminar durante seis meses. Hoy vive escondida en otra comunidad autónoma, separada de su familia y de sus amigos, en una ciudad en la que ni siquiera se ha empadronado para no dejar huella de su paradero, y con su expareja libre de todo cargo.

Su caso está recogido en el informe de Amnistía Internacional elaborado en 2011 que denunciaba el deficiente funcionamiento de estos juzgados especializados. En 2015, cuando se cumple una década de su implantación, recogida en la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la situación no ha cambiado mucho, según la organización. “Estos órganos han sido la mayor promesa incumplida de esta ley”, afirma María Naredo, abogada e investigadora encargada de la confección de este informe.

Según cifras del Observatorio del CGPJ, los juzgados de violencia sobre la mujer (106 exclusivos y 355 mixtos) tramitan una media superior a las 100.000 denuncias anuales y han instruido más de 1,4 millones de delitos, aunque solo han dictado 200.000 sentencias, el 80% de ellas condenatorias.

El veredicto judicial tardó seis años en llegar para Laura, marcados por amenazas diarias. “Mi horizonte era el juicio. Y ves que se retrasa, que han perdido el expediente, que no estoy en el sistema de VioGen, que a mi agresor tardaron 32 meses en notificarle la orden de alejamiento... Así cuesta mantenerte firme. ¿Qué necesitaban para creerme, que me matara?”, dice con una impotencia que se revela controlada gracias a cantidades ingentes de terapia.

Laura recuerda con nitidez las palabras del fiscal en su vista oral. “Intentaba relatar qué me hacía mi pareja: 'Pero es que a mí…, me tiraron en la calle, me persigue'... La respuesta que encontré al otro lado fue un contundente: 'No procede, remítase a los autos, señorita: ¿el día 2 de agosto…?”. 

Esta angustia asociada a la declaración es la que describen las personas que acompañan a las mujeres en el proceso. “Es muy común que los jueces señalen que el testimonio de la víctima es contradictorio, con varias versiones... Este comportamiento solo puede entenderse si se tiene claro cómo actúa una persona que sufre esta violencia”, subraya Amalia Fernández, abogada y presidenta de la Asociación de Juristas Themis.

La formación, de un mes y online

Los juzgados especializados se crearon precisamente para que los operadores jurídicos que participan en estos procesos contaran con conocimientos en el campo. Sin embargo, hasta tres años después la formación no se convirtió en obligatoria para los jueces y juezas. En 2008 se introdujo, a través de la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, un curso de un mes que puede hacerse vía online.

“Una buena formación te permite comprender los comportamientos de las mujeres. Es muy frecuente que la víctima no acuda a la vista o que retire la denuncia”, explica José María Gómez Villora, magistrado del juzgado número 1 de Valencia, el primero que abrió en la ciudad en 2005.

El juez reconoce que ha escuchado comentarios de compañeros que evidencian la falta de comprensión de estas actitudes y critica que el curso “peca de centrarse demasiado en lo jurídico y muy poco en lo psicológico y lo sociológico”. “Esta violencia posee unas connotaciones distintas a todo tipo de delitos porque la víctima tiene una relación con su agresor”, señala.

Por esta razón, “no es aceptable que se les tome declaración en la oficina judicial, como si de otro delito más se tratase. Este tipo de denuncias afectan a la intimidad más absoluta que puede tener una persona”. Así lo sostiene Auxiliadora Díaz, magistrada del juzgado especializado de Las Palmas de Gran Canaria.

En el informe emitido por el Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés), la ONU urge a España, entre otras muchas críticas, hacia las políticas de igualdad y a “garantizar una formación obligatoria de jueces y personal administrativo sobre violencia de género”.

Recursos desiguales

Para favorecer un ambiente que haga sentir segura y protegida a la persona que denuncia, la ley prevé como uno de sus objetivos la creación de salas separadas para evitar el contacto de la víctima con su presunto maltratador. “En las vistas orales no se puede hacer mucho más que poner una mampara entre ambos para evitar el contacto visual. En declaraciones previas citamos a las dos personas en días distintos”, explica Gómez Villora.

Con todo, puntualiza el magistrado, los recursos y las infraestructuras son “desiguales” en función del tamaño del partido judicial. Valencia, por ejemplo, cuenta con cuatro juzgados especializados y otro más de guardia. Es una situación excepcional que solo se repite en Madrid, Sevilla y Barcelona. En el resto de ciudades no existen jueces de guardia especialistas, de modo que las denuncias van a parar a juzgados ordinarios y la declaración de las partes debe volver a repetirse. 

Los que trabajan dentro y también fuera de estos órganos coinciden en el avance que supuso la ley de 2004. Miguel Lorente, exdelegado del Gobierno para la violencia de género, resalta la anexión en el mismo juzgado de las decisiones desde el punto de vista penal y civil. “Se veía que un juez tomaba decisión en términos de protección de la víctima y otro sobre el régimen de visitas a los hijos. Integrar la doble actuación es fundamental”.

Del otro lado, subrayan que nunca estuvo lo suficientemente dotada de presupuesto. En los últimos cuatro años, el gasto en igualdad y contra la violencia machista ha perdido 16,9 millones de euros. Y eso repercute en la falta de aplicación de algunos procedimientos que permiten evaluar el peligro que corren las denunciantes, como el Protocolo Médico Forense de Valoración Urgente del Riesgo. El informe resultante de su activación solo llega al juez en el 1% de los casos.

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