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La actuación del fiscal en la agresión sexual de Sabadell hace aflorar la línea entre el interrogatorio intenso y la revictimización

Uno de los acusados de participar en la violación múltiple de Sabadell a su llegada a la Audiencia de Barcelona.

Ana Requena Aguilar

7 de abril de 2021 23:14 h

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Revictimización: es el término utilizado para referirse al daño que muchas víctimas de violencia de género y sexual afrontan como consecuencia de la respuesta judicial, social, mediática e institucional a su caso. Una victimización –la incomprensión del sistema, que puede manifestarse de distintas maneras– que se suma a la propia victimización por el delito sufrido. Los detalles del interrogatorio que el fiscal Eduardo Gutiérrez hizo este martes a la mujer víctima de una violación múltiple en Sabadell en 2019 han vuelto a levantar polvareda sobre la actuación de los operadores jurídicos en los casos de agresiones sexuales y la revictimización de quienes denuncian: ¿hay preguntas duras pero necesarias?, ¿hay otra manera de hacerlas?, ¿se debe tratar a una víctima de un delito contra la libertad sexual como a la que sufre uno de otra clase?, ¿dónde termina la labor eficaz de interrogar y empiezan los prejuicios, la intimidación o el sufrimiento innecesario de una víctima?

“¿Cuando dice 'con violencia' a qué se refiere? ¿Está segura de esto? ¿Cómo le agarraba? ¿Intentó escapar? ¿Está usted segura de que no había nadie durmiendo? ¿Cómo terminó el suceso? ¿Recuerda si eyaculó o no? ¿Recuerda su cara?”, fueron algunas de las preguntas del fiscal el pasado martes. En otro momento del interrogatorio, Gutiérrez inquirió a la víctima por sus contradicciones, la interrumpió con frecuencia y volvía a llevarla a preguntas anteriores cuando ella comenzaba a relatar la agresión. En un audio publicado por varios medios pueden escucharse cuatro minutos de este interrogatorio, que presenciaron al completo las partes y los periodistas acreditados para cubrir el juicio. El fiscal ha defendido este miércoles en sus conclusiones que el relato de la víctima es firme y creíble.

La magistrada Lucía Avilés, una de las fundadoras de la Asociación Mujeres Juezas, defiende la necesidad de que en el juicio se delimite el contexto en el que se produjeron los hechos para después poder calificarlos jurídicamente, pero advierte sobre “la trampa” de la aparente neutralidad que puede respirarse en una sala durante un interrogatorio. “Cuando leemos que es 'un jolgorio, un regocijo' [en alusión a las palabras que el juez Ricardo González utilizó en su voto particular a la sentencia de la Audiencia de Navarra sobre el caso de 'la manada'], o escuchamos lo de '¿abrió usted las piernas?' estamos ante lo evidente, pero cuando hablamos de la creación de una atmósfera hostil puede que no sea tan evidente. Puede que su propio abogado haya percibido que ese interrogatorio era neutro, pero no lo era. Si escuchamos esas preguntas, ese audio, es fácil construir una atmósfera prejuiciosa e inquisitiva”, explica.

La cuestión, puntualiza Avilés, está en qué información se ha tratado de obtener y cómo: “Hay muchas formas de hacer un interrogatorio y hay maneras de crear un ambiente amable para las víctimas, de ser respetuoso con su voluntad y acompañarlas”. La propia Fiscal de Sala de Violencia hacia la Mujer de la Fiscalía General del Estado, Pilar Nájera, se pronunció este miércoles de manera similar: “Algo así no se debería producir nunca. Probablemente, ante las elevadas penas que se solicitan, el fiscal buscaba afianzar el relato de los hechos, pero lo hizo sin ningún tipo de sensibilidad ni empatía. Si eso se le explica a la víctima ella lo recibe de otra manera y no como un cuestionamiento”. Nájera reconoce que falta formación específica en las fiscalías, aunque destaca que en los dos últimos años han mantenido reuniones con víctimas y psicólogos para “aprender” cómo tratarlas y qué malas praxis siguen reproduciéndose.

¿Y cómo se crea un ambiente distinto, cómo se lucha contra la hostilidad, a veces sutil? Avilés explica, por ejemplo, que los interrogatorios pueden ser menos inquisitivos, prescindir de algunas preguntas que no aportan información sustancial para el caso o que ponen el foco en el comportamiento de la víctima, no introducir en el mensaje elementos que transmitan incredulidad hacia la víctima y vigilar el tono de voz con el que se hacen las preguntas. “Es compatible un interrogatorio eficaz con no ahondar en la revictimización”, concluye. Pone como ejemplo preguntas como '¿usted intentó huir' o '¿por qué no gritó?', que valoran la actitud de la víctima y la revictimizan. Un '¿está segura?' preguntado sobre un asunto grave puede sustituirse por fórmulas empáticas como 'por favor, haga un último ejercicio de memoria', una frase con menos carga de duda sobre quien está sentado en el banquillo de la acusación y no de la defensa.

Lo que parecen actuaciones neutras, como interrogatorios que formalmente cumplen los estándares y no contienen apelaciones tan directas o estridentes como las criticadas en otras ocasiones, están en realidad contagiadas de “sesgos de género” que flotan en el ambiente, continúa Avilés. De la misma opinión es la fiscala Inés Herreros, vocal del Consejo Fiscal, que cree complicado analizar la actuación del fiscal Eduardo Gutiérrez por un audio de unos pocos minutos y sin conocer la causa entera, pero que tiene claro que la falta de perspectiva de género “afecta directamente a los procesos judiciales” que ya de por sí siempre implican una dosis de revictimización.

“Donde vemos sobre todo los prejuicios que hay en la sociedad sobre las mujeres es en los procedimientos que afectan a la libertad sexual y en los de violencia de género, en los que tradicionalmente se han permitido que se realizaran preguntas que no se hacen en otros procesos judiciales. Desde ahí todos los operadores tenemos que hacer autocrítica y necesitamos formación en perspectiva de género”, señala.

Herreros apunta, no obstante, que los fiscales tienen que ser rotundos en su trabajo y en sus interrogatorios: “A veces tenemos que ser más incisivos para adelantarnos a las preguntas de la defensa y poder repreguntar con posterioridad, pero con una forma más empática porque la defensa tiene otras estrategias que no van destinadas a cuidar a la victima”. Eso se traduce, añade, en acompañar las preguntas duras con expresiones que muestren empatía y no ataque –'perdone que insista' o 'tómese su tiempo para responder', 'siento que tener que preguntar esto, pero es importante para el relato de los hechos'...–, además de vigilar la manera en que se hacen esas preguntas para evitar que la víctima se sienta juzgada.

Preguntar, respetar

El director jurídico de Olympe Abogados, Isaac Guijarro, ahonda en la idea de que los interrogatorios deben ser “intensos”, sobre todo cuando hay en juego penas de cárcel muy elevadas, pero subraya que eso es compatible con un procedimiento que revictimice lo menos posible. “Muchas veces no es solo lo que se dice sino cómo se dice. Lo que a las víctimas se les transmite en el juicio muchas veces es que ese caso versa sobre ellas, o va en su contra, se sienten continuamente juzgadas”, explica. Por eso, apuesta por formación que permita conocer los procesos de esta violencia para que los operadores jurídicos combinen rigor con conocimiento y empatía.

A partir de ahí, hay algunos criterios que ayudan a entender qué preguntas pueden estar sirviendo solo para reforzar algunos estereotipos y cuáles puede ser duras pero necesarias, aunque cada caso tiene sus particularidades. “Preguntar si la víctima intentó oponerse es pertinente porque puede tener consecuencias jurídicas. Si hubo intimidación o violencia la calificación del delito es otra. Pero se puede preguntar de distintas maneras. Si dices '¿usted se opuso?' o '¿usted se dejó?' suena a poner la responsabilidad en la víctima. Preguntar '¿intentó usted defenderse?' o 'entendiendo que pudiera estar en una situación de shock, ¿pudo defenderse de alguna manera?' es otra cosa”, propone, tratándose sobre todo de la labor de la Fiscalía.

Las preguntas sobre por qué una víctima no huyó o no gritó para pedir ayuda no tienen consecuencia jurídica, dice Guijarro, y ahondan en los estereotipos de cómo debería comportarse una víctima. Tampoco tiene interés jurídico, agrega, preguntarle a la víctima si el acusado eyaculó dentro de ella. Sí la tiene preguntar si hubo penetración, porque tiene consecuencias para la calificación de ese hecho como violación.

Estudios como el del Grupo Antígona de la Universidad Autónoma de Barcelona Las violencias sexuales en el Estado español: marco jurídico y análisis jurisprudencial apuntalan la idea de que los estereotipos que siguen pesando sobre la violencia sexual y las víctimas les perjudican en los tribunales. Las juristas examinaron cómo los estereotipos beben de “prejuicios” presentes en el imaginario social y “en los órganos juzgadores” y construyen un “tipo ideal de víctima” y un “prototipo de violación” que “se erigen como parámetro” a la hora de sentenciar las violencias sexuales. El informe constata como esas ideas afectan a la calificación de los delitos y a la credibilidad de las mujeres.

“Decir '¿no pudo hacer usted otra cosa?' es una pregunta que a lo mejor puede reformularse y hacerse de otra manera... No estamos suficientemente concienciados sobre cómo tratar a una víctima de un delito de estas características. Interrogar a una persona a la que no le han pagado una factura puede ser más frío, pero imaginemos a una persona que ha sufrido un enorme trauma por el hecho delictivo en sí y por el proceso que la ha llevado hasta la sala: declaraciones e inspecciones policiales, forenses, abogados...”, continúa Guijarro.

La magistrada Lucía Avilés se pronuncia de forma similar cuando asegura que la revictimización está también en el hecho de que a un robo con violencia no se le puede tratar igual que a un caso en el que hay una víctima de violencia sexual, “que puede tener unas necesidades específicas de acompañamiento”, puesto que declaran y reviven la agresión sufrida multitud de veces ante personas desconocidas, desde médicos hasta funcionarios de un juzgado. “Quizá hay que replantear una nueva manera de introducir el relato de la víctima con garantías pero que no requiera que la persona reviva los hechos tantas veces”, plantea.

Avilés lanza una reflexión más general sobre cómo la sociedad puede contribuir, sin mala intención o sí, por curiosidad, morbo o interés genuino, en la revictimización de quienes se sientan como víctimas de violencia sexual ante un tribunal: ¿estamos revictimizando a la víctima escuchando masivamente ese relato de cuatro minutos –un trozo de todo un interrogatorio–, en el que testifica para una sala con su voz reconocible y sin alterar? 

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