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El Supremo confirma la nulidad de las elecciones de la Ertzaintza, que se repetirán en otoño

Un ertzaina participa en unas elecciones sindicales

Iker Rioja Andueza

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en un auto fechado a 27 de junio de 2017 que tuvo como ponente a la magistrada Rosa María Virolés Piñol, ha rechazado por segunda vez y de forma definitiva la admisión a trámite de un recurso del principal sindicato de la Ertzaintza, Erne, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que había anulado por distintas irregularidades las elecciones sindicales del cuerpo, celebradas en 2014 y vencidas con holgura precisamente por Erne. Esta resolución judicial del Supremo convierte en firme la sentencia del Superior y forzará al Departamento de Seguridad a repetir los comicios. La previsión es que la votación se produzca en otoño, según las fuentes consultadas.

Fue CCOO-Ertzaintza, que en los comicios internos de 2014 quedó relegado de los órganos de representación de los funcionarios de la Ertzaintza al perder cinco de sus seis delegados con respecto a 2010, quien acudió a los tribunales para impugnar los resultados. Dos fueron los motivos esgrimidos por la sección sindical. El primero, que se abrió el plazo del voto diferido (una fórmula similar al voto por correo) cuando ni siquiera se había dado publicidad a la celebración de las votaciones a través del Boletín Oficial del País Vasco (BOPV). Y, en segundo lugar, expuso que en las papeletas sólo figuraban los nombres de los sindicatos y no los de todos y cada uno de sus candidatos a delegado, como es preceptivo. Sólo ELA cumplió con los requisitos.

La nulidad del procedimiento ya fue decretada por un juzgado de primera instancia de Bilbao. Erne y Esan, primera y segunda fuerza en aquellas elecciones, recurrieron ante el Superior sin éxito y finalmente Erne continuó con la batalla jurídica en el Supremo, aunque nuevamente sin poder dar la vuelta a la impugnación de CCOO. En febrero, como publicó este periódico, el alto tribunal ya abrió la puerta a la repetición electoral, aunque aquel fallo era aún recurrible en la misma instancia. Erne se agarró a ese resquicio pero ahora, en junio, ha recibido otro auto de inadmisión que, además, “declara la firmeza de la sentencia” y por lo tanto la nulidad de la convocatoria de 2014. El auto, en todo caso, no exige al sindicato el abono de las costas del proceso

Según el Supremo, “existen serias dudas de que quedara claro el sentido y alcance de los votos” cuando los funcionarios depositaron en las urnas papeletas no conformes al reglamento interno. El que no aparecieran nombres, según se alegó por parte del Departamento de Seguridad, era una medida más de prevención ante la amenaza de ETA. En cuanto a las “invocadas razones de seguridad”, el alto tribunal estima que “no se consideran suficientes” para no dar publicidad a los candidatos concretos y señala textualmente que el hecho de que se hubiera aplicado esta medida con anterioridad “no justifica su perpetuación para el futuro” más si cabe “cuando las circunstancias políticas y sociales pueden ser muy diferentes”, en clara alusión al final del terrorismo de ETA ocurrido en 2011 y que en 2014 ya estaba consolidado.

En este escenario, las fuentes consultadas explican que habrá una nueva convocatoria electoral en otoño de este año, previsiblemente a finales de noviembre. Hasta ahora, la representación sindical continuaba siendo, a efectos legales, la misma que durante el período 2010-2014, con CCOO-Ertzaintza precisamente como principal beneficiaria al continuar con seis delegados. A pesar de tratarse de una repetición electoral, no está previsto que haya nueva convocatoria en 2018 y se espera que los resultados de 2017 sean válidos para cuatro años.

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