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Andalucía estrena su ley de defensa de las personas LGTBI abriendo un proceso sancionador a una psicóloga que reniega del género

Varias personas marchan con la bandera trans en la manifestación del Orgullo Crítico en Madrid de 2017.

Javier Ramajo

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Andalucía estrena, más de cuatro años después de ser aprobada por el Parlamento, la ley que garantiza los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares. Se trata del primer acuerdo por el cual se incoa un procedimiento sancionador a una psicóloga de Sevilla que fue denunciada hace unos meses por la Asociación de Transexuales de Andalucía-Sylvia Rivera y la Asociación Española contra las Terapias de Conversión. El acuerdo de la Dirección General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y Diversidad de la Consejería de Igualdad de la Junta señala que los hechos denunciados pueden constituir una infracción administrativa tipificada como muy grave en el artículo 62 e) de la mencionada Ley 8/2017: “promover, difundir o ejecutar por cualquier medio cualquier tipo de terapia para modificar la orientación sexual y la identidad de género con el fin de ajustarla a un patrón heterosexual y/o cisexual”.

Según explica a este periódico Ángel Mora, director general de la materia en la Junta, es “la primera vez” que se inicia un expediente de este tipo por unas “supuestas prácticas”, precisamente a raíz de un par de denuncias sobre un mismo hecho, las “primeras” también que han tenido entrada en la Consejería en estos cuatro años de vigencia de la norma. A la persona a la que se le propone una sanción, una psicóloga de Sevilla, se le podría imponer una multa de entre 60.001 y 120.000 euros, y alguna sanción accesoria como la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública, contratar con la Junta o inhabilitarla para la prestación de servicios públicos por un periodo de tres a cinco años. En incluso el cierre o suspensión temporal del servicio, actividad o instalación hasta cinco años. Los mensajes que se lanzan con la apertura de este primer procedimiento es “que el colectivo LGTBI sepa que no está solo” y “que las leyes están para cumplirlas”, incide Mora.

ATA-Sylvia Rivera denunció el caso el pasado 5 de julio a través de la agencia Europa Press, indicando que la psicóloga había hecho público en una red social que “estaba realizando con éxito terapias de, presuntamente, reversión para que sus pacientes superaran el malestar psicológico que les producía su género”. La denunciada escribió exactamente, según ha comprobado este medio: “Para aquellos misóginos q se preocupan por mis pacientes xq soy crítica con la identidad de género, decirles q mis pacientes están progresando xq precisamente les ayudo a deshacerse del malestar psicológico producido x el género, construcción cultural q subordina a las mujeres”.

Tweets “tránsfobos”

Esta psicóloga aún no había recibido la notificación del acuerdo de la Consejería cuando atiende a elDiario.es Andalucía. “Esta lucha no es nueva. Estas asociaciones están en desacuerdo con que los estereotipos de género se erradiquen, que es una de las bases de la lucha feminista. No estoy sola. Yo trabajo con mujeres víctimas del patriarcado, por ejemplo mujeres que han sufrido violencia obstétrica, depresión posparto porque no han tenido apoyo en sus embarazos. También trabajo con mujeres que sufren maltrato psicológico. Todo eso no dejan de ser consecuencias del sistema patriarcal que utiliza el género como herramienta para oprimir a las mujeres. Por eso yo digo que mis mujeres mejoran cuando yo desmonto los estereotipos de género”, comenta, resaltando que “eso es lo que les duele a esas asociaciones, porque yo soy feminista”.

ATA-Sylvia Rivera había argumentado que las terapias de reversión son “contrarias” a las directrices declaradas en 2009 por la American Psychological Assotiation (APA) y asumidas en 2017 en España por el Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental (Copao), que afirman como “inadmisible” que los profesionales de la salud mental “indiquen, insten o hagan creer a sus pacientes que es posible modificar su orientación o identidad sexual”. La Asociación Española contra las Terapias de Conversión incluye en su amplia denuncia capturas de los tuits publicados entre el 28 de junio y el 2 de julio del pasado año, si bien resalta que la denunciada “durante los últimos meses ha publicado en repetidas ocasiones tweets tránsfobos y contrarios a la autodeterminación del género, así como rechazando los tratamientos médicos afirmativos del género, especialmente los quirúrgicos. Es decir, defendiendo que la terapia para las personas trans y no binarias no debe ser afirmativa, sino que tiene que centrarse en obligarles a aceptar su cuerpo y a deconstruir los estereotipos de género”.

“Jamás he tratado pacientes con disforia”

“Jamás he tratado con pacientes que tengan disforia de género”, dice la psicóloga en lo referente a la cuestión de las 'terapias de conversión' a las que aluden las denunciantes. “Esto ya le ha pasado a otras mujeres feministas. Jamás pensé que esto me pudiera pasar a mí, como pudiera sucederle a cualquier otra mujer feminista, pero si la ley está abriendo la puerta a este tipo de cuestiones hacia mujeres feministas que queremos erradicar los estereotipos de género es para hacer una reflexión al respecto”, concluye.

El artículo 3 o) de la citada Ley 8/2017, según argumentó ATA en su denuncia, define la terapia de aversión o de conversión de orientación sexual e identidad de género como “todas las intervenciones médicas, psiquiátricas, psicológicas, religiosas o de cualquier otra índole que persigan la modificación de la orientación sexual o de la identidad de género de una persona”. “La denunciada no reconoce ni respeta la identidad de género, y presenta un planteamiento alejado de la violencia y discriminación que sufren las personas trans, animándolas a ignorar su autopercepción y su identidad, con una visión contraria a los estándares científicos, así como a las normas internacionales de derechos humanos y a los consensos psicológicos actuales”, señaló ATA en su denuncia.

Las asociaciones citadas, cuyas denuncias han sido acumuladas en virtud del acuerdo aprobado por la Junta, expusieron que “en sus publicaciones la denunciada expone argumentos contrarios a la ciencia y a los consensos científicos sobre el origen de la identidad de género y la práctica psicológica recomendada con personas trans y no binarias, defendiendo que la terapia para las personas trans y no binarias no debe ser afirmativa, sino que tiene que centrarse en obligarles a aceptar su cuerpo y a deconstruir los estereotipos de género”.

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