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“No cabe denegar el permiso”: el Defensor Andaluz insta a la Junta a equiparar matrimonio y unión de hecho en el 112

Matrimonios de conveniencia: no recuerda su boda, ni qué fuma su pareja

Javier Ramajo

El Defensor del Pueblo Andaluz ha respaldado a la trabajadora del 112 en Málaga que denunció por vulneración de derechos laborales a la empresa Ferrovial, encargada del servicio que tiene adjudicado por contrato público, al no facilitarle el permiso de 15 días de licencia o permiso retribuido por inscripción en el Registro de Parejas de Hecho. “No cabe denegar el permiso”, considera la institución, que le hace llegar a la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior una serie de consideraciones al respecto de este caso “en el ejercicio de las facultades de control del cumplimiento de las obligaciones de toda índole” que comporta su relación contractual con Ferrovial Servicios.

Cabe recordar que, hasta por dos veces, la empresa le respondió que “solo se prevé la licencia retribuida para el matrimonio” pese a que el convenio colectivo de Contact Center, de aplicación en su centro de trabajo, contempla la igualdad de derechos de las parejas de hecho con los matrimonios. De hecho, la Inspección de Trabajo sancionó a Ferrovial por este motivo el pasado mes de marzo calificándolo de “infracción grave”, pero le volvió a denegar en julio la posibilidad de cogerse esos días para regularizar su situación familiar.

El Defensor aclara que “la evolución de los tiempos ha motivado un acercamiento desde un punto de vista legal” de las uniones de hecho y el matrimonio, pero que “la normativa laboral aún no ha reconocido dicha equiparación legal, y por consiguiente no contempla, con carácter general, el permiso matrimonial para las uniones de hecho”.

También señala que “el Estatuto de los Trabajadores presenta un derecho de mínimos” y “el permiso al que se refiere el mencionado precepto se concede no por contraer un estado civil, sino por el hecho de celebrar el enlace, cosa que también sucede en las uniones de hecho cuando los contrayentes efectúan la inscripción -que tiene carácter constitutivo- en el Registro de Uniones de Hecho correspondiente”. “Así sucede cuando los convenios colectivos regulan o extienden este derecho a las parejas de hecho legalmente inscritas, como es el caso”, apunta el escrito.

En el escrito dirigido a la trabajadora concluye el Defensor que la “posible falta de actuación de la Administración contratante ante el posible incumplimiento de sus obligaciones laborales por parte de la empresa contratista” está “pendiente de que se determine la firmeza de la posible infracción cometida”, haciendo constar que “en el caso que nos ocupa, el vigente Convenio Colectivo estatal del Sector de Contact Center” se reconocen “los mismos derechos que el convenio contempla para los y las cónyuges en matrimonio, a las personas que, no habiéndose casado entre ellas, conviven en unión afectiva, estable y duradera, previa justificación de estos extremos mediante certificación de inscripción en el correspondiente registro oficial de parejas de hecho”, según ya informó este periódico.

“Es por ello que, tras examinar detenidamente la documentación por Vd aportada, consideramos que, en principio, no cabe denegar el permiso solicitado y, en

ningún caso, por el motivo que se hace constar en el tenor literal de la comunicación

que le dirige la empresa Ferrovial Servicios, al denegarle nuevamente el permiso“, sentencia el Defensor.

Ferrovial: “lamentamos denegar la solicitud”

La empleada, según ya informó este medio, está dedicada desde 2002 a la gestión telefónica del servicio emergencias 112 Andalucía en Málaga e hizo llegar sendas denuncias a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Málaga y a la Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía, como administración contratante, porque Ferrovial no le otorga el permiso derivado de la unión formal con su pareja.

“No nos es posible atender a su solicitud, dado que el hecho causante no se encuentra previsto en el listado recogido en el Convenio Colectivo, siendo que sólo se prevé la licencia para el matrimonio. Por todo ello, lamentamos denegar la solicitud”, fue la idéntica contestación por parte del departamento de Recursos Humanos de Ferrovial, sin mayor argumentación, los días 5 de agosto de 2018 y 10 de julio de 2019.

Según el II Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de contact center (antes telemarketing), esgrimido por la denunciante y publicado en el BOE de 12 de julio de 2017, en la Disposición Adicional Primera “se reconocen los mismos derechos que el convenio contempla para los y las cónyuges en matrimonio, a las personas que, no habiéndose casado entre ellas, conviven en unión afectiva, estable y duradera, previa justificación de estos extremos mediante certificación de inscripción en el correspondiente registro oficial de parejas de hecho”. En el artículo 28 sobre 'Permisos retribuidos' se establece que “el personal, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a retribución, y desde que ocurra el hecho causante, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: a) Quince días naturales en caso de matrimonio”, especifica el convenio.

Este periódico consultó en su momento con Ferrovial por qué había denegado hasta por dos veces dicho permiso a esta trabajadora del 112 en Málaga, motivo por el cual además ha sido sancionada por la Inspección. La empresa dice que la compañía tiene presentadas “las alegaciones correspondientes a la Inspección” ya que “el convenio de aplicación no contempla dicho permiso”, algo que ahora también rebate la Defensoría del Pueblo Andaluz.

“El convenio que se le aplica es el de centro de atención de llamadas”, añaden al respecto las fuentes de Ferrovial, pero no aportaron el citado convenio al que aludían, que se presupone diferente al que esgrime la empleada, ni los argumentos contemplados en las alegaciones que refieren. “El convenio es el de Contact Centers. No vamos a hacer más comentarios”, concluyeron ante la insistencia de este medio para conocer los argumentos para denegar el permiso a la trabajadora.

Para la Junta, es potestad de la entidad empleadora

Este periódico pudo comprobar por otra parte que los propios formularios de Ferrovial para las solicitudes de permisos oficiales aparece, entre las opciones del tipo de permiso solicitado, la casilla “matrimonio o inscripción en el registro oficial de parejas de hecho”.

La Viceconsejería de la Presidencia Administración Pública e Interior de la Junta manifestó ante el Defensor del Pueblo Andaluz que no era conocedora de la situación y que, en todo caso, “los aspectos relativos a la concesión de licencia por inscripción en el Registro de Parejas de Hecho se enmarcan en el ámbito de relación entre la entidad empleadora y la trabajadora sin que, en principio, corresponda a esta administración contratante del servicio la adopción de medidas particulares al respecto”.

La empleada añadía en su denuncia que “al parecer a otros/as compañeros/as no se les ha puesto objeción alguna, por lo que estamos ante un reiterado caso de atentado a la igualdad y no discriminación de quien suscribe, posiblemente por ser la responsable de la sección sindical de CGT en el centro de trabajo”.

Gestión pública

Por otro lado, el secretario general de CGT-Andalucía, Miguel Montenegro, ha enviado una carta a Elías Bendodo, consejero de Presidencia, Administraciones

Públicas e Interior de la Junta de Andalucía, donde le pide “una reunión con carácter urgente” al objeto de abordar la situación actual en 112 Andalucía y a que se modifique su intención de volver a licitar el servicio para su gestión por una empresa privada. La petición a Bendodo, en sentido contrario, sería que la Junta diera “los pasos legales para la gestión directa del 112 desde la Administración andaluza y otorgar igualdad de trato a la plantilla del 112 con el resto de servicios de emergencias dependientes de la Administración andaluza”.

Montenegro se refiere al anuncio de la semana pasada del Gobierno andaluz relativo a que la gestión telefónica de emergencias de 061 y Salud Responde van a dejar de prestar sus servicios a través de contratas y subcontratas, “circunstancia que aplaudimos y celebramos por el bien del interés público y de las plantillas”. La CGT recuerda que en la pasada legislatura se aprobaron en el Parlamento de Andalucía una PNL y una Moción en relación al servicio de emergencias 112 Andalucía “ante la situación de las plantillas y los flagrantes incumplimientos laborales y del pliego de prescripciones técnicas por parte de la empresa Ferrovial Servicios”.

Apunta la organización que “mantener externalizado el servicio, supone una elevación del coste económico para la ciudadanía andaluza en aproximadamente un 30%. Ciudadanía que ve como con el dinero de sus impuestos se lucran empresas privadas sin escrúpulos, que usan las emergencias ciudadanas para enriquecerse sin preocuparles la calidad del servicio que se ofrece ni las condiciones sociolaborales de sus trabajadores/as, teniendo como único fin mejorar sus cuentas de resultados”.

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