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La empresa pública de ITV en Andalucía no se asienta: sin presidente y con otro juicio a la vista por un despido “político”

Imagen de archivo de una estación de ITV de Veiasa.

Javier Ramajo

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Las aguas no dejan de bajar revueltas en la empresa pública Verificaciones Industriales de Andalucía S.A. (Veiasa), encargada de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Cuando aún está pendiente de suscribirse el nuevo convenio colectivo que afecta a más de 1.800 trabajadores, y que lleva cuatro años prorrogado, el director gerente de la Agencia Andaluza de la Energía, Francisco Javier Ramírez, renunció a su cargo como presidente del consejo de administración de Veiasa, alegando la carga de trabajo al frente de la agencia pública, que está gestionando numerosos programas de incentivos en la actualidad, según fuentes de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, de quien depende Veiasa. Aún no hay fecha para una próxima reunión del consejo de administración y su puesto está vacante.

Pero para lo que sí hay fecha es para un juicio por el despido del que fuera durante casi 30 años director de Recursos Humanos de la empresa, que demandó a Veiasa y al propio Ramírez. El próximo 18 de mayo tendrá lugar la vista oral del despido de Antonio Rincón. La demanda ante el Juzgado de lo Social nº 11 de Sevilla, presentada también contra un asesor de la Consejería, se formuló por despido nulo o subsidiariamente improcedente, junto con la reclamación por daños y perjuicios.

El director fue despedido el 14 de febrero de 2020 mediante despido disciplinario con una carta en la que se le acusaba de graves incumplimientos en los “últimos meses” precedentes, “de forma genérica y sin recoger ni fechas ni hechos concretos”, lo cual “es contrario a lo que fija la legislación vigente, que determina que para llevar a cabo un despido la carta debe exponer de forma clara los motivos por los que se despide a fin de que pueda la persona trabajadora defenderse”, según expone su abogado, Antonio Barba. Este despido, al igual que el de Luis Ángel Gutiérrez Pando, a juicio de los demandantes, pone de manifiesto “una forma de actuar” por parte de Ramírez, nombrado consejero delegado el 23 de enero de 2020, menos de un mes antes del despido de Rincón, “en la que se procede a despedir a grandes profesionales sin causa alguna y con vulneración de sus derechos constitucionales”.

Los cambios en los puestos directivos más altos de Veiasa no han cesado desde que el Gobierno de PP y Ciudadanos llegara a la Junta. En octubre de 2019, Ramírez fue nombrado director general de Industria y, por ende, designado presidente del consejo de administración de Veiasa. Posteriormente, en enero de 2020, fue nombrado director gerente de la Agencia Andaluza de la Energía, cargo que actualmente desempeña. Francisco Delgado, por otra parte, es el director general de Veiasa desde febrero de 2020, en sustitución del citado Gutiérrez Pando, cuyo despido se juzgará en enero de 2023. Según las fuentes de la Consejería, en el consejo de administración de Veiasa del pasado 25 de marzo Ramírez presentó su renuncia. “Aún no hay sustituto y el nuevo presidente del consejo de administración tendrá que ser nombrado en una futura reunión del consejo para la que aún no hay fecha”, detallan desde la Consejería.

“Vaguedad” e “imprecisión”

Según la demanda por el despido de Antonio Rincón, el exdirector no sabe a qué se refiere la empresa cuando argumentó para echarle “una serie de circunstancias” ni cuáles fueron esos “fallos relevantes en la gestión laboral” ni en qué fechas concretas se produjeron “en los últimos meses”, tal y como le expusieron en su carta de despido, “redactada con prisas y con escaso rigor técnico jurídico, como ponen de manifiesto la vaguedad e imprecisión de las imputaciones formuladas”, según entienden los demandantes, ya que una misiva de este tipo “debe proporcionar un conocimiento claro, suficiente e inequívoco”.

La demanda hace hincapié en que la carta de despido fue “la consecuencia final de las diversas comunicaciones y conversaciones mantenidas” con la entonces dirección, en las cuales “se pretendió trasladar la responsabilidad a esta parte sobre obligaciones y responsabilidades que exceden del ámbito de competencia del director de Recursos Humanos”. Según Rincón, se le exigió que llevara a cabo actuaciones contrarias a la legalidad vigente y a su profesionalidad como directivo, como por ejemplo afirmar que estaba en contra de la empresa por exponer su criterio en cuanto a ciertas decisiones que se pretendían adoptar y que, en su experiencia, podrían dar lugar a la reclamación judicial por parte de los trabajadores y sus representantes.

Despido por “razones de índole política”

Entiende esta parte que el despido estuvo “motivado en razones de índole política” tras reuniones en las que “se interrogó inquisitorialmente” a Rincón “sobre cuestiones de afiliación política y relación de parentesco”, tanto de su persona como de otros trabajadores y de estos “con determinadas personas relacionadas con determinado partido político”. Ante la negativa a responder a esas preguntas “se impuso la sanción de despido”, añade la demanda, que expone como ejemplo una reunión de enero de 2020 en la que el asesor codemandado “mostró un verdadero interés en hacer una caza de brujas”. La nueva dirección le acusó, según abunda la demanda, “de que podría estar afiliado a un determinado partido” y considerar que con su actuación “trabajaba con la finalidad de beneficiar los intereses de dicho partido”, lo cual “además de torticero es de todo punto falso y atentatorio” contra su profesionalidad “acreditada durante más de 27 años”.

En las diversas reuniones mantenidas, los codemandados “preguntaban con tal inquina y vehemencia que, ya antes de poder emitir una respuesta, dejaban claro que no era la respuesta que esperaban, dado que su finalidad era obtener información que pudiera servir para poner de manifiesto la mala gestión (en etapa de gobiernos anteriores) por parte de la Dirección en Veiasa”, dice el exdirector en una ampliación de la demanda. Una vez que comprobaron que el ex director, según recuerda, no iba a faltar a los deberes de su puesto y su reserva a facilitar determinados datos de carácter personal de los trabajadores, “empezaron a dirigirse directamente” a sus colaboradores “solicitándoles todo tipo de información e indicando expresamente” que Rincón “no fuera informado”.

Rincón solicita una indemnización por daños y perjuicios “en la cantidad de un año de salario en compensación por el desprestigio profesional a que ha sido sometido”, habiendo trasladado la dirección de la empresa “tanto interna como externamente que el despido se había debido a mala praxis profesional”. Esas y otras actuaciones “exceden de la normal información acerca de una salida en una organización y tienen como finalidad causar un desprestigio” ya que, habiendo trascendido fuera de Veiasa, “han perjudicado gravemente” su prestigio profesional y supone “un importante hándicap” a la hora de reincorporarse al mercado laboral. “Una forma más de ensañamiento, cuando bien sabían que no había motivo o razón para mi despido, salvo el haberme negado a facilitar información o actuar de forma contraria a nuestro ordenamiento jurídico”, concluye.

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