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La Junta de Andalucía recupera cada año menos de la mitad de los reintegros de fondos públicos que reclama

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Olga Granado

La Junta de Andalucía reclama el reintegro de 71,9 millones de euros de fondos públicos de formación para el empleo por 1.013 expedientes de subvenciones desde 2007 -los incumplimientos en años previos habrían prescrito- y 2011 -último año en el que ha habido convocatoria- que no han sido debidamente justificadas por sus beneficiarios. Una cifra que supone poco si se compara con los 1.613 millones de euros gestionados en la materia en el periodo, pero que es mucho si se tienen en cuenta lo que cada ejercicio consigue que sea devuelto a las arcas públicas por pagos indebidos, ya sea por este concepto, nóminas, incentivos u otros.

Pero hay más, porque a esas partidas hay que sumar los 84,5 millones de euros de ayudas sociolaborales a afectados por expedientes de regulación de empleo (ERE) y a empresas en crisis cuya devolución también reclama, según los datos ofrecidos por el consejero de Empleo, Empresa y Comercio, José Sánchez Maldonado, de lo que todavía no se ha recuperado nada. De esa cantidad, 6,5 millones de euros se reclaman a trabajadores, 74,8 a empresas y 3,1 a consistorios. Otros 15,3 millones de euros se reclaman a UGT-A desde 2014 por el caso de las facturas falsas aunque el sindicato ha recurrido.

Sin embargo, el proceso de reintegro es muy complicado y en este sentido, en los últimos 10 años, la Junta de Andalucía ha conseguido la devolución de menos de la mitad de lo que suele incluir por este concepto en los presupuestos autonómicos, con una media que no llega a 100 millones de euros, cuando consigna de promedio 250. De este modo, entre 2004 y 2014 -el último ejercicio del que se facilitan cifras cerradas- ha recuperado 995,2 millones de euros por esta vía, pero ha reclamado el doble. Bien es cierto también que en 2014 batió todas las marcas, porque recuperó, según datos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, 157,9 millones de euros, la cifra más elevada de los últimos 15 ejercicios.

Cabe recordar que la devolución de los fondos públicos, que suponen el grueso de las reclamaciones, se exige por diferentes motivos, tales como incumplimiento de la obligación de justificación debida o de la finalidad para la que se conceden; obtención de una subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello; o la negativa u obstrucción del beneficiario a las actuaciones de control financiero impuestas por la Intervención General de la Junta de Andalucía.

El procedimiento finalizará mediante resolución motivada del órgano que concede la partida y el plazo máximo para resolver es de seis meses desde que se inicia el expediente. Contra los acuerdos de reintegro que pongan fin a la vía administrativa, procede el recurso contencioso administrativo en los tribunales en el plazo de dos meses. La prescripción es a los cinco años para las subvenciones, si bien puede ser interrumpida por los procedimientos de reintegro iniciados con conocimiento formal del beneficiario, por las actuaciones de control financiero de la Intervención General, por la interposición de recursos o reclamaciones de cualquier clase o por las actuaciones del beneficiario tendentes al pago.

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