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El Tribunal de Cuentas da una de cal y otra de arena al Ayuntamiento de Santander en contaminación ambiental

Plaza de Cañadío en Santander, uno de los puntos más sensibles en cuanto a contaminación acústica. | EP

elDiario.es Cantabria

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Santander destaca en la planificación de normativa medioambiental pero flaquea a la hora de inspeccionar y establecer planes de desarrollo. Esta es una de las conclusiones que se desprende del informe del Tribunal de Cuentas sobre la gestión ambiental de los ayuntamientos españoles con más de 10.000 habitantes, deteniéndose en unos casos puntuales, como el de Santander, al que da una de cal y otra de arena.

El informe examina los planes y actuaciones en cuatro tipos de contaminación: lumínica, del aire, acústica y de residuos. Destaca la normativa elaborada por Santander sobre contaminación lumínica, pero reprocha que no haya mecanismos de inspección. Algo parecido ocurre con los ruidos: hay mapas y zonificación de áreas, pero no medidas correctoras, aunque sí actuaciones puntuales. Echa de menos el Tribunal, por el contrario, que no haya normativa específica para la calidad del aire. Y en materia de residuos recomienda cubrir la laguna de la gestión de los escombros de obras menores.

Otras recomendaciones a Santander son la elaboración de una ordenanza sobre protección de flora y fauna y establecer medidas de reducción del consumo de agua.

Cuentas ha estudiado la planificación, actuaciones y normativa de 2017 y 2018 de casi un centenar de ayuntamientos españoles, entre los que figuran varios cántabros, y les hace diversas recomendaciones. Así lo señala en un informe de fiscalización, fechado el 29 de julio. En el caso de Cantabria se han realizado actuaciones fiscalizadoras en diez ayuntamientos: Santander, Torrelavega, Laredo, Camargo, Castro Urdiales, Los Corrales de Buelna, Piélagos, Astillero, Santoña y Santa Cruz de Bezana; aunque solo en el caso del de la capital cántabra se ha detenido pormenorizadamente.

El informe es crítico con la gestión de los residuos de construcción y demolición; el impulso en la implantación de la Administración electrónica para reducir el uso de papel en su gestión ordinaria y la protección de la flora y fauna y los espacios naturales.

Al Ayuntamiento de Camargo lo cita por no haber realizado ninguna actuación de inspección y control medioambiental en el periodo fiscalizado para detectar posibles infracciones de la normativa vigente. Y de Laredo se dice que, en materia acústica,  no efectuó una zonificación de su territorio en áreas acústicas ni elaboró mapas de ruido para evaluar la exposición a este factor contaminante en su territorio.

Ruidos y aire

A diferencia de Laredo, Santander sí tiene mapas de contaminación acústica y una zonificación de su territorio, pero carece de planes de acción, no estableciendo las medidas correctoras preceptivas, lo que, según el informe, “supuso el incumplimiento” tanto de sus propias ordenanzas como de la Ley del Ruido ni el decreto que lo desarrolla. No obstante, el Tribunal reconoce medidas de control del ruido en el transporte urbano, en los locales de ocio nocturno, en las actividades musicales en locales y en los niveles en terrazas y otros puntos de la vía pública. Todos los expedientes sancionadores abiertos en ese periodo, resalta Cuentas, fueron incoados a instancia de parte, mediante denuncia, no de oficio. Igualmente resalta que no existan puntos o estaciones de medición de ruido en la ciudad.

En cuanto a contaminación atmosférica señala que ayuntamientos como Santander no dispusieron de instrumentos normativos específicos adaptados a las previsiones de la Ley de Calidad del Aire y sus normas de desarrollo ni elaboró planes o programas de protección de la atmósfera para la mejora de la calidad del aire en su territorio. En cambio, establece el matiz de que Santander efectuó actuaciones para la mejora de la calidad del aire en el desarrollo de su propia actividad como, por ejemplo, renovando su flota municipal con vehículos menos contaminantes o de alta capacidad.

Luz y residuos

En cuanto a la contaminación lumínica señala que Santander tiene un aprobado al disponer de una ordenanza específica de alumbrado exterior, una zonificación lumínica de su territorio y la renovación de 23.000 luminarias con tecnología LED. Sin embargo, carecía la ciudad de actuaciones de vigilancia e inspección en materia de contamina lumínica.

En cuanto a la gestión separada de los residuos, señala que Laredo no llevó a cabo la recogida separada de textiles ni de aparatos eléctricos y electrónicos en su territorio y que en Santander no se efectuó la recogida separada de residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción. En sus alegaciones, Santander se justificó diciendo que esta es una competencia del Gobierno regional.

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