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Guía para conocer todas las ayudas al alquiler y la compra de vivienda de Cantabria

Cartel de 'se alquila', delante de un bloque de pisos.

Blanca Sáinz

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En una situación como la actual en la que embarcarse en la aventura de comprar una vivienda o hacer frente a un alquiler puede convertirse en toda una hazaña, conocer cuáles son las ayudas que se dan desde los Gobiernos autonómicos puede terminar por ser el empujón definitivo para muchas personas. Y es que la pandemia ha puesto en el límite a miles de familias que han visto cómo todos sus miembros perdían el empleo o se tenían que acoger a un ERTE, por lo que la merma de sus ingresos, sumada a la imposibilidad de conseguir un trabajo temporal por el parón de sectores como la hostelería o el turismo, ha provocado que la Administración tenga que ofrecer alternativas como las ayudas COVID al alquiler.

Así pues, el Gobierno cántabro, que contaba con dos tipos de subvenciones dirigidas al alquiler, ha sumado recientemente dos nuevas: las de la pandemia y las ayudas a la compra de vivienda en municipios pequeños. Esta última, activa desde febrero de 2019 y que finalizará en 2022, busca combatir el despoblamiento y fijar población en el entorno rural, uno de esos objetivos que tenía el Ejecutivo pero que se ha ido complicando a medida que la pandemia cogía fuerza.

Pero volviendo al motivo inicial de esta guía: estas son las cuatro ayudas que se pueden encontrar en Cantabria en lo que se refiere a la vivienda:

Ayudas generales al alquiler

Supone una subvención del 40% de la renta mensual, aunque no superará los tres años. Va dirigida a familias numerosas, jóvenes menores de 35 años y unidades monoparentales con hijos a su cargo y mayores de 65 años. Además, podrán adherirse a ella las unidades de convivencia afectadas por situaciones catastróficas, también en las que haya una persona con algún grado de discapacidad y, por último, aquellas en las que todos los integrantes se encuentren en desempleo y hayan agotado sus prestaciones.

Ayudas a personas especialmente vulnerables

Puede llegar a aportar una cuantía de hasta el 100% de la renta siempre y cuando esta no supere los 500 euros mensuales, aunque para sobrepasar los 300 euros debe estar “sobradamente justificado por el órgano competente”. Asimismo, se pueden solicitar hasta 100 euros al mes para gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos. Por último, y en caso de necesidad inmediata, se pone a disposición de la persona o unidad familiar una residencia del parque público de vivienda en alquiler.

En este caso, aquellos a los que se dirige la subvención son víctimas de violencia de género, personas sin hogar, desahuciados, y otras personas vulnerables que estén acreditadas como tal por los Servicios Sociales de Cantabria. Por otro lado, al tratarse de una ayuda anual finaliza el 31 de diciembre (pudiéndose prorrogar al año siguiente si es necesario), aunque se pueden acreditar los gastos de los seis meses anteriores a la concesión de la subvención.

Ayudas COVID al alquiler

En un contexto de crisis sanitaria y económica a consecuencia de la COVID-19, algunos gobiernos autonómicos han optado por implementar unas subvenciones específicas para las personas que lo estén pasando mal de forma momentánea. En este caso, la especificación principal es encontrarse en ERTE, desempleo o haber reducido la jornada por motivo de cuidados u otras circunstancias similares, lo que supone una pérdida sustancial de ingresos. Además, se indica que la renta (sumada a gastos y suministros básicos) tiene que ser superior o igual al 35% de los ingresos netos que percibe la unidad familiar.

No obstante, la Dirección General de Vivienda de Cantabria también especifica que ningún miembro de la unidad familiar puede disponer de otra residencia en España, así como que tampoco podrá tener parentesco “o afinidad” con el arrendador de la vivienda. Por último, se exige que el beneficiario acredite estar al corriente de pago en el alquiler de los tres meses anteriores.

Esta ayuda puede alcanzar hasta el 100% de la renta mensual, aunque con el límite de 500 euros, aunque cada caso se calculará según el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). El plazo máximo para recibirla es de seis meses.

Ayudas a la compra de vivienda

Estas son las únicas subvenciones que van dirigidas a comprar y no a alquilar vivienda, y se dirigen a un colectivo muy concreto: los menores de 35 años que quieran adquirir una residencia en un municipio rural o de pequeño tamaño (menos de 5.000 habitantes).

Las condiciones para poder solicitar la ayuda son: no ser propietario de otra vivienda en España -salvo que no se disponga del uso y disfrute de la misma-, ocupar la vivienda adquirida en un plazo máximo de tres meses desde su entrega, y fijar a vivienda como residencia habitual por un plazo mínimo de cinco años. Además, se debe contar con una fuente de ingresos mínimos acreditables que supere los 6.000 euros anuales, y disponer de unos ingresos máximos acreditables que se medirán según el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

En caso de concederse, abarcará el 20% del precio de adquisición de la vivienda, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, con un máximo de 10.800 euros por hogar. También se exige que esta no tenga un coste superior a 100.000 euros, y que su construcción esté iniciada en el momento en el que se solicite la ayuda.

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