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Ecologistas en Acción recurre la sentencia sobre la ubicación de las estaciones de contaminación del aire de Valladolid

Aparatos de medición de contaminación

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Ecologistas en Acción ha anunciado que va a recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León la sentencia sobre la “mala ubicación de las cinco estaciones de control de la contaminación atmosférica del Ayuntamiento de Valladolid”. La agrupación entiende que se ha valorado “incorrectamente la prueba documental y haber inaplicado la sentencia sobre la materia de 2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”.

Dicha resolución judicial, han explicado, es el resultado del recurso interpuesto por Ecologistas en Acción de Valladolid contra la negativa de la Concejalía de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible a revisar la ubicación de sus estaciones de calidad del aire, a la vista de los resultados de tres campañas de medición realizadas en 2020, 2021 y 2022 por la organización ambiental en algunas de las calles con más tráfico de la ciudad, así como del examen del emplazamiento actual de dichas estaciones.

En un comunicado, han reclamado a la Concejala de Medio Ambiente, María Sánchez, “que no se deje arrastrar por la política clásica de la Junta y el Partido Popular dirigida a maquillar los problemas de contaminación”.

Con esta medida, Ecologistas en Acción reacciona a la resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo en la que se desestima íntegramente el recurso interpuesto por la misma organización y se les condena a pagar las costas.

La entidad se mantiene en su defensa de las conclusiones de las campañas de medición de dióxido de nitrógeno (NO2) en las que comprobaron que los medidores ubicados en las estaciones oficiales del Ayuntamiento de Valladolid registran mucha menos contaminación que los instalados en las principales avenidas de la ciudad, en muchos casos en el acceso a centros educativos. En los mismos periodos, con los mismos aparatos y bajo las mismas condiciones ambientales.

La organización ambiental ha apuntado que el primer criterio legal de ubicación de las estaciones de medición es implantarlas en “las áreas situadas dentro de las zonas y aglomeraciones que registren las concentraciones más altas a las que la población puede llegar a verse expuesta”. Regla que a la vista de los resultados de las campañas de medición propias está siendo incumplida palmariamente por el Ayuntamiento de Valladolid, cuya información sobre la calidad del aire no resulta fiable.

Durante el proceso judicial, según ha criticado EA, la actuación del Ayuntamiento de Valladolid ha ido dirigida a “denigrar las mediciones aportadas por la organización ambiental, con éxito a la vista de la sentencia, que se limita a transcribir los informes ex profeso del actual Director del Servicio Municipal de Medio Ambiente, anterior Jefe de Sección de Calidad del Aire de la Junta de Castilla y León, junto a los aportados por su antiguo superior y todavía Jefe de Servicio de Prevención Ambiental de la Junta”.

“No obstante”, han apuntado, “el Ayuntamiento de Valladolid no ha sido capaz de aportar ni un solo estudio científico que justifique el cumplimiento del requisito legal expuesto y otros como las distancias a tráfico y obstáculos por parte de sus estaciones de medición”. Una situación que, como han afirmado, exige la sentencia de 26 de junio de 2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. “Esta circunstancia que no ha sido tenida en cuenta por el Juzgado, cuando es la Administración la que está obligada a acreditar que cumple la normativa”, han defendido.

La organización también critica que “en lugar de verificar esta exigencia legal y otras deficiencias como el arbolado de gran porte que rodea la estación de Arco de Ladrillo o la distancia excesiva a la calzada de la estación de La Rubia”, el Juzgado ha asumido “las divagaciones de los responsables de la Administración sobre cuestiones que nada tienen que ver con la buena o mala ubicación de las estaciones de control de la contaminación”, como que la aglomeración de Valladolid cumple con el número mínimo de estaciones de medición o que el laboratorio municipal de calidad del aire está certificado por la norma ISO 17025:2015, según han relatado.

Es por estos motivos, como han señalado en el comunicado, que Ecologistas en Acción va a recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Además, como han señalado, mantienen abierta otra demanda sobre la incorrecta ubicación de las estaciones urbanas de control de la contaminación atmosférica de la Junta de Castilla y León.

La entidad concluye su misiva recordando que el dióxido de nitrógeno (NO2) provoca cada año alrededor de 7.000 muertes prematuras en España, según el Instituto de Salud Carlos III y la Agencia Europea de Medio Ambiente, “casi 200 de ellas en la ciudad de Valladolid”. Es un gas irritante que agrava las enfermedades respiratorias y merma la resistencia a las infecciones, incrementando la mortalidad de enfermedades como la COVID-19.

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