La Justicia absuelve a nueve personas acusadas de cazar de manera furtiva en Ávila porque la Guardia Civil “se extralimitó” en sus actuaciones
El Juzgado de lo Penal número 1 de Ávila ha absuelto a nueve personas que estaban acusadas de cazar furtivamente varios ejemplares de cabra hispánica sin autorización en la Reserva Regional de Caza de la Sierra de Gredos porque considera que la Guardia Civil vulneró los derechos fundamentales de los acusados y “se extralimitó sin estar debidamente autorizada” por la Justicia.
Concretamente, se trata de una vulneración del derecho a la inviolabilidad del domicilio, del derecho secreto de las comunicaciones y del principio de legalidad. Las pesquisas de la Guardia Civil involucraban a varios cazadores que habían abatido varios ejemplares de cabra montesa sin autorización entre septiembre de 2008 y febrero de 2009.
En 2017 se anularon las intervenciones telefónicas y los registros domiciliarios realizados por la Guardia Civil, por lo que todas las pruebas no sirven “a excepción de la prueba consistente en el interrogatorio de las personas acusadas”. Se anularon las intervenciones telefónicas y los registros en las casas, en las que encontraron alguna arma casera y cuyo valor probatorio se anuló. También se inadmitieron los testimonios de los agentes de la Benemérita que participaron en las escuchas y en las declaraciones de testigos que hubieran hablado en alguna de las conversaciones intervenidas.
“Toda prueba que se haya obtenido a partir de otras nulas, también debe de serlo porque a lo largo de la prosecución del proceso se han ido contaminando. Todas las pruebas han sido contaminadas hasta el extremo de que han derivado en una vulneración de los derechos fundamentales de las personas acusadas”, señala la sentencia, que agrega a este respecto: “A lo largo del presente proceso, se han vulnerado los derechos fundamentales de las personas acusadas, entre ellos el derecho fundamental a la presunción de inocencia”.
La única prueba dotada de licitud que se posee es el interrogatorio de las personas acusadas. Algunas se acogieron a su derecho de no declarar en el cuartel de la Guardia Civil, pero otras afirmaron que prestaron declaración sin la asistencia letrada “y bajo un tono policial indiciario de coacción”.
“Debemos de recordar que en un Estado Social y democrático de Derecho, toda la actuación de la Administración Pública debe de estar sujeta al imperio de Ley y por ende al control jurisdiccional de los Juzgados y Tribunales”, alude el magistrado.
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