Un laberinto burocrático podría dejar a la Comunitat Valenciana sin FP en emergencias en plena post-dana
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UGT Serveis Públics del País Valencià ha alertado sobre el riesgo de que la Comunitat Valenciana se quede sin Formación Profesional pública en la especialidad de emergencias y seguridad. El sindicato atribuye esta amenaza a un problema jurídico a raíz de la interpretación de la Ley de Incompatibilidades por parte de la Dirección General de Personal Docente. Esta situación, aseguran, genera inseguridad jurídica en el profesorado experto del sector público y bloquea la incorporación de profesionales en activo, como el personal de bomberos.
El conflicto se origina en la aplicación de la nueva normativa de la Formación Profesional, la cual transformó los contratos del personal docente experto de duración determinada en indefinidos con el objetivo de dotar de estabilidad al sistema. Sin embargo, la Dirección General de Personal Docente sostiene que este cambio contractual impide cumplir el requisito de temporalidad que exige la legislación sobre incompatibilidades. Como resultado, el departamento emite informes desfavorables que, aunque carecen de carácter vinculante, “condicionan de forma decisiva las resoluciones de los organismos de origen”.
Procedimiento bloqueado por informes no vinculantes
La competencia para conceder o denegar la compatibilidad corresponde a las empresas o entidades públicas donde estos profesionales prestan sus servicios principales, tales como los consorcios de bomberos o la Sociedad Valenciana de Gestión Integral de Servicios de Emergencias (SGISE). No obstante, las administraciones de origen deniegan los permisos tras la recepción de los dictámenes negativos de la Conselleria de Educación.
A esta traba se suma la exigencia de la administración educativa, que solicita al profesorado la presentación de la resolución favorable en plazos breves bajo amenaza de cese. Tal y como reseña UGT, esta dinámica ha llevado a diversos profesionales a renunciar a la docencia o a reducir su dedicación en los institutos de educación secundaria. De no corregirse el criterio, la oferta formativa “quedará sin personal con experiencia real en un sector de alta sensibilidad social”.
Quejas ante el Defensor del Pueblo
UGT defiende que el interés general debe primar sobre una ley de incompatibilidades aprobada hace cuatro décadas. Esta postura coincide con la de los servicios técnicos de la administración, como la secretaría del Consorcio Provincial de Bomberos de Alicante, que mantiene que los criterios de Educación no deben prevalecer cuando existe un interés público acreditado. Ante la falta de avances, la problemática se ha trasladado mediante quejas formales al Defensor del Pueblo.
Pese a que la Dirección General de Personal Docente ha planteado alternativas provisionales, las denegaciones de compatibilidad “persisten”. Por este motivo, el sindicato advierte de que, sin una solución urgente, resultará imposible iniciar con normalidad el próximo curso en ciclos clave como Emergencias y Protección Civil o Coordinación de Emergencias.
La formación no peligra “en ningún caso”
La Conselleria de Educación, en declaraciones a elDiario.es, asegura que “en ningún caso está en peligro” esta Formación Profesional. Así, explican que, de acuerdo con el nuevo marco laboral, los contratos del profesorado experto tienen carácter indeterminado, de modo que trabajan para la Conselleria de Educación a tiempo parcial doce meses al año y perciben remuneración también durante los meses no lectivos. Se trata de un tipo de contrato que, hasta el curso 2023-2024, tenía carácter administrativo y una duración que se limitaba a “la imprescindible” para cubrir el periodo lectivo. En el curso 2024-2025, estos puestos se transformaron en contratos laborales temporales a tiempo parcial mientras se resolvía el procedimiento selectivo convocado por la Dirección General de Personal Docente.
El pasado curso, relatan desde el departamento de Campanar, una vez resuelto el procedimiento selectivo y adjudicados los puestos, los contratos se convirtieron en indefinidos a tiempo parcial, de forma que “se ha producido una mejora objetiva de las condiciones laborales del profesorado experto: por un lado, los nuevos contratos ofrecen plenas garantías a los trabajadores; por otro, las retribuciones de este profesorado se han incrementado considerablemente”.
No obstante, prosiguen, la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 3.1 que ese segundo puesto o actividad en el sector público “sólo podrá prestarse en régimen laboral, a tiempo parcial y con duración determinada, en las condiciones establecidas por la legislación laboral”. Por tanto, indican, existe un subgrupo de profesorado experto que, por su condición de personal funcionario en otra administración, “no cumple las condiciones que exige la ley de incompatibilidades”.
“No hay en este asunto ningún laberinto burocrático, sino una ley básica de obligado cumplimiento”, sentencian desde el departamento. Asimismo, sostienen que el papel de la Dirección General de Personal Docente “se limita a señalar este hecho al primer contratante del profesor experto para que, a la vista de todas las circunstancias, decida si procede conceder o denegar la compatibilidad”. “Desde la Dirección General de Personal Docente se va a medir el impacto de la aplicación de la ley y se harán tantas contrataciones nuevas como sean necesarias”, concluyen.
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