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La Junta Electoral intenta engañar al Parlamento Europeo por segunda vez

Oriol Junqueras.

Javier Pérez Royo

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se remitió expresamente al Tribunal Supremo (TS) para que interpretara el alcance de su decisión respecto del estatus de Oriol Junqueras, una vez que se había establecido la doctrina de que la condición de diputado europeo se adquiere con la proclamación de manera definitiva como candidato electo por la Administración Electoral, y no con el juramento o promesa de la Constitución.

Incomprensiblemente, el TS no decidió poner en libertad de manera inmediata a Oriol Junqueras, prolongando su situación de detención ilegal desde el 13 de junio, sino que dio un plazo de cinco días a las partes para que hicieran alegaciones sobre la aplicación de la sentencia del TJUE, comprometiéndose a tomar a continuación una decisión, aunque sin fijar una fecha para la misma.

Esta dilación difícilmente comprensible del Supremo en aceptar la decisión del TJUE, ha sido aprovechada por la Junta Electoral Central (JEC), al que el tribunal no menciona en su decisión, para adelantarse al Supremo y tomar cartas en el asunto sin que se entienda muy bien con qué legitimación lo hace, dirigiéndose directamente al Parlamento Europeo para comunicarle su decisión de privar a Oriol Junqueras de su condición de miembro del Parlamento Europeo.

En el Parlamento Europeo se tiene constancia de manera fehaciente de que la JEC ha vulnerado el derecho de sufragio pasivo de Oriol Junqueras, ya que, tras su proclamación definitiva como candidato electo el 13 de junio, lo excluyó del listado que envió al Parlamento Europeo para que pudieran ocupar el escaño para el que habían sido elegidos. La JEC indujo a error al Parlamento Europeo. Un error por el que ha sido reprendida por el TJUE y del que el Parlamento Europeo tiene que sentirse avergonzado. El Parlamento Europeo era quien tenía que haber actuado en primer lugar protegiendo la inmunidad personal de Oriol Junqueras que es tributaria de la inmunidad institucional de la Cámara. No lo hizo engañado por la JEC, que no incluyó a Oriol Junqueras en la lista de diputados europeos españoles.

Este mismo Parlamento Europeo es el que va a recibir la comunicación de la decisión adoptada el viernes por la JEC. No hay que ser ningún lince para pronosticar la desconfianza del Parlamento Europeo hacia cualquier comunicación de la JEC respecto del estatus jurídico de Oriol Junqueras. Haberse dejado engañar una vez ha estado mal, pero pensar que el Parlamento Europeo se vaya a dejar engañar una segunda vez por la JEC resulta inimaginable.

Con la comunicación al Parlamento Europeo de su decisión del viernes la JEC tira piedras contra su propio tejado. Intentar engañar por segunda vez en pocos meses al Parlamento únicamente puede redundar en el desprestigio de la JEC. Es difícil que el Parlamento Europeo pueda volver a considerar a esta JEC como el órgano neutral de la regularidad del proceso electoral que según la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) debería ser. El primer engaño estuvo mal. El segundo es intolerable.

La ocasión puede ser aprovechada por la defensa de Oriol Junqueras para solicitar que sea el propio Parlamento Europeo el que se dirija al TJUE, a fin de que este le diga si debe considerar o no a Oriol Junqueras como miembro del Parlamento Europeo y portador, en consecuencia, de la inmunidad parlamentaria tributaria de la inmunidad de la Cámara, que únicamente puede ser levantada por el propio Parlamento.

En todo lo relativo al procés, cada vez que se ha salido de España y hemos entrado en Europa, la justicia española se ha visto desautorizada. Parece que la JEC, que no es un órgano judicial sino administrativo, pero que está fuertemente judicializado en la medida en que la mayoría de sus miembros son magistrados del Supremo y está siempre presidida por uno de ellos, se quiere apuntar a la epidemia de desautorización europea.

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