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Sobre este blog

Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

Cirugía de normalización intersexual como crimen contra la humanidad

Daniel J. García

En el invierno parisino de 1868, el cuerpo de Abel Barbin fue encontrado sin vida en su habitación. Junto a su cama reposaban sus memorias. El inicio ya presagiaba el suicidio al que se vio obligado a someterse: «tengo veinticinco años y, aunque todavía joven, me aproximo, sin dudarlo, al término fatal de mi existencia». Gracias a Michel Foucault hoy conocemos la historia de Adélaide Herculine Barbin, llamada Alexina B. (1838-1868), que murió con el nombre, impuesto su sexo por una sentencia judicial, de Abel (la Editorial Talasa publicó en 1985/2007 las memorias traducidas, en edición preparada por Antonio Serrano y prólogo de José Ignacio Lacasta Zabalza).

El 8 de noviembre se conmemora el nacimiento de Herculine Barbin. Este es el motivo por el que se ha propuesto como el Día de la Solidaridad Intersexual, en recuerdo de Herculine y de tantos hermafroditas/intersexuales/Disorders of Sex Development que la historia ha quemado vivos (era común sentenciarlos a muerte en la hoguera para purificar sus almas de una carne pecaminosa, de un delito nefando contra natura), marginado, estigmatizado o mutilado para justificar así la ficción del dimorfismo sexual, por la cual la sociedad se estructura exclusivamente en hombres y mujeres.

De esta forma, las personas intersexuales son doblemente patologizadas. Sus cuerpos y sus mentes pasan a ser clasificados como patológicos El Manual de Diagnóstico de Desórdenes Mentales (DSM) las incluye en el marco de las disforias de género. La ciencia biomédica las somete a cirugía de normalización sexual por considerar a las personas intersexuales como anómalas. Se incluye en la patología para ser excluido de la normalidad.

Como ya denunciamos en un artículo en este mismo diario (sexo indeterminado y mutilación genital intersexual), el nacimiento de un bebé intersexual es definido como una urgencia psicosocial neonatal. Se abre así un protocolo médico (Optimal Gender of Rearing, Protocolo Money) para fijar el verdadero sexo a través de intervenciones quirúrgicas y farmacológicas, a pesar de que en la mayoría de los casos la intersexualidad no es dañina para la salud. Se justifican dolorosas intervenciones (con múltiples infecciones) como un mal menor respecto a los hipotéticos futuros problemas de adaptación social. Nos encontramos ante un caso de mutilación corporal (IGM: Intersex Genital Mutilations) similar a la ablación del clítoris. La tortura a la que se ven sometidas las personas intersexuales, agudizada con silencios y mentiras, lleva en muchos casos a esterilización, discapacidad y suicidio.

El día 8 de noviembre no solo es para el recuerdo de la barbarie que se comete con las personas intersexuales, sino también para activar el movimiento que en los últimos años está consiguiendo logros de incalculable valor, a pesar de las reticencias de los Estados para incorporar las reivindicaciones en sus agendas políticas. Enumeremos las victorias conseguidas:

1.- En 1999, la Corte Constitucional Colombiana (Sentencia de Unificación SU-337/99) prohíbe la cirugía de normalización intersexual en menores de edad, señalando que debe ser la propia persona intersexual la que decida someterse o no a un proceso quirúrgico.

2.- En 2006 se firma el Consensus Statement on Management of Intersex Disorders en el que se pide una moratoria para la cirugía y se critica duramente la falta de consentimiento informado en los tratamientos con menores de edad.

3.- En 2013 se publica el Report of the Special Rapporteur on torture and other cruel, inhuman or degrading treatment or punishment (firmado por Juan E. Méndez). Por primera vez se denuncia desde la ONU la mutilación genital intersexual. Tanto la ISNA (Intersex Society of North America) como la Organisation Intersex International Australia llevaban años reivindicando un pronunciamiento de la ONU.

4.- También en 2013 la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa redacta la Resolución 1952 (2013) Children’s right to physical integrity para solicitar a los Estados la creación de mecanismos de protección de las personas intersexuales y la prohibición de los tratamientos médicos innecesarios.

5.- El 9 de mayo de 2014, el Comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa (Nils Muižnieks) publica un informe en el que insta a los Estados miembros al reconocimiento jurídico de la realidad intersexual y a la eliminación de las intervenciones quirúrgicas por violar el derecho de autodeterminación y la integridad física.

Todos estos documentos nos hacen pensar que la situación a la que se ven forzadas las personas intersexuales puede ser comprendida en el marco de los crímenes contra la humanidad de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, aprobado el 17 de julio de 1998. ¿Qué características tiene este tipo de delitos imprescriptibles (artículo 29)? Se trata de una ataque generalizado o sistemático contra la población civil suponiendo asesinato, exterminio, esclavitud, deportación, traslado forzoso, encarcelación, tortura, violación, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada, persecución de un grupo con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género, desaparición forzada, crimen de apartheid (artículo 7).

¿Cómo encaja aquí la intersexualidad? Los tratamientos médicos de normalización (o de reasignación para obtener un cambio en el registro civil para las personas transexuales) suponen un tipo de tortura, esterilización forzosa o, incluso, de persecución por motivos de género cometidos de forma sistemática en los Hospitales públicos y privados (y en las Unidades de Tratamiento de Identidad de Género) contra un sector concreto de la población civil. Asimismo, se podría plantear la aplicación de la institución del asilo a las personas intersexuales, como minoría en un sentido jurídico, por entender que las legislaciones que establecen la obligatoriedad de la inscripción jurídica del sexo en dos columnas –masculina y femenina– ponen en grave peligro sus vidas, pues en la mayoría de los casos se encuentran obligadas a someterse a cirugía-mutilación genital.

Este 8 de noviembre las palabras de Suzanne Kessler, escritas en sus Lessons from Intersexed, cobran más sentido aún: «el futuro de la intersexualidad es, en cierto sentido, el futuro del género. ¿En qué manos se encuentra este futuro?».

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