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Ausbanc: cuando una asociación de consumidores carece de “independencia y transparencia”

El presidente de Ausbanc, Luis Pineda. / Efe

Andrés Gil

  • “En consecuencia, se prohíbe a Ausbanc Consumo el uso de los términos consumidor o usuario”, según reza la resolución de la agencia gubernamental

Ausbanc Consumo es una entidad de Luis Pineda supuestamente destinada a defender a los usuarios de banca, con denuncias judiciales incluidas, pero que ha sido excluida del registro de asociaciones de consumidores por carecer de “independencia y transparencia”: no ha respondido “a los requerimientos” de la Agencia Española de Consumo sobre las “operaciones realizadas” con su hermana Ausbanc Empresas tras una denuncia del BBVA.

¿Qué significa esto? Que “se prohíbe a Ausbanc Consumo el uso de los términos consumidor o usuario, la denominación de asociación de consumidores y usuarios o cualquier otra expresión similar que conduzca a error o confusión sobre su naturaleza o legitimidad para la defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios”.

El BOE publicó el 24 de mayo la exclusión “ante el resultado infructuoso de los diversos intentos [de notificación] en el domicilio social notificado a tales efectos”. Es la segunda, después de su exclusión en 2005 –en 2012 fue readmitida por el Ministerio de Ana Mato–.

¿Cuáles son las “operaciones realizadas” entre Ausbanc Consumo y Ausbanc Empresas que no ha aclarado Pineda? De acuerdo con la resolución de la Agencia Española de Consumo, de 26 de marzo, “no ha sido posible constatar [...] que la importante transferencia de fondos desde Ausbanc Empresas a la interesada [Ausbanc Consumo] se debe a la realización efectiva de actividades en defensa e interés de los consumidores y usuarios”.

Según la misma resolución, “a pesar de los sucesivos requerimientos realizados, Ausbanc Consumo no ha aportado explicación ni evidencia alguna sobre las actuaciones que dan lugar a los ingresos de 1.200.000 euros en [2012] que figuran en sus cuentas anuales, contraviniendo, al menos, la necesaria transparencia e independencia que exige” la ley.

Y sigue: “Semejante conclusión puede afirmarse respecto de los 593.820,39 euros a que ascienden las operaciones con la mercantil Estructuras y Servicios Inmobiliarios, S. L., cuya realización, contenido y finalidad no se aclara, ni se aporta convenio alguno en que se basan”.

En definitiva, al margen de si las cuentas están bien hechas o mal hechas, no están “con arreglo” a “la finalidad última de las asociaciones de consumidores y usuarios inscritas en el REACU [Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios]”. “Hay”, prosigue, “una voluntad patente e interesada de no facilitar información”.

Levantamiento de velo

La resolución gubernamental afirma que “en las operaciones reflejadas en las cuentas anuales de Ausbanc Consumo” se llega “a la conclusión de que esa entidad junto con la mercantil Desarrollos Turísticos y Sociales, S.L., la mercantil Estructuras y Servicios Inmobiliarios, S.L., y la Asociación de Usuarios de Servicios Financieros-Ausbanc Empresas tendrían la consideración de grupo en el sentido horizontal, por la coincidencia en las personas que ocupan los cargos de dirección de las entidades citadas”.

Ante estas conclusiones, Ausbanc reaccionó con un cambio en su dirección, pero sin éxito: “Todo apunta a la finalidad de remover la circunstancia que fundamenta la aplicación del levantamiento del velo, lo cual no haría sino más que confirmar la procedencia de aplicarla. En conclusión, se constata [...] la existencia de operaciones con entidades de carácter mercantil que [...] tienen la consideración de grupo mercantil, operaciones cuyo contenido y efectividad no han sido explicados por la interesada [Ausbanc]”.

Resolución de la Agencia de Consumo sobre la exclusión de Ausbanc by eldiario.es

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