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La Audiencia de Madrid rechaza archivar la investigación sobre el presunto fraude fiscal de Rato en 2014 y 2015

La Audiencia de Madrid rechaza archivar la investigación sobre el presunto fraude fiscal de Rato en 2014 y 2015

Economía

La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado archivar la investigación sobre el presunto fraude fiscal en el que podría haber incurrido durante 2014 y 2015, el expresidente de Caja Madrid y Bankia, Rodrigo Rato, cuya defensa había pedido al Juzgado de Instrucción 31 de la capital que dejase al margen estos ejercicios fiscales.

El juzgado instructor del conocido como 'caso Rato', que investiga su patrimonio persona, decidió el pasado mes de julio ampliar la pieza principal para incluir estos dos ejercicios como sujetos a investigación por defraudación fiscal, tal y como había pedido la Fiscalía, según informa Europa Press.

La defensa de Rato recurrió a la Audiencia Provincial, que ahora le quita la razón porque entiende que ampliar el objeto del procedimiento a estos otros dos ejercicios no es, como argumenta, un exceso en la investigación pese a derivarse de documentos incautados más allá de los límites que expresó el auto de entrada y registro de 16 de abril de 2016, ya que “una querella da inicio a la instrucción penal, pero no puede agotarla, ni objetiva ni jurídicamente”.

“Muy al contrario –prosigue la resolución-, a medida que avanza la investigación, en virtud de los datos que vayan surgiendo con la práctica de sus diligencias, puede perfectamente incrementarse el objeto fáctico y el entramado personal, por la sencilla razón de que resulta imposible adivinar desde un principio a donde puede conducir la noticia inicial”.

Tras rechazar que esta actuación suponga una investigación prospectiva, como denuncia el investigado, los magistrados afirman que los nuevos descubrimientos “fruto del estudio de la documentación incautada, nos sitúan ante los supuestos denominados de los hallazgos casuales”, sobre los que ya se ha pronunciado de modo afirmativo el Tribunal Supremo.

De este modo, ni los funcionarios de la Agencia Tributaria pueden obviar el resultado del estudio ni el juez instructor puede rechazar la solicitud de ampliación, “pues los hallazgos derivados del registro inicial quedan legitimados pese a la concreción del auto que dio inicio a la causa”.

No obstante, la Audiencia Provincial, con el fin de no dilatar la tramitación del proceso, deja a la consideración del juez instructor la conveniencia de abrir pieza separada para la investigación de estos hechos, por la deseable conclusión en un plazo razonable de la causa principal.

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