Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Competencia avisa de que las eléctricas están trasladando subidas de precios “poco claras” en las facturas

La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández, en una imagen reciente.

Antonio M. Vélez

29

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha detectado que las eléctricas están trasladando a sus clientes subidas de precios con “comparativas imprecisas, poco claras y no homogéneas”. Competencia pide al Gobierno cambios en la información que debe figurar en los recibos “para que las comunicaciones de modificación de precios que hacen los comercializadores, que en ocasiones pasan inadvertidas en la factura, cumplan con unos requisitos mínimos de transparencia”.

“Esta Comisión viene observando diversos modelos de comunicaciones por parte de las comercializadoras a sus clientes con el fin de informar sobre la modificación de las condiciones contractuales o sobre las revisiones de precios”. La CNMC se remite al artículo de la Ley del Sector Eléctrico que estipula que los consumidores serán “debidamente avisados de forma transparente y comprensible de cualquier intención de modificar las condiciones del contrato e informados de su derecho a rescindir el contrato sin coste alguno cuando reciban el aviso”.

Las eléctricas deben notificar cualquier revisión “con al menos un mes de antelación a su aplicación de forma transparente y comprensible”, dice esa ley. Sin embargo, según explica Competencia en un informe aprobado el pasado 26 de enero, “se ha apreciado, por una parte, que ha sido una práctica habitual el incorporar este tipo de informaciones en notas en las facturas”, pero “en muchos casos”, estos avisos “pasan inadvertidos a los clientes”.

Además, se incluyen “comparativas imprecisas, poco claras y no homogéneas entre los precios aplicados antes y después de la revisión”.

En marzo y junio del año pasado y ya en enero de 2023, la CNMC realizó varias solicitudes de información a los comercializadores sobre este aspecto. Esto ha permitido “mejorar sustancialmente la claridad de las comunicaciones proporcionadas a los consumidores”.

Pero también se ha puesto “de manifiesto la necesidad de que se establezcan algunas presiones en la regulación, con el rango normativo que corresponda”, para “aumentar la calidad” de esa información.

“Así, sin perjuicio de las posibles actuaciones que puedan derivarse del citado expediente por parte de la CNMC”, la entidad propone al Ministerio para la Transición Ecológica una serie de “requisitos mínimos” de las notificaciones a los clientes respecto a los cambios en las condiciones de los contratos y las revisiones de precios.

Estas notificaciones “deben ser específicas, directas y realizarse en documento separado de las facturas o de cualquier otro tipo de comunicaciones que se realicen a los consumidores”. Deben realizarse con la antelación que exige la ley, e indicar la cláusula contractual por la que se cambian los precios y en qué fecha.

Así, la CNMC aconseja incluir “unas tablas sencillas y claras que permitan al consumidor comparar fácilmente el precio de los términos de potencia y energía, según los periodos horarios del contrato antes y después de la modificación y el importe anual antes y después de la modificación”.

La propuesta figura en el informe sobre el contenido mínimo y el modelo de factura a utilizar por los comercializadores que recogía un Real Decreto-Ley de octubre que aprobó el Plan de Seguridad Energética. En el decreto, entre otras cosas, Transición Ecológica instó a las eléctricas a aclarar cómo estaban trasladando a sus clientes la compensación por el tope a la generación con gas recogida en la denominada solución ibérica. 

En el caso de los clientes en PVPC, la CNMC recomienda “incorporar únicamente el porcentaje de ahorro obtenido por el mecanismo de ajuste”. El decreto obliga a incluir más información: el precio medio de casación del mercado mayorista con ese mecanismo, el que habría resultado sin él y el ahorro obtenido. Pero la CNMC cree que estos datos pueden ser “de difícil comprensión por parte del consumidor en cuanto a que estos precios y ahorros se refieren al mercado mayorista de electricidad y no al precio facturado”. 

Por eso, plantea sustituir esta información “por una remisión a una página web del comercializador de referencia donde se puedan explicar con un mayor detalle estos conceptos”.

“Simplificar” la factura

La CNMC lleva tiempo pidiendo “simplificar” una factura eléctrica que muchos usuarios no entienden, según las sucesivas encuestas que hace el organismo, “con el fin de proporcionar una información más sencilla al consumidor”. El informe realiza una serie de propuestas para eliminar “información duplicada o de vínculos que ya no resultan necesarios o que no proporcionan datos útiles al consumidor, garantizando en cualquier caso el acceso a la información relevante de los consumidores no digitales”.

Entre los cambios que plantea, está que para los usuarios en PVPC se modifique el acceso al comparador de ofertas de electricidad de la entidad que se incluye en las facturas. Esa herramienta permite al consumidor (con sus datos concretos de consumo) saber cuánto habría pagado al contratar las ofertas disponibles en el mercado libre. 

“Se ha constatado que el enlace con los datos del consumidor que aparece en las facturas no se muestra en la mayoría de los casos de manera clara y visible, ni se interpreta que sea un enlace sobre el que se pueda acceder al pinchar”. La CNMC señala que este comparador es “de especial relevancia en el contexto actual de precios elevados donde se están produciendo incrementos significativos con las renovaciones de los contratos”.

“Sin embargo, únicamente el 25% de los accesos al comparador se realizan a través del código QR o del vínculo que aparece en las facturas”. Por ello, pide “unos requisitos mínimos” para que quede más visible. 

El organismo también plantea ampliar el ámbito de la regulación del contenido de la factura “a todos los consumidores y, no solo a los de menor consumo”, aquellos con hasta 15 kilovatios (kW) contratados. Propone rebajar las exigencias de información sobre el consumo medio de los usuarios que compartan el mismo código postal, ya que un desglose por “consumidor tipo” sería “difícil de abordar dado que el distribuidor no dispone de información adicional sobre la tipología del consumidor”.

En el caso de los consumidores con autoconsumo, “se debería contemplar la inclusión de algún vínculo en la factura que facilite al consumidor el acceso a la información necesaria para realizar la facturación de la compensación simplificada del autoconsumo y la información sobre vertidos de energía”.

En su informe, la Sala de Supervisión Regulatoria del organismo reclama que, para los consumidores en PVPC, se elimine “la obligación de información de consumo medio diario en el periodo facturado y en los últimos 14 meses”, ya que “es difícil que el consumidor pueda extraer conclusiones relevantes de estos datos dada la multitud de parámetros que han podido afectar a ese consumo medio facturado”, como modificaciones en los patrones del consumo, la estacionalidad, cambios en los peajes y cargos o en los impuestos.

stats