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El Gobierno obligará a las 'apps' de mensajería instantánea a registrarse como operadores y les impondrá una tasa si superan el millón de euros de ingresos

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Diego Larrouy

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El Ministerio de Economía publica este viernes la audiencia pública para el anteproyecto de la Ley General de Telecomunicaciones para incorporar la nueva normativa europea en el sector de las telecos. El nuevo texto, que en previsiones de la secretaría de Estado no estaría vigente hasta mediados de 2021, incluye por primera vez a las aplicaciones de mensajería instantánea y apunta a un nuevo de catálogo de servicios para la conexión a internet universal en todos los territorios de España.

En lo que se refiere a las aplicaciones de mensajería instantánea, como WhatsApp o Telegram, entre otras, la ley se abre a reconocer este servicio como un nuevo apartad de los operadores de telecomunicaciones. En concreto, el nuevo marco regulatorio los señalará como operadores de telecomunicaciones interpersonales sin numeración, diferenciándoles de las compañías de telefonía cuyos servicios están asociados a una línea numérica. En la práctica, explican desde la Secretaría de Estado, supondrá que se tendrán que registrar en el registro español de telecomunicaciones como operadores.

Este registro les obligará a presentar de forma anual un balance de ingresos de sus servicios en territorio español. Además, el nuevo texto incluye a estas plataformas en la obligación de pagar la tasa de telecomunicaciones que ya pagan las operadoras telefónicas. El pago equivale al uno por mil de sus ingresos. La letra pequeña es que el límite mínimo para tener que pagar esta tasa se sitúa en el millón de euros, para evitar que aquellas más pequeñas tengan que asumir la tasa.

Además, desde la Secretaría de Estado son conscientes de que muchas de estas empresas pueden dirigir sus ingresos desde filiales fuera del territorio español, lo que en la práctica imposibilitaría que se pudieran cobrar. Otras de las obligaciones, además de la del registro, que impone a estas plataformas figura la de garantizar la seguridad y la integridad de sus servicios, así como mejorar la transparencia en sus comunicaciones con el consumidor.

Otro apartado relevante de la nueva ley corresponde a una nueva regulación del servicio de internet universal sin importar el territorio donde se encuentre el cliente. Es decir, establece los mínimos que debe ofrecer la operadora a los consumidores a un precio asequible. En esta ocasión no se impone, a falta de su redacción posterior, una velocidad mínima de banda ancha. El secretario de Estado de Telecomunicaciones, Roberto Sánchez, ha apuntado a que no se quiere imponer un límite ahora que se vea superado por el avance de las tecnologías de conexión.

Por tanto, los mínimos se establecer en un catálogo de servicios que deban poder utilizar los consumidores de cualquier localidad española. Entre los que ha avanzado Sánchez, figuran los siguientes: correo, videollamadas, información, motores de búsqueda, plataformas de formación, comercio de bienes y servicios, o la banca online. El secretario de Estado ha vinculado este nuevo catálogo de servicios a la nueva realidad que ha abierto la COVID-19 con el teletrabrabajo o la formación a distancia. Como consecuencia de esta nueva normativa, desaparece la vigencia de las cabinas públicas como servicio universal.

La nueva ley incorpora también nuevas obligaciones para las empresas de telefonía tradicionales. En concreto, según ha explicado el secretario de Estado, establece una serie de medidas para la protección del consumidor en los contratos con estas compañías. El de la telefonía pasa por ser uno de los sectores que más reclamaciones recibe por parte de los consumidores. Según ha explicado Sánchez, se amplía la obligación de transparencia en los contratos, detallando todos los servicios y con un lenguaje inteligible por parte del consumidor. Además, se facilitará el proceso de portabilidad y se limitarán los contratos de permanencia.

El objetivo del Gobierno es que el nuevo texto regulatorio del sector llegue a comienzos del próximo año del Congreso y que pueda ser aprobado en el segundo trimestre del año, aunque asumen que se puede retrasar según cómo lo registre la Mesa del Congreso. En cualquier caso, la normativa, que incorpora una serie de directivas europeas, llegará con un cierto retraso puesto que los países comunitarios estaban obligados a transponerlas a sus leyes antes de final de este año.

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