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El Superior vasco ratifica la condena de nueve años de cárcel por una agresión sexual en Lasarte-Oria

La sala en la que se siguió el juicio contra el agresor, que ha sido condenado ya a dos penas

elDiario.es Euskadi / Europa Press

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso presentado por la defensa del presunto violador en serie de Gipuzkoa a la condena impuesta por la Audiencia Provincial por la agresión sexual perpetrada a una mujer en la localidad guipuzcoana de Lasarte-Oria el 1 de enero de 2015, y ha confirmado la pena de nueve años de cárcel. El juicio se celebró en febrero en la sección primera de la Audiencia guipuzcoana, en San Donostia. El presunto violador en serie del territorio, un hombre de 37 años, de nacionalidad rumana y padre de dos hijas, se enfrenta a seis juicios en total por agresiones sexuales registradas en Gipuzkoa entre 2012 y 2019, tal y como recoge Europa Press.

En la vista, el acusado admitió la agresión sexual a la joven, que en el momento de los hechos en la madrugada del 1 de enero de 2015 en la localidad guipuzcoana de Lasarte-Oria tenía 21 años, aunque aseguró que no la recordaba. El condenado había presentado el pasado mes de abril sendos recursos de apelación tanto por la condena de nueve años de cárcel de la agresión de Lasarte-Oria como por la pena impuesta por la agresión sexual a otra mujer en Beasain, por la que fue condenado también por la Audiencia guipuzcoana a 15 años de prisión, para pedir reducir las condenas.

En la sentencia, fechada el pasado 26 de mayo y que puede ser recurrida en casación ante el TSJPV en un plazo de cinco días, el alto tribunal vasco considera que “se asienta en prueba suficiente para formular la declaración de culpabilidad del acusado”. Así, en la sentencia defiende que los restos de semen del acusado recogidos en el proceso “dotan de contenido a la hipótesis de acceso carnal por vía vaginal”, y mantiene la condena por un delito de “agresión sexual con penetración”.

También rechaza la petición de la defensa, al considerarla “desproporcionada”, de reducir la cuantía de 25.000 euros fijada por la Audiencia de Gipuzkoa como indemnización a la víctima, a 14.000 euros. El TSJPV remarca que “es clarividente la honda significación que la agresión sexual ha tenido y tiene en el itinerario vital” de la joven agredida y subraya que “el daño psicológico y moral sufrido es incuestionable”, por lo que confirma también la indemnización de 25.000 euros.

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