El CGPJ no ve punible que una jueza de Badajoz falle en un juicio en el que su pareja es letrado de una parte
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial no ha encontrado reprochable en el hecho de que una jueza no se abstenga y dicte sentencia en un procedimiento en el que uno de los letrados litigantes era su pareja sentimental. Por ese motivo, el CGPJ ha acordado archivar el expediente que pesaba sobre la jueza de lo mercantil de Badajoz Esther Sara Vila por una presunta falta de carácter muy grave.
La denuncia de la jueza de lo mercantil de Badajoz tiene su origen en un proceso judicial que tuvo lugar hacer más de un año por un litigio en torno a unos terrenos cinegéticos. El letrado Juan Antonio Díaz Ambrona, por entonces pareja de la jueza, marido a los pocos meses, defendió a una de las partes.
Lentitud del Consejo
La denuncia ante el CGPJ se puso en mayo del año pasado; cinco meses después se inició el expediente y el promotor de la acción disciplinaria, Jesús Fonseca, calificó los hechos como posible infracción muy grave “por la posible falta de inobservancia del deber de abstención, a sabiendas de que concurrías causa legal”. Entre las sanciones disciplinarias contempladas para faltas muy graves se incluye, la suspensión de la carrera judicial del infractor, la expulsión de la carrera o el traslado forzoso de Juzgado.
La decisión final de la Comisión Disciplina del Consejo, adoptada este martes, explica que se archiva la causa y considera que la jueza no tenía la obligación de abstenerse en ese caso, pese a estar su pareja defendiendo a una de las partes. “Si hubiera sido su pareja una de las partes debería haberse abstenido, pero al ser representante de una de las partes, la comisión ha considerado que no era obligado”, explican a eldiarioex fuentes del CGPJ.
En setiembre del año pasado se archivó otro expediente abierto en el Consejo General a la jueza Sara Vila. Ese otro expediente abierto por el CGPJ a la jueza tenía como causa el hecho de que la magistrada no fuera a trabajar varios días a la semana, así como sin permiso del CGPJ, ir a dar cursos remunerados por administradores concursales. Pese a la gravedad de la falta tipificada y el reconocimiento de los hechos por parte del promotor de la acción disciplinaria, el mismo archivó el expediente sancionador, archivo que fue recurrido y se encuentra pendiente de resolución.
Otra causa archivada
Por esos mismos hechos, la jueza fue imputada y llamada declarar por el TSJEx a raíz de una querella presentada por prevaricación, cohecho y tráfico de influencias. En primera instancia, el magistrado instructor del TSJEx Raimundo Prado decidió el sobreseimiento libre del caso, aun antes de haber recibido la prueba que el mismo solicitó. El fiscal general de Extremadura recurrió esa decisión y se reabrió el proceso. Tras tomar declaración a la magistrada y a su marido como imputada, el instructor ha reiterado el sobreseimiento libre (que impediría la investigación de los hechos aunque aparecieran nuevas pruebas).
Ante la insistencia en cerrar definitivamente el caso, el fiscal ha recurrido parcialmente el archivo solicitando que se acuerde el sobreseimiento provisional (que permitiría abril el caso si aparecen nuevas pruebas).