Un tribunal absuelve al acusado de violar a una prostituta en Mallorca pese a considerar “poco plausible” su versión
LEER ESTE TEXTO EN CATALÁN
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma ha absuelto a un hombre acusado de violar a una mujer que ejercía la prostitución en Calvià en enero de 2021, al considerar que no ha quedado acreditado que existiera agresión sexual ni falta de consentimiento. A pesar de que considera “poco plausible” la versión del procesado, el tribunal asevera que la prueba presentada por la mujer resulta “escasa y endeble” para sustentar una condena penal contra él.
La Fiscalía reclamaba para el inculpado una pena de siete años de prisión y que indemnizase a la víctima con 10.000 euros por un delito de agresión sexual. En la sentencia, las magistradas sostienen que, durante el juicio, celebrado el pasado 26 de octubre, acusado y denunciante ofrecieron versiones contradictorias de los hechos y que, por sí misma, la prueba de cargo de la mujer no posee entidad suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del hombre.
El fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, da por probado que el acusado, de 59 años y nacionalidad alemana, mantuvo relaciones sexuales con la mujer la noche del 17 de enero de 2021 en una vivienda de Magaluf. Tras el encuentro, el hombre se negó a pagar la cantidad acordada por los servicios y, posteriormente, lanzó unas monedas dentro de una bolsa de plástico para que ella las recogiera antes de abandonar el domicilio. A continuación, el acusado llamó a los servicios de emergencias.
La Fiscalía sostenía que, mientras ambos estaban manteniendo relaciones sexuales, el acusado quiso introducir otras prácticas que ella se negó a realizar. Ante ello, el procesado -según la acusación pública-, desoyó a la víctima y la forzó y, después, se negó a pagarle y le propinó un puñetazo en el brazo.
El tribunal concluye, sin embargo, que no se ha demostrado que el acusado golpeara o maltratara a la mujer ni que las relaciones sexuales se produjeran sin consentimiento, por lo que acuerda su absolución.
La versión del acusado, “poco plausible”
En esta línea, señaló que trabajaba como “chica de compañía” desde hacía un tiempo y que el acusado era su primer cliente, al que conocía desde meses atrás, y era la segunda vez que iban a mantener relaciones sexuales. Según su testimonio, habían acordado mantenerlas a cambio de 80 euros. Ya en la vivienda, él la habría agredido sexualmente sin su consentimiento. “Nunca más podré hacer eso. Me siento vacía y deshecha. Aquello marcó mi vida”, declaró.
El procesado aseguró, por su parte, que desconocía que la mujer ejerciera la prostitución y sostuvo que ambos mantenían una relación sentimental incipiente, negando incluso que hubieran mantenido relaciones sexuales esa noche.
El tribunal considera la versión del acusado “poco plausible”, pero señala que el relato de la denunciante -aunque supera los criterios constitucionales para su valoración y resulta coherente en lo esencial- presenta “ciertas inconcreciones” y no está respaldado por pruebas periféricas suficientes, lo que impide dictar una sentencia condenatoria.
En este contexto, la Audiencia concluye que la prueba practicada no permite alcanzar la certeza exigida para una condena penal y resuelve las dudas existentes a favor del acusado, en aplicación del principio in dubio pro reo, que obliga a mantener la presunción de inocencia cuando el relato de la acusación no queda suficientemente acreditado.
0