Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Madrid Central empieza a multar este sábado: 90 euros por entrar en el área restringida con un vehículo no autorizado

Los 'avisos' por colarse en Madrid Central llegarán este mes, pero sin multas

Fátima Caballero

La zona de bajas emisiones Madrid Central es una realidad desde hace tres meses y medio pero las multas arrancarán este sábado. Hasta ahora, el Ayuntamiento de Madrid ha concedido un periodo “de aviso” en el que no se ha impuesto multas a aquellos que han entrado en el área protegida sin cumplir los requisitos que permiten hacerlo. El Consistorio ha enviado, entre enero y principios de marzo, unas 14.000 cartas informando de las infracciones cometidas durante ese periodo de gracia.

Las que se produzcan a partir de este sábado 16 de marzo, conllevarán ya la correspondiente sanción económica: 90 euros por acceder a la zona centro sin un vehículo autorizado que se quedarán en 45 si el infractor paga la sanción durante las dos primeras semanas después de recibirla.

Sesenta cámaras en las entradas de Madrid Central y otras 55 ubicadas en las salidas controlan que los conductores cumplen las normas de circulación impuestas para esta área restringida. Estas 115 cámaras, empezaron a funcionar en enero y se encargan de hacer el control de accesos. El Ayuntamiento cruza las matrículas de los vehículos que circulan por Madrid Central para saber si están autorizados. En caso contrario, el departamento de tráfico coteja los registros de entrada de los aparcamientos para comprobar si esos vehículos se han dirigido a ellos como está permitido. No todos los vehículos podrán acceder a la almendra central con el único requisito de dirigirse a un párking; los que no dispongan de etiqueta de la DGT necesitan además ser residentes.

La gran Área de Prioridad Residencial (APR) del centro, la medida más importante del Gobierno de Carmena, afecta a casi la totalidad del distrito y cubre 472 hectáreas. Madrid Central es la primera medida del Plan de Calidad del Aire y Cambio Climático y tiene como objetivo reducir las emisiones de dióxido de nitrógeno (NO2), un gas altamente nocivo para la salud. Nunca antes en la historia de Madrid un Gobierno municipal había adoptado medidas tan drásticas contra el tráfico privado en las principales calles del centro de la ciudad.

Antes incluso de que se hayan empezado a aplicar las multas, ya se han registrado datos que demuestran que la medida está teniendo la incidencia en la ciudad que se buscaba y que los conductores están cumpliendo. Una estimación preliminar de la Universidad Politécnica de Madrid (UPM) concluye que, durante diciembre de 2018, las emisiones de NOx (óxido de nitrógeno formado por NO y NO2) provenientes de turismos disminuyeron en un 38% y las de CO2, en un 14,2% en el perímetro del centro, respecto al mismo mes del año anterior. El Ayuntamiento también destaca la reducción del tráfico en San Bernardo (-3,8%) y en la calle Toledo (-10%), así como el descenso en las calles del perímetro de Madrid Central (-3,7%). El descenso de tráfico en la M-30 ha sido del 0,5 por ciento.

Recordamos las normas de Madrid Central para esos infractores o despistados.

¿Qué vehículos pueden acceder?

Una de las cuestiones que más costó definir sobre esta gran APR, y la principal razón del retraso en su entrada en vigor, ha sido determinar qué vehículos podrían acceder al centro de la capital. Se busca primar a los residentes y a las personas con movilidad reducida y se toma como factor decisivo el distintivo ambiental de los vehículos para permitir o denegar el acceso. El Gobierno municipal calcula que se eliminará en torno al 20% del tráfico.

Pueden acceder y circular libremente por Madrid Central los vehículos de residentes, que podrán estacionar en su barrio como hasta ahora, y además, sus invitados con ciertos límites y tras tramitar el pertinente permiso. Los coches o motos con etiqueta ambiental CERO tienen derecho de acceso y permanencia sin límites.

Los vehículos con etiqueta ECO pueden acceder libremente pero tendrán un horario máximo de dos horas para aparcar en la zona SER o ilimitado si van a una plaza de garaje. Los que tengan etiquetas B o C solo podrán entrar para aparcar en un garaje privado, reserva o aparcamiento de uso público. También podrán entrar con total libertad las personas con movilidad reducida (PMR), los servicios esenciales como las ambulancias, los titulares de plazas de garaje. Por último, los profesionales que trabajen en el centro, también podrán acceder, aunque con limitaciones horarias.

¿Cómo sé qué distintivo ambiental tiene mi coche o moto?

Las etiquetas las concede la Dirección General de Tráfico (DGT) en función de la antigüedad y la tecnología de cada vehículo. Hay cuatro tipos de distintivos, pero no todos los vehículos las tienen. Los coches sin etiqueta ambiental son los más contaminantes y no entran dentro de los estándares. La nueva Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, que entró en vigor el pasado 24 de octubre, establece como obligatorio que las lleven todos los vehículos que quieran circular por la ciudad de Madrid y concede un periodo de seis meses para ello: a partir del 24 de abril los vehículos que no las lleven serán sancionados económicamente. Quien no tenga etiqueta, puede obtenerla en las oficinas de correos aportando la ficha técnica del vehículo y pagando una tasa de cinco euros.  

Sin etiqueta: Los de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores a 2006.

Etiqueta B: Coches de gasolina matriculados entre 2000 y 2006 y diésel en funcionamiento desde enero de 2006 y hasta diciembre de 2013. La B es la etiqueta más común, configurando el grueso del parque móvil que circula por la capital. Este tipo de vehículos hacen en torno al 50% de los recorridos.

Etiqueta C: Los coches de gasolina posteriores a 2006 disponen de la etiqueta verde C, que indica un nivel superior de eficiencia. Los propietarios de coches de gasoil y vehículos pesados que quieran acceder a este distintivo necesitan cumplir un requisito: haberlos matriculado a partir de enero de 2014.

ECO: Los automóviles híbridos, que combinan un motor de combustión con otro eléctrico. Se trata de vehículos con poca autonomía de desplazamiento (menos de 40 kilómetros) y deben cumplir las fechas de la etiqueta C: haber entrado en funcionamiento después de 2006. Quienes tengan la etiqueta ECO podrán circular sin restricciones dentro de la APR.

CERO: La DGT también tiene un distintivo que no se basa en la fecha de la placa sino en las características del vehículo –que cumplan los estándares ambientales más exigentes de la normativa–. La etiqueta de CERO emisiones es para los automóviles eléctricos o los híbridos que puedan enchufarse y tienen un autonomía de más de 40 kilómetros.

Puedes consultar con tu matrícula a qué grupo pertenece tu vehículo AQUÍ.

¿Qué pasa si vivo en el centro?

¿Qué pasa si vivo en el centro?Los residentes empadronados podrán circular libremente con sus vehículos por toda el área, y podrán estacionar en su barrio como hasta ahora. Aunque tampoco se libran de las limitaciones por distintivo ambiental: a partir de 2025, los vehículos de residentes sin etiqueta de la DGT dejarán de tener permitido la circulación en Madrid Central. 

La administración local tramitará de oficio el permiso de acceso a Madrid Central de todos los vehículos en propiedad de las personas empadronadas en un domicilio situado en el distrito Centro que se encuentren de alta en el Registro de Vehículos de la DGT, no debiendo estas personas realizar gestión alguna.

¿Cómo puedo ser o tener un invitado?

Los residentes podrán solicitar hasta 20 invitaciones al mes para otros vehículos, pero con condiciones. Solo podrán estacionar en la zona SER durante dos horas como máximo; si aparcan en un garaje público o privado podrán estar sin límite de tiempo. Los vehículos de invitados que no dispongan de etiqueta ambiental no podrán acceder a Madrid Central a partir de 2020.

Las invitaciones se podrán empezar a tramitar a partir del próximo 28 de noviembre. Las peticiones de autorizaciones puntuales para los invitados de las personas empadronadas se podrán realizar a través del 010, la cuenta de twitter @lineamadrid y las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid. Además, el Ayuntamiento pone a disposición de las personas empadronadas dos servicios telemáticos para hacer las gestiones.

¿Qué pasa con las motos?

Las motocicletas y ciclomotores de residentes podrán acceder a la APR sin ningún tipo de limitación y las que tengan etiqueta CERO y ECO, también. Las que dispongan de etiqueta B o C solo podrán hacerlo entre las 7 y las 22 horas. No podrán entrar las que no tengan etiqueta ambiental de la DGT. Las plazas para aparcar en la calzada aumentan: de las 1.276 plazas actuales a 2.693.

¿Qué ocurre si tengo una plaza de garaje?

Los propietarios o titulares de plazas de garaje dentro de Madrid Central podrán acceder a sus plazas con cualquier vehículo hasta 2020, cuando será obligatorio tener algún distintivo ambiental: B, C, ECO y CERO.

¿Cómo podré saber si los garajes públicos y privados tienen plazas?

El Ayuntamiento de Madrid instalará en 2019 hasta 17 paneles de mensajes en los viales de acceso a Madrid Central para informar en tiempo real de las plazas libres en los aparcamientos de rotación. Esa información servirá al conductor para entrar o no a esa zona del distrito Centro.

Pero estos paneles informativos electrónicos no llegarán hasta mayo, según confirmó el director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de la capital, Francisco López Carmona, en la comisión de Medio Ambiente y Movilidad hace unos días.

¿Puedo acceder si trabajo en el centro o soy comerciante?

Para los vehículos comerciales o de empresas se establece un horario de acceso con diferencias en función de la tecnología del vehículo. Los ligeros, menos de 3.500 kilos, sin distintivo ambiental no podrán acceder al centro y el resto podrán hacerlo en un horario predeterminado en función de su grado de emisiones.

Desde el 29 de octubre los profesionales que realicen carga y descarga ya pueden comenzar a darse de alta. Para ello tienen que comunicar los vehículos destinados a la distribución urbana de mercancías en las oficinas del Ayuntamiento ubicadas en la calle Bustamante, 16.

¿Y si soy propietario de una vivienda pero no resido en ella?

Se les aplica la regla general sin los privilegios de los residentes.

¿Los taxis pueden acceder sin problema?

Taxis y vehículos VTC (Cabify, Uber...) solo podrán acceder libremente sin distintivo ambiental hasta 2025. A partir de 2025, solo podrán entrar en Madrid Central los vehículos CERO o ECO. Los VTC, además, tienen que pedir un permiso adicional si se trata de vehículos con etiqueta B o C.

¿Cómo puedo entrar en trasporte público?

En esta área prestan servicio decenas de líneas de EMT, seis líneas de Metro (1 a 5 y 10); y varias líneas de Renfe Cercanías y Renfe Larga distancia que llevan a las estaciones ubicadas tanto en su interior (Sol) como en las proximidades de su perímetro exterior (Atocha, Embajadores, Recoletos). También puede hacerlo a través del servicio de bicicletas públicas de Madrid, Bicimad.

¿Cuál es el perímetro de Madrid Central?

El área central agrupará las cuatro APR actuales cubriendo al completo nuevos barrios como Justicia y Universidad. No habrá calles de libre circulación, salvo algunos viales. El perímetro de Madrid Central lo determinan las rondas y los bulevares: las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover.

¿De cuánto es la sanción económica?

Si te saltas alguna de las normas, la sanción ascenderá a 90 euros. Aunque la multa podrá ser un 50% más económica, de 45 euros, si se paga durante los primeros 15 días desde que se emite la sanción. 

Etiquetas
stats