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La Justicia confirma que el cartel de Vox contra los menores extranjeros no es delito sino “legítima lucha ideológica”

El cartel xenófobo de Vox en la estación de cercanías de la Puerta del Sol de Madrid.

Sofía Pérez Mendoza

19 de julio de 2021 11:30 h

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La Audiencia Provincial de Madrid confirma que no hay delito en el cartel electoral de Vox contra los menores extranjeros no acompañados. La Sección Segunda ha acordado desestimar el recurso de apelación formulado por la Fiscalía, la Asociación Ciudadana Progresista ‘Progresa’, PSOE, Podemos, Izquierda Unida y la coalición electoral Unidas Podemos contra el auto de finales de abril que decretó sobreseer la investigación. La decisión es firme y contra ella no cabe recurso.

Hace un mes, esta misma sala ya denegó las medidas cautelares y ahora se pronuncia en firme sobre el fondo de la cuestión. Alegan los jueces que el cartel se incardina en “la legítima lucha ideológica-partidista en el marco de una contienda electoral” y que son conocidos los “excesos verbales que se cometen por unos y otros actores políticos”. “En el hecho de recordar que en el orden penal están prohibidas las interpretaciones contra reo, cuando quepan otras explicaciones no necesariamente delictivas”, añade el auto, difundido por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El 20 de abril la estación de metro de Sol amaneció con el cartel electoral que el resto de candidatos tacharon de “xenófobo y racista”. Además, este contenía información falsa. Ningún menor migrante tutelado por la Comunidad de Madrid recibe una ayuda directa de 4.700 euros, como daba a entender Vox en su campaña. La cifra aportada por el partido de extrema derecha se refiere al coste por plaza de uno de los centros de acogida de menores tutelados en la Comunidad de Madrid gestionado por la Fundación Diagrama, que incluye todos los gastos relacionados con el recurso, desde sus trabajadores hasta el mantenimiento.

La Sala insiste, sin embargo, en que el objeto de controversia debe “interpretarse como un mensaje electoral dirigido a un colectivo mucho más numeroso que el de los menores extranjeros no acompañados”. En el anterior pronunciamiento relativo a las cautelares, los jueces enmarcaron el mensaje en un “eslogan electoral” y aunque reconocieron que podía tener datos falsos, esgrimían que no puede tratarse de “ideas a prohibir” cuando existen otras “tan criticables o más que estas”. Los magistrados llegaron a asegurar que “con independencia de si las cifras que se ofrecen son o no veraces, [los menores] representan un evidente problema social y político”.

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