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La ambigüedad de los estatutos del PP deja en el aire la candidatura de Pablo Casado si es imputado

El precandidato a presidir el PP Pablo Casado.

Iñigo Aduriz

La jueza Carmen Rodríguez Medel que investiga el máster de Pablo Casado ha apreciado indicios de delito en la actuación del vicesecretario de Comunicación del PP y ha llegado a solicitar información al Congreso de los Diputados sobre su aforamiento, antes de enviar el caso al Tribunal Supremo, único órgano judicial que puede imputar al también precandidato a suceder a Mariano Rajoy en la Presidencia de los populares, dado que es diputado. En el caso de que finalmente Casado sea imputado en las próximas semanas, ¿podrá seguir en la carrera para liderar el partido?

Los estatutos del PP son ambiguos. No prohíben acceder a ningún cargo a personas imputadas, pero sí les piden que, antes de acceder al mismo, suscriban una serie de compromisos. El primero, “observar la máxima ejemplaridad, rigor y exigencia en el desempeño de sus funciones, velando siempre por el interés público y el servicio a los ciudadanos, y absteniéndose de cualquier conducta que, aún siendo plenamente legal, pueda dañar la imagen u honorabilidad de la organización a la que pertenecen”. Deberán ser, por tanto, los órganos internos del partido los que, ante una posible imputación de Casado, determinen si esa situación procesal es compatible con la ejemplaridad exigida a un aspirante a su máximo cargo interno. 

Además, “con carácter previo a la aceptación de un cargo público u orgánico”, el PP obliga a todos los aspirantes a presentar una Declaración de Idoneidad, un “conjunto de obligaciones, declaraciones y compromisos de contenido ético y deontológico a través del cual, todos los cargos del PP acreditarán su idoneidad, responsabilidad, honorabilidad y compromiso con el cumplimiento de los deberes inherentes a su cargo”. 

Dicha declaración debe incluir otra “en la que manifiesten cumplir la honorabilidad y la debida formación y experiencia en la materia para la que hayan sido elegidos, especialmente, la ausencia de causas que impidan la honorabilidad requerida y la veracidad de los datos suministrados”. No dice, sin embargo, que entre esas causas esté la imputación en un proceso judicial aunque sí la condena “por sentencia firme a pena privativa de libertad, hasta que se haya cumplido la condena” o “la resolución firme de inhabilitación o suspensión para empleo o cargo público, durante el tiempo que dure la sanción”.

Al albur del partido

Siempre según los estatutos, los candidatos a ocupar cualquier cargo del PP deben, además, presentar una declaración jurada de que, “en el momento de suscribir el compromiso” con el partido, “no existe ninguna causa jurídica que le inhabilite para ser candidato, ni concurre situación alguna de conflicto de intereses con el ejercicio de su función”. No especifican si una posible imputación entraría dentro de esa causa inhabilitante, por lo que quedaría al albur del partido decidir si Casado puede o no ser presidente si finalmente es citado a declarar como investigado. 

Lo que sí concretan los estatutos es que quienes aspiren a un cargo orgánico deben dejar claro su compromiso de comunicar a la dirección del PP “la apertura de cualquier procedimiento jurisdiccional del que puedan derivarse indicios racionales de comisión de un delito, y de poner a disposición del partido el cargo público u orgánico que desempeñe cuando el Comité Nacional de Derechos y Garantías considere que su permanencia en el mismo daña a la propia organización o a la institución pública”.

Apertura de un expediente informativo

Pero además, en el caso de que Casado fuera imputado mientras ejerce un cargo como ahora, que es vicesecretario, o en el futuro, si es elegido presidente, el partido deberá abrirle expediente. Los estatutos establecen que si el partido tiene “conocimiento que ha sido llamado a declarar como investigado en una instrucción judicial” el Comité de Derechos y Garantías del partido “procederá a la apertura de un expediente informativo, el cual se transformará en un expediente disciplinario en el momento en el que se tenga conocimiento de la apertura del juicio oral en el procedimiento judicial correspondiente”.

“Se decretará el archivo del expediente disciplinario en el momento en el que recaiga sentencia absolutoria, aunque no sea firme, auto de sobreseimiento o el expedientado quede excluido de la investigación judicial”, concluye.

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