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La ley permite a las autoridades penitenciarias catalanas solicitar el indulto para los condenados por el procés

El exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras (d), junto al exconsejero de Asuntos Exteriores, Raül Romeva.

Gonzalo Cortizo

La ley permite que las autoridades penitenciarias catalanas puedan impulsar la petición de un indulto para Oriol Junqueras y el resto de condenados tras el juicio del procés. Así lo señala el artículo 206 del reglamento penitenciario que abre la puerta a que la Junta de Tratamiento de una prisión proponga el indulto para los penados.

En caso de que esa propuesta se produzca, será el juez de vigilancia penitenciaria catalán el encargado de estudiar la propuesta y elevarla, en su caso, al Consejo de Ministros. Antes de hacerlo deberá pedir la opinión a la Fiscalía, cuyo informe no será vinculante.

Los líderes del procés se encuentran en cárceles catalanas desde la finalización del juicio. Catalunya tiene transferidas las competencias en materia de prisiones y “es 100% competente para todo lo que se haga en materia penitenciaria”, según señalan a eldiario.es expertor jurídicos.

Las mismas fuentes aseguran que la vía del indulto a propuesta de las autoridades de prisiones da la posibilidad al Supremo de participar redactando un informe que deberán elaborar como tribunal sentenciador pero que no sería vinculante a la hora de tomar la decisión final.

En caso de que esa propuesta se tramitase, el Consejo de Ministros podría encontrarse sobre la mesa con una propuesta de indulto apoyada por una autoridad judicial sin que los líderes del procés tuvieran que reconocer los delitos ni solicitar la medida de gracia en primera persona.

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