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Objetan ante la Justicia el decreto de Milei para designar jueces en el Supremo

Milei designa por decreto a dos jueces de la Corte Suprema de Argentina
Buenos Aires —

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Buenos Aires, 26 feb (EFE).- Los representantes de tres organizaciones no gubernamentales solicitaron este miércoles ante la Justicia una acción de amparo en contra de la decisión del presidente argentino, Javier Milei, de designar por decreto y sin aval del Senado a dos miembros de la Corte Suprema.

La acción de amparo fue solicitada al Juzgado Federal 2 de la ciudad de La Plata, a cargo del magistrado Alejo Ramos Padilla, por Jonatan Baldiviezo, fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad; Fernando Cabaleiro, fundador de Naturaleza de Derechos; y María Eva Koutsovitis, fundadora del Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos.

Según informaron los denunciantes en un comunicado, en su presentación pidieron a la Justicia que frene la designación del juez federal Ariel Lijo y del jurista Manuel García-Mansilla como nuevos magistrados de la Corte Suprema.

Mediante un decreto publicado este miércoles en el Boletín Oficial, Milei designó a Lijo y a García-Mansilla como integrantes del máximo tribunal, ante la falta de acuerdos para que sean aprobados por el Senado.

Los denunciantes plantearon en su presentación judicial que el decreto de Milei “viola los principios estructurantes de la organización política del país”, entre ellos, el principio de división de poderes y el principio de independencia e imparcialidad del Poder Judicial.

Advirtieron que todas las decisiones que podría tomar el más alto tribunal en el caso de que sea integrado por los dos jueces designados por decreto y sin aval del Senado “estarían viciadas de nulidad absoluta”.

“El decreto tiene como fin permitir al Poder Ejecutivo sortear el rechazo tácito del Senado a los candidatos propuestos, lo que constituye un abuso de las facultades constitucionales y un ejercicio contrario a los fines que la Constitución tuvo en consideración al momento de reconocer dicha facultad”, señalaron los denunciantes.

La Constitución argentina establece que los miembros de la Corte Suprema son nombrados por el presidente del Ejecutivo, pero con el acuerdo del Senado.

La carta magna otorga al presidente la facultad para llenar las vacantes de los cargos cuya designación requiere el acuerdo del Senado en caso de que la Cámara Alta se encuentre en receso, por medio de “nombramientos en comisión” que expirarán al fin del próximo período legislativo.

Milei hizo uso de esta facultad para la designación “en comisión” de Lijo y García-Mansilla, nombramientos que tendrán vigencia hasta el fin del período de sesiones ordinarias, que se iniciará el próximo sábado.

El oficialismo, minoritario en el Senado, ha tenido dificultades para lograr el aval en la Cámara Alta para las designaciones de los dos magistrados.

La posible designación de Lijo había sido criticada por distintas organizaciones, entre ellas la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), que reveló que el magistrado recibió 32 denuncias disciplinarias desde que ejerce como juez y solo elevó a juicio 14 de las 89 causas de corrupción que estuvieron a su cargo.

Respecto a García-Mansilla, el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) aseveró que éste “rechaza la jerarquía constitucional de los tratados internacionales de derechos humanos incluidos en la reforma constitucional de 1994”.

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