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El Tribunal Supremo advierte de la existencia de una “delincuencia de clase”

El exalcalde de Jerez, hoy en prisión, Pedro Pacheco.

Pedro Águeda

El populismo que impregna las peticiones de indulto de famosos personajes, condenados en los últimos tiempos por casos de corrupción u otros delitos económicos, es rechazado de plano en los preceptivos informes que elevan al Gobierno los tribunales sentenciadores. Un ejemplo es el exalcalde de Jerez Pedro Pacheco, quien presentó 4.345 firmas en apoyo de la concesión de la medida de gracia. El Tribunal Supremo informó en contra la semana pasada advirtiendo: “Las condenas se imponen para ser cumplidas en principio, sea cual fuese la extracción social del condenado, porque no hay una clase de delincuentes, sino una delincuencia de clase”.

En todos los informes, los tribunales, previos informes de la acusación, se pronuncian sobre si existen “razones excepcionales de equidad, justicia y utilidad pública”, los ambiguos conceptos recogidos en la ley y que se intentan satisfacer en las peticiones de indulto. El que fuera presidente del FC Barcelona Josep Lluís Núñez apeló a esa supuesta “utilidad pública” y obtuvo una respuesta tajante de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo: “Nada es menos útil a la sociedad que el abandono de las penas ciertas, tanto más si se hace atención al poco igualitario criterio de relevancia social o económica del penado”.

En este tipo de casos, el condenado intenta aprovechar su posición pública en favor de la medida de gracia. Sin embargo, Núñez no fue condenado por la actividad ejercida como presidente del Barça sino por su implicación en una trama de inspectores de Hacienda que, en connivencia con empresarios como él, favorecían el ahorro fiscal de estos últimos a cambio de dinero o regalos.

El catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid Manuel Cancio cuestiona que los tribunales deban realizar este tipo de pronunciamientos en sus informes sobre indultos. “No es el momento, ni la función del tribunal, que debe ceñirse a los argumentos jurídicos para la concesión por parte del Gobierno de una medida así de excepcional”, asegura.

El Tribunal Supremo suple al tribunal sentenciador en la redacción de esos informes preceptivos cuando ha revisado la pena impuesta por instancias anteriores. En los últimos tiempos se ha visto obligado a desbaratar las intentonas de utilizar un fenómeno de masas como es el fútbol en las solicitudes de indulto. Algo similar al caso de Núñez ocurrió con el expresidente del Sevilla FC José María del Nido, en prisión por malversación y prevaricación cometidas en el 'caso Minutas' del Ayuntamiento de Marbella.

Del Nido llegó a recurrir a una recogida de firmas que incluyó a los presidentes de la Primera División española, a excepción de seis de ellos. Se dio el caso de que firmaban su petición de indulto otros condenados por el Tribunal Supremo, como el presidente del Atlético de Madrid, Enrique Cerezo.

La supuesta confianza en que su relevancia pública les va a facilitar el indulto hace que algunos de estos personajes se atrevan a solicitarlo sin ni siquiera haberse arrepentido. El torero José Ortega Cano se lo puso fácil a la Audiencia Provincial de Sevilla, que informó en contra de la petición porque “no sólo no asume su gravísima responsabilidad criminal, sino que la niega abiertamente, a pesar de las abrumadoras evidencias demostrativas de que su proceder fue total y absolutamente reprobable”. Había sido condenado a dos años y medio por matar a un hombre cuando conducía borracho un coche.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo se refiere en su informe sobre Pedro Pacheco a la “abultadísima documentación” que presenta el exalcalde condenado y que “incluye desde el inicio de sus estudios universitarios hasta su conocida actividad política”. El tribunal recuerda que también adjunta más de 4.000 firmas, entre ellas las del obispo de Jerez o el cantaor José Mercé, así como testimonios de “entidades religiosas y seculares”.

Pacheco fue condenado por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos, esto es, dinero de los contribuyentes, entre los que se encuentran los firmantes de la petición de indulto. La condena se elevó a cuatro años y seis meses de prisión.

Con independencia de las negativas de los tribunales, la decisión última corresponde al Gobierno. El profesor Cancio reconoce un punto de inflexión en el caso conocido como del “conductor kamikaze” de Valencia. La relevancia mediática que adquirió forzó un debate público que llevó al Gobierno a una postura de firmeza con los indultos, especialmente con los de políticos y otros personajes públicos. “Hemos pasado del 100 al 0 rápidamente porque estamos en una campaña electoral continua. Durante muchos años, para decidir si solicitan o no el indulto, los abogados preguntaban a sus clientes si tenían algún modo de llegar al Consejo de Ministros”, asegura Cancio.

El actual clima de opinión ha hecho que esos medios de acceso al Ejecutivo se vuelvan en contra. En el caso del expresidente de la Diputación de Castellón Carlos Fabra, el anterior ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, se apresuró a rechazar la posibilidad de que se le concediera la medida de gracia, como terminó ocurriendo. Algo similar sucedió con el que fuera ministro del Gobierno de José María Aznar, Jaume Matas. En este caso, el Tribunal Supremo también informó en contra de la concesión del indulto.

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