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Colegios concertados eluden pagar IVA y Sociedades por las “aportaciones voluntarias” que cobran a las familias

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Eduardo Bayona

Zaragoza —

La utilización de fundaciones permite a numerosos centros de enseñanza concertados y privados eludir el pago del IVA y del Impuesto de Sociedades por las “aportaciones voluntarias” que gira, normalmente en recibos mensuales, a las familias de sus alumnos.

Fuentes del Gobierno de Aragón admitieron que se trata de una práctica relativamente habitual en el caso de los concertados. “No pueden cobrar por servicios educativos, ya que se trata de centros sostenidos con fondos públicos, y suelen utilizar ese sistema”, señalaron. Sin embargo, le aplican la tarifa a los usuarios de los servicios educativos. La Consejería de Educación está decidida a erradicar esas prácticas.

Este sistema tiene, si la Administración considera finalmente la aportación como una parte del pago del servicio educativo, obvias consecuencias en las arcas autonómicas al tratarse de dos impuestos parcialmente cedidos por el Estado. Las actividades educativas están gravadas con un IVA del 4%, que el receptor debe entregar al fisco tras descontarse el tributo soportado, mientras que el impuesto de Sociedades tiene un complejo sistema cuyo tipo máximo alcanza el 28% de los beneficios de la empresa.

“Aportaciones voluntarias” de usuarios de servicios concertados

La operativa más frecuente, tanto en la privada como en la concertada, consiste en que el centro de enseñanza gire a las familias de los alumnos un recibo mensual por unas cantidades que van a parar a las cuentas de un tercero, en este caso una fundación, o que sea la propia fundación la que pase los recibos por el banco. Estas entidades tienen un peculiar y beneficioso tratamiento fiscal.

La entidad Mhuel (Movimiento Hacia Un Estado Laico) ha denunciado uno de esos episodios: un colegio de Zaragoza cataloga en su sistema informático como “moroso” a los alumnos de enseñanzas concertadas que no pagan la “aportación voluntaria” de más de 60 euros mensuales que el centro exige a las familias –figura en la relación de precios del AMPA-, les impide matricularse en las enseñanzas no concertadas –Bachillerato, en este caso- si no saldan esa deuda y les reclama otro pago para poder hacer los exámenes de septiembre.

El centro de enseñanza, propiedad de una entidad religiosa y parcialmente sostenido con fondos públicos por tener concertados los cursos de Primaria y de ESO, pasa a los padres de los alumnos el cobro de la cuota, que les supone 670,40 euros al año por alumno, desde una cuenta bancaria de la que es titular una fundación con sede en Madrid.

“Un contrato particular entre usted y el centro”

En este caso, en el recibo –operativa cuando menos chocante para un donativo- figura como concepto “Aportación a la Institución Titular”.

Una familia puso hace dos años los hechos en conocimiento de la Inspección de Educación, que respondió que “no tiene porque pagar la cuota voluntaria (sic) que el centro le pide” y que tampoco debía entregar ninguna cantidad por los exámenes de septiembre.

Sobre la matrícula de Bachillerato, sin embargo, “al no ser una enseñanza concertada, es un contrato particular entre usted y el centro, y por lo tanto esta Administración no puede intervenir en el mismo”.

Mhuel reclama que el centro de enseñanza y la fundación aclaren el destino de los fondos que ingresa mediante ese sistema de “aportaciones voluntarias”.

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